Durante el domingo estuvieron abiertos más de 25.000 colegios electorales en los que los cubanos y cubanas a partir de los 16 años de edad ejercieron su voto para refrendar o no el texto constitucional que aprobó por unanimidad el parlamento a fines del año pasado.
Este era el último paso que establece la ley para validar la Constitución. Al cierre de este artículo aún se realizaba el escrutinio oficial, pero se descartaba que el Sí se impondría por amplio margen, por lo que la Nueva Constitución queda automáticamente aprobada y reemplaza a la actual Constitución de 1976.
¿Cuáles son los cambios y qué significan?
Los cambios centrales o más relevantes que hemos descripto en un artículo anterior, son la introducción de la propiedad privada capitalista (art. 22) dentro de las formas de propiedad y el rol del “mercado” (art. 18) y la inversión extranjera (art. 28) dentro de la “economía socialista” que ya son una realidad en Cuba pero hasta ahora no tenían rango constitucional. Estos cambios son profundos e históricos.
A pesar que se establecen conceptos como “control” y “regulación” por parte del Estado, los cambios otorgan “seguridad jurídica” a los empresarios y abren las puertas a futuras reformas que extiendan y/o profundicen los elementos capitalistas que actúan en la economía mayormente nacionalizada. Incluso en las áreas estratégicas definidas como “inalienables” se plantea la potestad del Estado de definir el tipo de gestión (art. 23 y 24).
Como reiteradas veces declararon Raúl Castro o Miguel Díaz-Canel, la burocracia del Partido Comunista tiene como “modelo” los sistemas “socialistas de mercado” de China y Vietnam, donde hace décadas se giró al capitalismo manteniendo el régimen de partido único y un fuerte control del estado por parte de la burocracia gobernante. La nueva Constitución es reflejo de esa orientación política, ligada íntimamente a los intereses de los estratos altos de la burocracia (especialmente la cúpula de las FAR) que se enriquecen a través del control de las principales empresas estatales o mixtas, y no un “reflejo de la sociedad” como quieren instalar en la conciencia popular.
Tras una meticulosa elaboración que llevó años y estuvo supervisada de cabo a rabo por el propio Raúl Castro, el proyecto se votó en carácter de borrador por la Asamblea Nacional a mediados de 2018 y se sometió a un proceso de “consulta popular” masivo durante tres meses por medio de asambleas barriales y en lugares de trabajo abiertas a toda la población.
Se trata de un mecanismo que está muy lejos de la democracia directa que postuló históricamente el marxismo revolucionario y que tras la revoluciones rusas de 1905 y 1917 tomó cuerpo en los consejos de obreros, campesinos y soldados. El proceso de consulta es convocado excepcionalmente por el gobierno y el parlamento cuando lo consideran, las reuniones tienen carácter solo consultivo y están controladas por el Partido Comunista y otras organizaciones de masas legales aceptadas por el régimen de partido único. En todo el proceso no existe el derecho democrático de organizarse por fuera de dichas instituciones para difundir ideas y propuestas (derecho que sí tiene por ejemplo la reaccionaria Iglesia Católica). Al final, las millones de propuestas surgidas son filtradas (literal) por una comisión especial que define cuáles son “compatibles con nuestros principios” y cuáles se descartan, tras lo cual el texto llega nuevamente al parlamento donde nuevamente se introducen modificaciones.
Fue muy gráfico en este sentido, durante la última sesión de la Asamblea Nacional que sancionó el texto definitivo, la reintroducción de la mención al “comunismo” (que no estaba en el proyecto) que había tenido poco más de 500 propuestas en las asambleas, y en contraste la no aceptación de la propuesta de elección directa del Presidente (se mantiene el mecanismo de elección indirecta a través de la Asamblea Nacional) que había tenido más de 11.000 propuestas.
La nueva Constitución también incluye algunos cambios en el sistema político (manteniendo inalterado el régimen de partido único) como la reelección máxima del presidente a dos mandatos de 5 años, la introducción del cargo de Primer Ministro, la eliminación de las Asambleas Provinciales del Poder Popular y la creación del cargo de Gobernador que son propuestos por el Presidente de la República y votados por la Asamblea Nacional.
El derecho al matrimonio igualitario, que se incluía en el primer borrador y reemplazaba la anquilosada definición “entre un hombre y una mujer”, fue eliminado por presión de las iglesias. Tanto católicos/as como evangélicos/as y de otros cultos accionaron contra ese derecho democrático elemental durante todo el proceso de consulta popular (logrando que fuera el tema más debatido con un 66% de las discusiones) y a través de su bancada en la sesión de diciembre. Finalmente la Asamblea Nacional eliminó las palabras “hombre y mujer” pero estableció simplemente que “toda persona tiene derecho a fundar una familia” (art. 82) y que “la ley determina la forma en que se constituye” el matrimonio (art. 83) y se derivó el tema para ser especificado en el Código de Familia y ratificado en un referéndum dentro de 2 años.
Contra toda la propaganda del gobierno y del Partido Comunista sobre un acto de “defensa de la revolución” y por un “futuro mejor”, en este referéndum se consagra un texto a la medida de la burocracia y su objetivo estratégico de avanzar en la restauración capitalista manteniendo su poder político, sus prebendas, privilegios y negocios con el capital extranjero. |