La cámara Federal de Casación Penal anuló este jueves el procesamiento del agente de Prefectura Naval Javier Pintos, quien estaba acusado penalmente de matar de un tiro por la espalda al joven mapuche de 21 años Rafael Nahuel el 25 de noviembre de 2017, en la localidad de Villa Mascardi, cerca de Bariloche.
Encima, los jueces de la Sala III del máximo tribunal penal dispusieron el “apartamiento” de los jueces Mariano Lozano, Richard Gallego y Ricardo Barreriro, integrantes de la Cámara Federal de General Roca, quienes en mayo habían procesado al criminal del grupo Albatros por “homicidio agravado por el uso de armas”.
Apenas enterada de la noticia, la ministra de Seguridad Patricia Bullrich, amante de las ejecuciones sumarias de jóvenes indefensos por parte de uniformados, festejó el fallo de los jueces Lilitana Catucci, Esteban Riggi y Juan Carlos Gemignani. “¡La verdad siempre triunfa!”, dijo por Twitter la mentirosa funcionaria. Y saludó que el tribunal considere que Pintos y sus secuaces “fueron atacados en Mascardi por 20 personas con despliegue de tipo militar, con lanzas y armas de fuego”.
Bullrich también festejó que Casación haya anulado la resolución de la Cámara Federal de Roca y haya ordenado “confirmar una nueva integración de la Sala para que dicten un nuevo fallo (...) asumiendo la existencia de una agresión armada ilegítima y la validez de la pericia efectuada por Gendarmería”. Sí, habla de la fuerza responsable de la desaparición forzada seguida de muerte de Santiago Maldonado, nada menos.
Catucci, Riggi y Gemignani sostienen que sus pares de General Roca dejaron de lado, por motivos “extrajurídicos”, un peritaje de Gendarmería Nacional que beneficiaba a Pintos. Por eso, dijeron, se trató de un fallo “arbitrario” que debe ser anulado y además se debe “apartar” a los jueces del caso y “ordenar que se dicte una nueva resolución”.
Vale recordar que los jueces de la Cámara de General Roca habían revocado el fallo del juez de primera instancia Leónidas Moldes, quien había procesado a cinco miembros del grupo Albatros por “exceso de legítima defensa”, entre ellos Pintos. Si bien Lozano, Gallego y Barreriro había dictado “falta de mérito” para cuatro de ellos, a Pintos lo mantuvieron procesado e incluso le habían agravado la calificación.
Pese a las evidencias del caso en las que se apoyaron los jueces de Roca para procesar a Pintos, el fallo de Casación se apoya en una pericia de Gendarmería (que está al mando de Bullrich) en la que se había afirmado que el proyectil calibre 9 milímetros sacado del cuerpo de Nahuel “no corresponde al subfusil marca HK, modelo MP5, calibre 9x19 mm, nº de serie -05-335508 que le fuera asignado” al prefecto.
Así las cosas, este fallo judicial vuelve a victimizar a las víctimas de la criminalización de la protesta social. Pese a que nunca pudo comprobarse que Prefectura recibió algún tipo de agresión armada y a que sí se comprobó que Pintos y sus secuaces dispararon más de cien tiros contra el grupo de jóvenes mapuches que huían de la represión hacia un cerro de Villa Mascardi, los jueces le dan una nueva alegría al Gobierno de Macri. Y un nuevo mensaje de desprecio y violencia judicial dirigido a los pueblos originarios que luchan por sus derechos ancestrales. |