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5 de enero de 2021 Twitter Faceboock

TRATA DE PERSONAS
Empresarios rurales fueron procesados por trata de personas en Buenos Aires y Corrientes
Andrea Lopez

Empresarios dedicados a la producción de frutos rojos en las ciudades bonaerenses de Sierra de los Padres, Tandil y la localidad correntina de Bella Vista , fueron procesados por el delito de trata con fines de explotación laboral en perjuicio de 150 trabadores, la mayoría de ellos con niños y niñas a cargo y en situación de extrema vulnerabilidad.

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En pleno Siglo XXI, y en la principal provincia del país que es gobernada por Axel Kicillof, todos los días son sometidas a condiciones de esclavitud cientos de personas, en especial en la actividad rural. En este caso, empresarios dedicados a la producción de frutos rojos, mantenían en condiciones inhumanas y explotaban a 150 trabajadores y sus hijos e hijas, aprovechándose de la extrema situación de necesidad y vulnerabilidad en las que se encontraban.

El delito que se les imputa es el de trata de personas con fines de explotación laboral. Pero a pesar de la gravedad del delito, continúan en libertad.

La investigación se inició ante la Fiscalía Federal N°1 de Mar del Plata, a raíz de una publicación del diario La Capital de esa ciudad de abril de 2016, en la que dicho periódico citaba los dichos que una docente había registrado en su blog personal sobre la situación de explotación y trabajo infantil que sufriría una alumna en la zona de Sierras de los Padres, más precisamente en el cultivo “El Frutillar”.

Se estableció que los acusados habrían aprovechado la situación de extrema vulnerabilidad en que se encontraban las y los trabajadores. Así lo dispuso el responsable del Juzgado Federal N°1 de Mar del Plata, quien también ordenó se los embargue por 50 millones de pesos. A su vez, se dictó la falta de mérito respecto de tres capataces, que por el momento seguirán impunes.

La investigación

La investigación comenzó en la Fiscalía Federal N°1 de Mar del Plata, a cargo de Laura Mazzaferri, y en la misma que colaboró la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX). El Juzgado Federal N°1 de dicha jurisdicción, a cargo de Santiago Inchausti, procesó sin prisión preventiva al presidente, la vicepresidenta y dos encargados de recursos humanos de la firma dedicada a la producción de frutos rojos, por el delito de trata de personas con fines de explotación laboral.

En la resolución se tuvo por acreditado que los imputados se aprovecharon de la situación de extrema vulnerabilidad de al menos 150 personas que trabajaban en distintos predios hortícolas durante jornadas de hasta 16 horas, por lo que recibían salarios inferiores a los estipulados por las normas laborales vigentes, entre otras circunstancias.

A partir de distintas medidas de investigación se pudo acreditar que 150 trabajadores de los predios hortícolas de la firma, ubicados en Sierra de los Padres, Tandil y la localidad correntina de Bella Vista, vivían en campamentos aledaños. La mayoría de estas personas eran oriundas del norte argentino o de Bolivia, que en algunos casos, padecían además de la pobreza, las consecuencias de una situación migratoria irregular.

El juez Inchausti, consideró probada la hipótesis fiscal de trata de personas con fines de explotación laboral, pero a pesar de esto no dictó la prisión preventiva, y sólo les trabó un embargo por $50.000.000.

El magistrado sostuvo que “la Fiscal ha logrado demostrar su imputación en cuanto a lo que ocurría en los predios pertenecientes a la familia M., por una lado la política de empresa de explotación a un sector de la población vulnerable por su condición de migrante y por ello ante la presunta comisión del delito de trata con fines de explotación laboral, pues se ha corroborado en autos la existencia de extensas jornadas laborales, falta de registración de algunos trabajadores, salarios –en algunos casos-por debajo de los mínimos legales, descuento de la jornada laboral incluso en casos de enfermedad, sujeción de la voluntad de los trabajadores a los designios de la empresa ya sea por la dependencia en cuanto a su retorno al lugar de origen (en caso de aquellos migrantes que habían sido trasladados a Mar del Plata bajo promesa de poder volver a su entorno, solo si completaban las tareas encomendadas), por dependencia económica y/o por dependencia habitacional- siendo el colectivo de personas sobre las que han recaído las conductas, trabajadores migrantes (internos-de provincias del norte del país-y extranjeros-en su mayoría del Estado Plurinacional de Bolivia-) provenientes de zonas donde los recursos económicos son muy escasos; con grados de instrucción en general muy bajos, y en su mayoría con niños y niñas a cargo situación de extrema vulnerabilidad aprovechada por los explotadores para lograr que los/as trabajadores/as permanecieran bajo la órbita de la empresa C. trabajando bajo las condiciones mencionadas, sin efectuar reclamo alguno y al menor costo posible de la empresa.”

A pesar de que los hijos e hijas de los trabajadores sufrían en carne propia las condiciones a las que eran sometidos sus padres y madres, el juez consideró que no se habían registrado casos de explotación infantil o de mujeres embarazadas, y que la firma proveía a los empleados “de los elementos de seguridad y protección personal acordes para la tarea que realizaron tales como guantes, cofia, botas de goma, etc., determinándose los mismos en orden a trabajar en la industria o en la cosecha”. Una vez más la "justicia" del lado de los explotadores.

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Respecto a los tres imputados que se desempeñaban como capataces, el magistrado señaló que “se desempeñaban en una relación de dependencia laboral respecto de los responsables de la explotación de los predios allanados y que su actividad laboral en los mismos estaban limitadas a la organización, control y distribución de tareas”, por lo que dispuso la falta de mérito para procesarlos o sobreseerlos.

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Trata de personas y esclavitud en pleno Siglo XXI

Según la Organización Internacional del Trabajo, se estima que el trabajo forzoso -categoría que para el organismo incluye la explotación sexual y laboral- vulnera los derechos de 24,9 millones de personas a nivel mundial, de las cuales el 62% se compone de mujeres y el 17% de niños y niñas. Entre ellas, 4,8 millones son víctimas de explotación sexual comercial, y de ese total el 99% corresponde a mujeres y niñas.

Nada de todo esto podría pasar sin la complicidad y participación directa de funcionarios estatales, incluidas las Fuerzas Armadas y de "Seguridad", que son parte de estos delitos aberrantes, y que generan ganancias extraordinarias.

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