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10 de diciembre de 2020 Twitter Faceboock

Aborto Legal
Se registraron 825 causas penales por motivos de aborto
Lisandro Libertad

Fueron contabilizadas por el CELS, entre el año 2012 y 2020, en once provincias y en la CABA. La mayoría de las mujeres criminalizadas "tiene menos de 30 años y muchas tienen une o más hijes". Recomendaciones: legalizar la interrupción voluntaria del embarazo.

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El 21 de marzo de 2014 Belén fue con su mamá al Hospital de Clínicas Presidente Dr. Nicolás Avellaneda, en Tucumán. Tenía dolor de panza, no sabía que estaba embarazada. En el baño del hospital tuvo un aborto espontáneo: desde ese momento y por los siguientes cuatro años Belén fue sometida a violencia institucional en distintas ventanillas del Estado.

Así comienza el informe del CELS, publicado éste jueves, día en que se vota en la cámara de diputados la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, llevada al Congreso de la Nación nuevamente, luego de años y años de lucha del movimiento de mujeres y LGTTBIQ+.

El relevamiento arroja el dato de 825 causas penales por aborto y 37 por eventos obstétricos, entre el año 2012 al 2020. Es información oficial de doce jurisdicciones: Santa Fe, Río Negro, Chaco, Chubut, Córdoba, Neuquén, Formosa, Catamarca, Corrientes, Tucumán, Mendoza y la Justicia Nacional que tiene a cargo causas en el territorio de la CABA. Además, el documento analiza 73 casos retratados por la prensa, que dan cuenta de que la persecución penal tiene su mayor saña sobre las mujeres más pobres y jóvenes.

informe CELS 2020
informe CELS 2020

Jóvenes, madres y pobres, las más criminalizadas

Según el informe, la mayoría tiene menos de 30 años y muchas tienen uno o más hijos. Además afirma que "la actual política penal es selectiva, se concentra sobre las mujeres más pobres".

Si cruzamos este cuadro con la realidad estadística de que las mujeres jóvenes son las que tienen los trabajas más precarios y peor pagos, se puede ver que las mujeres judicializadas, tienen una complicación material concreta para hacerse cargo de la crianza de varios hijos.

Un extracto de nota periodística, incluido en el informe, cuenta esta realidad en primera persona. "Trabajaba de 5 de la mañana a 9 de la noche en el frigorífico de una cooperativa. No tenía vacaciones, ni licencia por maternidad, ni días por salud. Ella tenía en ese momento cuatro hijos, dos con su primera pareja, dos con su segunda pareja. Los padres no aportaban dinero para la crianza. Ocultó en su
trabajo la panza por temor a ser despedida".

Las mujeres trabajadoras tienen una doble limitación para elegir libremente sobre su maternidad, la de la prohibición del aborto en general en caso de no desearlo y la limitación económica en caso de sí desearlo, pero no poder llevarlo acabo. Esta última se combina con la precarización de trabajos sin derechos, donde la patronales despiden y practican el fraude laboral.

informe CELS 2020
informe CELS 2020

Estado y criminalización

Desde otro aspecto, la criminalización del Estado también carga con una doble violencia. Por un lado el Estado es garante de la situación de desigualdad, vulnerando derechos básicos en relación a vivienda y condiciones de vida; por otro lado ejerce violencia institucional como persecutor de un supuesto delito que ya ha sido declarado como un derecho humano elemental por organismos internacionales.

En su informe, el CELS indica que "la persecución penal del aborto se afirma como un control sobre el cuerpo y la capacidad reproductiva de esas mujeres".

Además, destaca una serie de formas típicas en que el Estado inicia su intervención persecutoria.

  • La violación del deber de confidencialidad. En el 33% de los casos relevados en notas periodísticas, fueron integrantes de los equipos de salud quienes violan la confidencialidad de la paciente para realizar la denuncia. Un extracto periodístico lo ejemplifica: "Después de atender a la chica, una médica del hospital concurrió a la Comisaría 12 y presentó la denuncia".

Este dato es importante a tener en cuenta cuando, se quiere anteponer la objeción de conciencia al derecho elemental a la interrupción voluntaria del embarazo.

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  • Confesiones forzadas, obtenidas por medio de presiones ejercidas por
    policías, fiscales o por personal de la salud. En otras ocasiones, también directamente se toma como prueba la palabra de policías que relatan supuestas confesiones.
  • Allanamientos arbitrarios, sin orden judicial, por mera voluntad de funcionarios policiales o de fiscales, utilizando de excusa el concepto de "flagrancia".

Diversidad de géneros y criminalización.

En su informe, el CELS indica que hasta el momento no se han identificado casos de varones trans o personas no binarias judicializadas. Esto puede ser porque no se respetara su identidad autopercibida en los registros oficiales o en la prensa.

Recomendaciones: legalizar la interrupción voluntaria del embarazo.

Esa es la primera de una serie de recomendaciones con las que concluye el documento.

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