El tercer tramo de la causa conocida como “La Cueva” comenzó a juzgarse en febrero del 2020 y se centró en crímenes cometidos durante la última dictadura en el centro clandestino de detención ubicado en el viejo radar de la Base Aérea de Mar del Plata.
Cuando fue la correspondiente instancia de alegatos, el fiscal Adler brindó el contexto en que los 61 hechos juzgados fueron cometidos entre los que se encuentran los secuestros y homicidios de los abogados laboralistas detenidos en la denominada como “Noche de las Corbatas”.
En ese mismo alegato, el fiscal mencionó que estaban siendo juzgados los eslabones medios de una estructura de mandos que comandó en la jurisdicción la denominada “lucha contra la subversión”. “No estamos en presencia de autores directos que hayan cometido los ilícitos de propia mano y tampoco se trata de los jefes máximos de las Fuerzas Armadas en la jurisdicción que han sido condenados con anterioridad y/o no han llegado a estar en juicio a causa de su fallecimiento o de su incapacidad sobreviniente”, apuntó el fiscal general.
En el contexto de esta causa se hizo mención al lugar que ocupaba el ex teniente coronel Emilio Guillermo Nani, quien fue Jefe de Batería Comando y Servicios y luego Jefe de Personal (S1) de la plana mayor del GADA 601. “Será inevitable contextualizar su rol a partir de las funciones cumplidas por los miembros del GADA 601 en los operativos que se desarrollaron en el marco de la denominada ‘lucha contra la subversión’”, indicó el representante del Ministerio Público Fiscal. Así y todo, el tribunal resolvió su absolución al considerar que no pudieron probarse las acusaciones en su contra.
Nani ante la absolución no recuperó su libertad en forma inmediata dado que se encontraba en prisión preventiva por otra causa, el segundo tramo de la Subzona 15, en la que el próximo lunes 28 comenzará su instancia de alegatos.
El tribunal que lleva adelante el juicio, Subzona 15, en su segundo tramo, Héctor Sagretti, María Claudia Morgese Martín y Fernando Machado Pelloni, dispusieron el cese de la prisión preventiva que Nani cumplía con prisión domiciliara en su casa la Ciudad Autónoma de Buenos Aires teniendo en cuenta que recientemente fue absuelto en otra causa.
En la actual causa Nani está acusado de coautor de los delitos de allanamiento ilegal por dos víctimas y privación ilegal de la libertad doblemente agravada y homicidio calificado en perjuicio de una víctima.
A pesar de la gravedad de los delitos, y de las funciones que ocupó durante la dictadura cívico-militar-eclesiástica, Emilio Nani llega libre a esta nueva instancia del juicio en el que pronto se conocerá la sentencia. La impunidad se desplegó como un efecto dominó sobre este genocida. No podemos permitirlo
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