El proyecto de ley encabezado fue rechazado este martes tras recibir 24 votos a favor y 12 en contra, ya que requería la aprobación de dos tercios (29 votos) para avanzar en la Cámara Alta.
El proyecto de ley consagra constitucionalmente el carácter de las aguas, en cualquiera de sus estados, como bienes nacionales de uso público, estableciendo que las concesiones a particulares serán siempre temporales y circunscritas a fines específicos, pudiendo estar sujetas al pago de patentes o tasas. Además, garantizaba la priorización de los usos del agua y el resguardo de los usos comunitarios ancestrales y la mantención del caudal ecológico, junto con contemplar el ejercicio del recurso de protección cuando se afecte el derecho al agua en los términos mencionados.
Renacionalización de los recursos naturales bajo gestión de trabajadores y comunidades
Chile es el único país en el mundo que tiene sus aguas privatizadas. El Código de Aguas de 1981, impuesto bajo dictadura militar, separó los derechos de agua con los derechos de tierra considerando el agua como una mercancía más.
El Código de Aguas establece un propietario con derechos de uso, donde éste puede arrendar, comprar y vender los derechos como cualquier otra propiedad.
Para acabar con el saqueo empresarial y la corrupción de los recursos estratégicos, es necesaria la expropiación y estatización de los recursos naturales sin indemnización ni compensación alguna a las empresas mineras, energéticas y extractivistas bajo la gestión de los trabajadores y comunidades. Para esto, necesitamos un plan de lucha ascendente organizado a través de asambleas y comités de base para impulsar una Asamblea Constituyente sin Piñera, libre y soberana sin las trampas que hoy guarda esa convención constituyente tramposa, que ya afinan en palacio sus estructuras para que todo cambie para que al final nada cambie, y que se mantenga lo que tanto defienden esa minúscula minoría que se ha enriquecido estos últimos 30 años a costa de las espaldas de la mayoría del pueblo trabajador. |