www.laizquierdadiario.com / Ver online / Para suscribirte por correo hace click acá
La Izquierda Diario
27 de marzo de 2019 Twitter Faceboock

DERECHO AL ABORTO
"Aborto culposo" y "persona por nacer": las provocaciones del Código Penal antiderechos
Sol Bajar | @Sol_Bajar

En el proyecto del gobierno, la criminalización del aborto se agrava con la incorporación de la figura de “aborto culposo” y de “lesión a la persona por nacer”. Te contamos porqué.

Link: https://www.laizquierdadiario.com/Aborto-culposo-y-persona-por-nacer-las-provocaciones-del-Codigo-Penal-antiderechos

El proyecto que el Poder Ejecutivo envió al Senado, para reformar el actual Código Penal, recibió el repudio generalizado del movimiento de mujeres, que calificó la iniciativa como una verdadera provocación.

La mirada, en lo inmediato, se concentra en los artículos que hacen al derecho al aborto, donde no sólo se mantienen la criminalización y los límites para acceder a este derecho por causales, sino que también se refuerza la figura del “aborto culposo” –por imprudencia o negligencia– y se incorpora el delito de “lesión a la persona por nacer”, dando al feto un estatus jurídico.

Te puede interesar: Derecho al aborto: el Código Penal de Macri retrocede cien años y criminaliza a las mujeres

Como advierten, esto significaría un retroceso no sólo respecto al debate que se abrió durante el tratamiento del aborto en el Congreso, sino también respecto al ya vetusto Código de 1921, y al conocido fallo F.A.L., que emitieron en 2012 los jueces que integran la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sentando un importante precedente.

Entre líneas

Al mantener la penalización y criminalización de las mujeres, el proyecto del gobierno no sólo sigue obstruyendo su acceso a la práctica en los casos no punibles, como el abuso sexual, el peligro de vida o el riesgo para la salud "física o mental" de la persona gestante. Además de limitar el alcance del concepto de salud, que según el fallo F.A.L debería considerarse en términos "integrales", instala así una advertencia persecutoria sobre todos los profesionales que se dispongan a garantizarla.

Por otra parte, aunque reduce el castigo máximo para quienes aborten "sin causales", pasando de 4 a 3 años de prisión y siendo así un delito excarcelable, el proyecto otorga a los jueces el poder de decidir acerca de la pena, pudiendo mantenerla, suspenderla o eximirla de acuerdo a su propia consideración de "las circunstancias del hecho". Como explicaba a La Izquierda Diario la abogada Soledad Deza, se trata de una medida que enroca "libertad" por juicio procesal y juicio moral.

Los antecedentes de jueces vinculados al poder más conservador de las provincias, como se vio en los casos de niñas de 11 años a las que se obligó a parir en Jujuy y Tucumán, ya muestran el destino que podrían tener las mujeres que acudan a la práctica. Sin embargo, como si no fuera suficiente, el proyecto incorpora figuras aún más reaccionarias para la consideración de estos jueces. Vayamos a eso.

Detrás de la figura del “aborto culposo” y del “status jurídico” del feto

La figura del “aborto culposo”, que existe sólo en algunos pocos países, como El Salvador, queda plasmada en el proyecto al modificar el artículo 87, inciso 2, del Código actual.

De acuerdo a la propuesta oficial, “se impondrá prisión de 6 meses a 2 años, en su caso inhabilitación especial por el doble tiempo de la condena a prisión, al que causare un aborto por imprudencia, negligencia, impericia en el ejercicio de su profesión o inobservancia de los reglamentos o deberes a su cargo. El aborto imprudente causado a sí misma por la mujer embarazada no es punible”.

Pero además, el proyecto incorpora como delito la lesión al feto, a la que tendenciosamente define como “lesión a la persona por nacer”, ya sea “dolosa” o “culposa”, dandole una entidad diferente a la del cuerpo de la mujer gestante.

Patricia Bustamante, una de las abogadas que integra la Campaña Nacional por el Derecho al aborto legal, seguro y gratuito, advierte que “la figura de lesiones al feto en el proyecto de Código Penal significa una nueva pena contra la mujer, porque lo establece como de acción pública. Esto quiere decir que cualquier persona, el padre, el médico, la enfermera, el mucamo, cualquiera que entienda que hay una lesión al feto puede denunciar a la mujer por esta lesión. Así no solamente estaría el aborto penado sino, además, las lesiones. ¿El resultado? Se van sumando tipos penales contra la mujer”.

Es lo que se desprende, de hecho, de los artículos 95, 96 y 97 del proyecto de reforma.

  •   Artículo 95: “Se impondrá prisión de 1 a 4 años, al que causare a una persona por nacer una lesión o enfermedad que perjudique gravemente su normal desarrollo o provoque en él una grave afectación física, o mental”.
  •   Artículo 96: “Se impondrá prisión de 6 meses a 2 años o de 6 a 24 días-multa, al que por imprudencia o negligencia, impericia en su arte o profesión, o inobservancia de los reglamentos o deberes a su cargo causare la lesión o enfermedad del artículo 95.
  •   Artículo 97: “Las lesiones a una persona por nacer causadas por la mujer embarazada no son punibles”.

    Como denuncian las organizaciones y referentes del movimiento de mujeres, esto implicaría otorgar al feto un status jurídico que no tiene, tal como se desprende, de hecho, del mencionado fallo F.A.L., de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en causas como la de Artavia Murillo e incluso del actual Código Penal redactado hace casi un siglo.

    Claramente, se trata de un guiño al lobby que realizaron desde los sectores más reaccionarios, los grupos fundamentalistas, las cúpulas clericales y los funcionarios y políticos de oficialismo y el PJ, durante el debate en el Senado. Un gesto que, en medio del año electoral, está orientado a conseguir mayor apoyo y poder territorial de cara a las presidenciales, como garantía para mantener y profundizar este orden social.

    De cara a la presentación del proyecto de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto, en abril próximo, esto plantea un importante desafío para el movimiento de mujeres, que viene de mostrar la vitalidad de este reclamo con una masiva movilización nacional, el pasado 8 de marzo.

  •  
    Izquierda Diario
    Seguinos en las redes
    / izquierdadiario
    @izquierdadiario
    Suscribite por Whatsapp
    /(011) 2340 9864
    [email protected]
    www.laizquierdadiario.com / Para suscribirte por correo, hace click acá