En su propia página web, desde donde le habla a los estudiantes, comenta que desde mayo de 1974 comenzó su actuación fiscal en lo penal en el Departamento Judicial de La Plata (Decreto 5519/74 del 5/9/74) y en los meses de mayo, junio y julio de 1976, por resolución de la Procuración General de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, desempeñó en forma interina la Fiscalía de las Cámaras de Apelaciones del Departamento Judicial de La Plata.
Ya en pleno auge de la dictadura es nombrado como titular del Juzgado en lo Criminal y Correccional Nº 8 del mismo departamento. Luego de esto, desde 1987 ejerció como Juez de la Sala Segunda de la Exma. Cámara Tercera de Apelación en lo Criminal y Correccional. También de La Plata, en 1997, comenzó a formar parte del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires.
Durante la dictadura su actuación no era ni de cerca neutral, sino que categóricamente impartía justicia conforme al régimen, rechazando los Habeas Corpus que presentaban los familiares de los desaparecidos. Así lo plantea el alegato de Justicia Ya! La Plata. Citamos: “De la abundante prueba documental de autos, especialmente los legajos remitidos por la Secretaria Única donde constan los habeas corpus y de los legajos DIPBA incorporados, surge quiénes fueron los jueces que en la jurisdicción rechazaron los habeas corpus, entre ellos Dres. Héctor De la Serna, Héctor Adamo, Julio Burlando, Leopoldo Russo, Carlos Mayón, Joaquín Chávez, Joaquín Martínez, Pedro Luis Soria, Carlos Altuve, Luis Cayuela, Antonio Borrás, Antonio Garro, Santiago Herrera Paz, Horacio Daniel Piombo y Enrique Schuttere.”, “tanto de la prueba documental como de los testimonios de familiares y de los sobrevivientes, surge que los habeas corpus presentados siempre tuvieron resultado negativo demostrando que el Poder Judicial los realizaba como una mera formalidad. En muchos casos, se les cobraban las costas, gesto claramente dirigido a desalentar la vía judicial”.
Pero no solo desde la Justicia Piombo legitimaba el régimen represivo, sino que en las aulas actuaba como profesor adjunto de Derecho Internacional Público en el curso de doctorado en Ciencias Jurídicas y Sociales de La Plata. Esto lo hizo desde el 28 de noviembre de 1973 hasta marzo de 1981, de Introducción al Derecho (29/7/1974 hasta el 1/3/1977) y de Derecho Internacional Privado (29/7/ al 31/12/1975).
Hoy en día ejerce diversos cargos en las Universidades Nacional de La Plata y de Mar del Plata así como también en la Universidad Católica Argentina. Pero lo más terrible es que se jacta de ser un magnate en materia de Derechos Humanos, ya que dicta entre otras asignaturas Derecho Internacional Público.
¿Qué nos puede enseñar este personaje sombrío que se calló la boca mientras estudiantes de estas universidades eran desaparecidos, mientras rechazaba Habeas Corpus a las familias de los desaparecidos?
Un tema aparte que se plasma es sus clases cotidianamente es su cercanía con las fuerzas de seguridad, y que se nombra en su currículum con mucho orgullo. Por ejemplo, fue conferencista en Derecho Internacional desde 1988 a 1999 en la mismísima Academia Superior de Policía de la Provincia de Buenos Aires. Además, en pleno menemismo, fue designado miembro de la Comisión Asesora creada para la implementación de un Instituto de estudios superiores en el área del Servicio Penitenciario Bonaerense.
Por otro lado, es llamativo el premio que recibió en 1977 otorgado por la Facultad de Ciencias Jurídicas de La Plata por su tesis doctoral titulada “Extradición de argentinos” de la mano de lo cual se enorgullece en mencionar en su CV que “participó como becario, en el tema “Extradición”, desarrollado en el V Curso de Derecho Internacional que se realizó en Río de Janeiro, durante el mes de agosto de 1978, con el patrocinio del Comité Jurídico Interamericano y la Secretaría General de la O.E.A.; su labor, concretada en el informe respectivo y en un “Anteproyecto de ley uniforme sobre extradición y ayuda judicial en materia penal internacional, elaborado para los Estados de Latinoamérica”, fue especialmente recomendada al entonces Ministerio de Planeamiento de la Nación Argentina”.
Esto es lo que hacía el “prestigioso docente” mientras en los Estados latinoamericanos de avasallaban los derechos y las libertades de miles de obreros y estudiantes bajo el Plan Cóndor.
Así lo confirma otra parte de su CV que plantea que “El Ministerio de Justicia de la República Argentina lo designó, por Resolución 1.190/79, miembro de la Comisión encargada de elaborar un proyecto de ley sobre "extradición y cooperación penal internacional" para la reforma del Código de Procedimientos en Materia Penal de la Nación (arts. 648 y sgtes.); proyecto que, tomando como base el documento mencionado "supra" IV, 3, fue concluido y elevado el 16 de setiembre de 1980”.
Su actuación más reciente como juez, la venimos desarrollando desde LID en varias notas que dan cuenta del lineamiento ideológico que sigue Piombo y que marca la continuidad de una justicia de clase, machista, misógina que impone un modelo de abogados repudiables para la sociedad. Esta Justicia que se mantiene desde mucho antes de 1983 a esta parte y que es cuestionada por las víctimas y las organizaciones de derechos humanos, bajo gobiernos de facto, radicales y peronistas. Al igual que muchos otros, Piombo debe ser enjuiciado y dejar de formar parte tanto de la Justicia como de las universidades. |