A pocos días del regreso a clases, mientras continúa el debate entre la comunidad educativa y los funcionarios para garantizar una vuelta a la presencialidad con seguridad sanitaria, el Ministerio de Trabajo publicó en el Boletín Oficial la Resolución 60/2021 que fija los criterios por los cuales los empleadores deberán otorgar la licencia a trabajadores con niños, niñas o adolescentes a cargo.
La medida es de alcance nacional para el sector privado y plantea dos instancias para hacer uso de la licencia laboral: los días en que no concurran a clases presenciales en el establecimiento educativo, o los días con jornada presencial reducida. Hay que tener en cuenta que la vuelta a las clases presenciales tendrá diversas particularidades según el criterio de cada jurisdicción y la realidad de las escuelas, por lo cual habrá un ciclo lectivo con distintos grados de presencialidad y formatos “mixtos” con virtualidad.
Para hacer uso de dicha licencia laboral, el trabajador o trabajadora deberá notificar a su empleador mediante una declaración jurada que contenga: los datos del niño, niña o adolescente; el grado que cursa, los datos del establecimiento educativo, el régimen de presencialidad de la institución, y la declaración de que su presencia en el hogar resulta indispensable.
La resolución dice: “Se considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente, los días en que no concurran a clases presenciales o no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo”. Y hace hincapié en que “podrá acogerse a esta justificación solo un progenitor o persona responsable de los cuidados, por hogar”.
El ministerio de Trabajo tuvo que readaptar la licencia parental vigente que se implementó al comienzo de la suspensión de las clases presenciales en el marco del Aislamiento Preventivo Social y Obligatorio (ASPO) y se prolongó como consecuencia de la pandemia de coronavirus.
Recordemos que a poco de comenzado el ASPO, empezó a visibilizarse el agobio de las trabajadoras con el aumento de las tareas de cuidado en el marco del teletrabajo. Ante esto, el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad intentó incorporar una regulación junto al Ministerio de Trabajo, que establecía licencias con goce de sueldo para quienes tengan a cargo menores o personas con discapacidad o mayores dependientes, y podrían pautar “horarios compatibles con las tareas de cuidado”.
Justamente resolvería un gris en la regulación de la actividad de las personas (principalmente mujeres) que trabajan desde su casa -para el sector privado- y son responsables de las tareas de cuidado. Pero esa resolución nunca llegó a ser publicada en el Boletín Oficial.
La patronales privadas y estatales han presionado siempre para garantizar el trabajo presencial, burlar las licencias de sus trabajadores que realizan teletrabajo, y limitarlas en las nuevas normativas. Los trabajadores y trabajadoras tendrán que estar atentos, debatir y organizarse para hacer cumplir sus derechos. |