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La Izquierda Diario
16 de octubre de 2019 Twitter Faceboock

FRAUDE LABORAL
"Precariedad laboral en el Estado hubo en todos los gobiernos en los últimos 60 años"
Rosa D’Alesio | @rosaquiara
Lucho Lucero

Hace 60 años que precarizan las condiciones de trabajo en el Estado. Fue a partir de la muerte de una trabajadora de Tránsito que esto tomó mayor trascendencia. Entrevistamos a Matías Cremonte, abogado laboralista.

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Hace más de un mes, Cinthia Choque perdía la vida al ser atropellada por un conductor mientras realizaba un control de tránsito en el barrio de Palermo. Era madre de una nena de 6 años y otra de 4. El gobierno de la Ciudad la contrató como monotributista. Llevaba seis años trabajando para la Secretaría de Tránsito de la Ciudad bajo esas precarias condiciones de trabajo. Hace al menos cuatro años que era parte del turno noche de los fines de semana y cobraba 25 mil pesos.

Junto a ella se encontraba Santiago Siciliano, quien continúa hospitalizado con heridas severas. Como Cinthia y Santiago, más de 1.800 trabajadores de Tránsito son monotributistas y tienen que facturar todos los meses para obtener un bajo salario. No tienen ART ni seguro de vida.

“Desde lo ocurrido con Cinthia y Santiago caímos en la cuenta de la realidad precaria en la que trabajamos. Nos organizamos para denunciar algo que pasa hace mucho tiempo", explicaba una de las trabajadoras a La Izquierda Diario.

La situación de los trabajadores de Tránsito ha puesto en evidencia que el Estado Nacional y los provinciales emplean bajo contratos precarizados.

Entrevistamos a Matías Cremonte, abogado laboralista, para hablar de este fraude laboral.

¿Desde cuándo y cuáles son las modalidades de contratos precarios en el Estado?

  •  Precariedad laboral en el Estado hubo en todos los gobiernos durante los últimos 50, 60 años. La estabilidad del empleado público se garantizó en la Constitución Nacional de 1957, y ya en 1958 hay antecedentes de las primeras normas para que los gobiernos eludan esa garantía de estabilidad que deben tener todos los empleados públicos.

    El principio general es la estabilidad, pero los estados pueden contratar trabajadores para alguna tarea especial, de manera excepcional, en tareas muy puntuales y específicas y que no puedan cumplir trabajadores de planta permanente, típicamente temporaria y transitoria. Por supuesto que esa excepción se generalizó y ocurre lo que ocurre en todos los niveles de todos los estados, y es así que proliferaron las contrataciones temporales e irregulares, inestables y precarias.

    Luego están los monotribustistas, es casi la peor de las variantes de la precariedad. Tal vez los pasantes están peores, o en algunos casos en las provincias hay modelos peores, pero los monotributistas es la peor porque de algún modo lo que simula es que son autónomos, no trabajadores, como que prestan un servicio y facturan por ese servicio. Entonces no tienen ningún tipo de protección porque no son considerados trabajadores.

    ¿Cómo es la modalidad de contratación de los monotributistas?

  •  El monotributo es una variante de una relación impositiva con el Estado, no de relación contractual. Es la forma de facturar los honorarios de alguna actividad, como si fueran proveedores de algún servicio. La precariedad es total y absoluta, por eso no tienen ART, ni obra social, ni ningún derecho que signifique una relación contractual con el estado.

    En el caso de los trabajadores de Tránsito, la precariedad es muy evidente. Trabajan mayormente en la calle, cumpliendo una tarea propia del Estado, o de un municipio como la Ciudad de Buenos Aires. Que hagan un control de tránsito y que pida la documentación de automovilistas y motociclistas, que hagan control de alcoholemia, son todas tareas propias de cualquier Estado.

    Es indiscutible que la figura que se utiliza para contratarlos es un fraude laboral, una simulación de una relación que realmente no existe. ¿Y cuál es la situación que hay en la realidad?, es que son trabajadores que prestan servicio para el Estado.

    El fraude está en que se esconde detrás de una figura que no es la que debe relacionarlo con el Estado. Es la típica relación de empleo, porque no es una tarea eventual, porque no es una tarea extraordinaria sino propia de las tareas que el Estado debe llevar adelante. Así que en ese sentido no hay ninguna discusión.

    El caso de los trabajadores de Tránsito es más paradigmático porque representan al Estado en la vía pública. Tienen uniforme del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en nombre de ese Estado solicitan documentación a los conductores, hasta pueden confeccionar multas, que eso solo lo puede hacer un funcionario público. Lo cual no es ninguna novedad, lo grave es el hecho de que una trabajadora haya sido atropellada y haya fallecido mientras trabajaba y otro está internado. Este hecho evidencia, algo que no es nada nuevo, la situación de tanta desprotección como en estos casos que ni siquiera tienen un seguro, una ART que los proteja.

    Decías que hace 60 años que utilizan esta modalidad de contratos el Estado, ¿cuándo se profundizaron y que tipos de contratos existen?

  •  El monotributo surge en los 90, los contratos de locación de servicios de obra en la administración pública nacional por lo menos datan del Gobierno de Menen. Las distintas contrataciones fueron variando, durante el kirchnerismo se reglamentó una forma de contratación temporaria, una suerte de contrato por tiempo determinado, reconociendo como trabajadores y con los beneficios de una relación laboral, pero simulando que era un trabajo temporario cuando en realidad en la mayoría de los casos el trabajo es permanente.

    Entonces lo que se mantuvo es esa temporalidad de contrato y el condicionamiento que genera que un trabajador o trabajadora dependa justamente de que cada seis meses o un año se renueve o no el contrato.

    ¿Por qué un trabajador va a afiliarse a un sindicato, va a plegarse a una medida de fuerza, va a hacer reclamos ante su jefe?, si de él depende que se renueve ese contrato y así mantener el trabajo.

    En realidad son muchas las razones que llevan a los distintos gobiernos a mantener este tipo de contratos de relaciones laborales precarias en el Estado. Una de ellas es esta, mantener un condicionamiento y una dependencia.

    ¿De quién crees que es la responsabilidad de que esto perdure a lo largo de décadas?

  •  Y de los gobiernos. El Estado es el empleador, y en una relación de dependencia, en una relación laboral, sea pública o privada, lo que existe es una relación muy desigual. El empleador es el que tiene el poder, sea empresario o sea el Estado, quien pone las condiciones, y el trabajador es alguien que tiene la necesidad de ofrecer su fuerza de trabajo para vivir o sobrevivir.

    El Estado es una figura aún más poderosa como empleador si se quiere, que un empresario privado. Un trabajador difícilmente pueda reclamar individualmente, exigir que sea reconocida su relación de trabajo como de empleo público.

    ¿Qué relación hay por ejemplo cuando un trabajador recurre al Ministerio de Trabajo para regularizar su situación y se encuentra que es el mismo Estado el que sostiene y precariza las condiciones?

    Esa es una gran contradicción e hipocresía que proviene del propio Estado que mientras exige que en el empleo privado los empresarios registren las relaciones laborales y cumplan con las normativas dispuestas de contratación y garanticen legalidad, el Estado hace lo contrario. Aunque también hay que decir, que al sector privado tanto no se le exige, ya que en este Gobierno el Ministerio fue degrado a Secretaría de Trabajo, y que todos los mecanismos de control de trabajo, de empleo y de la regulación laboral y el cumplimiento de las leyes laborales, está absolutamente ausente.

    ¿Qué rol cumplen los sindicatos, por lo menos en el Estado para revertir esta situación?

  •  Los sindicatos son las organizaciones de autodefensa de los trabajadores, que deben llevar adelante todos los planteos y exigencias de las mejores condiciones laborales y salariares. En el Estado es casi una obviedad que lo principal es el reconocimiento de esos trabajadores como tales, sobre todo como trabajadores permanentes, y la exigencia a pase a planta. No todos los sindicatos lo exigen de igual manera, lo cierto es que tampoco está garantizada la efectividad del reclamo con la acción gremial. Seguramente cuando una situación es endémica, termina habiendo complicidad, o por lo menos una evidente ineficacia de los sindicatos a la hora de pelear por el reconocimiento de los trabajadores al derecho a la estabilidad en los empleados públicos.

    Los trabajadores ferroviarios lucharon y conquistaron el pase a planta permanente de un sector de los tercerizados, sin embargo, cómo se vio el juicio por el crimen de Mariano Ferreyra, la burocracia de Pedraza se opuso a este reclamo.

  •  El empleo tercerizado, en el ámbito privado o estatal, tampoco es una novedad en el mundo del trabajo en Argentina, por lo menos viene de los 70, con mayor o menor combatividad de los sindicatos.

    Algunos sindicatos han planteado la necesidad de que todos los trabajadores de un mismo establecimiento, o de una misma actividad, sean reconocidos como trabajadores de ese empleador directo para que sean aplicados el mismo convenio colectivo, y sobre todo para que el colectivo de trabajadores no sea desmembrado, que es una de las finalidades del capital en el empleo de tercerización. No solo pagar menos salarios, no solo externalizar los conflictos, sino dividir un colectivo, que no haya un mismo sindicato, un mismo conflicto en el mismo momento en una misma planta.

    La legislación fue apañando ese proceso, la reforma laboral de la dictadura militar en 1976, que modificó la ley de contrato de trabajo, desreguló y avaló la tercerización. En los 90 se avanzó mucho más, el último proyecto del gobierno de Macri pretendía profundizar aún más o desregular totalmente la tercerización. Algunos sindicatos lo combatieron, algunos con éxito, otros sin éxito, otros sindicatos claudicaron o hasta fueron cómplices y promotores de empresas tercerizadas.

    Otros colaboraron, con buena o mala intención, vaya uno a saber, en la formación de cooperativas para prestar esos servicios, en muchos casos a empresas que se fueron privatizando, o cerrando en los años 90. En otros casos fueron surgiendo sindicatos que agruparon a estos trabajadores tercerizados, de algún modo tampoco ayuda al combate de la tercerización. Pienso, por ejemplo, en el sindicato de carga y descarga, termina siendo completamente funcional a la tercerización en la industria.

    ¿Qué opinas sobre el DNU que firmó Macri para bajar los costos a las ART?

  •  En primer lugar, que son inconstitucionales, son decretos de necesidad y urgencia cuando no hay ninguna necesidad. El Presidente se arroga facultades legislativas, con el Congreso en funcionamiento. Tampoco hay una emergencia que amerite el dictado de una norma con esa celeridad. Del punto de vista del fondo de lo que resuelve, también es inconstitucional, porque es una norma regresiva que significa un retroceso en materia de reparación de daños laborales. En concreto reduce la reparación económica por accidentes laborales o fallecimiento.

    Este decreto responde al lobby de las aseguradoras de trabajo, sobre todo financieras, que basan su lucro en la especulación, como fue en su momento las AFJP, que contaban con una masa de dinero cautiva de todos los empresarios que están obligados a pagar una prima por cada trabajador registrado, y el gran negocio de las ART es invertir en el mundo financiero, y no el negocio del seguro.

    Este decreto implica una transferencia del patrimonio de los trabajadores, porque formaba parte de su reparación, de su indemnización, y se transforma inmediatamente en rentabilidad de las empresas para ser invertido en la especulación financiera.

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