Después del escándalo del mes pasado cuando la AFIP actualizó en forma retroactiva las escalas y los montos a pagar, el Gobierno dio marcha atrás al cobro de deudas retroactivas. El aumento de 35 % y el fraude laboral se mantienen.
Después del escándalo de principios del mes pasado cuando la AFIP actualizó en forma retroactiva las escalas y los montos a pagar por los monotributistas, ante los fuertes reclamos el Gobierno dio marcha atrás al cobro de deudas retroactivas.
Incluso a los contribuyentes que ya habían pagado en tiempo y forma se les generaba una deuda por un aumento del 35 % en los montos entre enero y mayo que iban desde los $ 3.400 a los $ 26.000 pesos.
La semana pasada fue promulgada la modificación que envió el Ejecutivo a la Ley de Monotributo mediante su publicación en el Boletín Oficial a través del Decreto 480/2021.
¿Marcha atrás con el retroactivo?
Efectivamente, en el retroactivo por actualización de montos en 2021 se da marcha atrás y se agrega un alivio fiscal para regularizar deudas, pero otros puntos del ajuste permanecen.
La ley dice que los montos entre enero y junio van a permanecer iguales a los de diciembre de 2020, por lo cual se elimina la imputación de una deuda por la diferencia entre esos valores y los nuevos durante el primer semestre del año
-Retroactivo: Si se produjo una deuda porque se cobró en forma retroactiva, en la misma categoría, la AFIP no la debería cobrar de ahora en más o deberían devolverla en caso de haberla pagado o adherido a un plan de pagos. Aún AFIP tiene que reglamentar la normativa y ahí se va a tener mayor conocimiento de los detalles.
-Montos: a partir del 1 de julio serán los nuevos con un aumento del 35%. Esto no se modificó.
-Escalas: Se realizará una actualización superior al 35% pautado originalmente, porque con una inflación de 50 % muchos contribuyentes iban a pasarse de categoría o hasta salirse del monotributo. Aumentan las escalas desde un 77% en categorías más bajas hasta 42% en la más alta. La categoría A tendrá un tope de $370.000 brutos anuales, la categoría B un tope de $550.000 brutos, y las categorías máximas un tope de $2.600.000 brutos (categoría H, locación de servicios) y de $3.700.000 (categoría K, venta de bienes).
-Recategorización: estará habilitada del 28 de julio al 17 de agosto. Lo mismo que el pago de la cuota de ese mes.
- Límite facturación: Aquellos que se excedieron de la facturación prevista en su categoría podrán permanecer en el régimen siempre que no superen la facturación de $5,55 millones anuales y un patrimonio de hasta $6,5 millones (sin contar el hogar).
- Moratoria: La norma también impulsa la puesta en marcha de un plan de pago de 60 cuotas para deudores. Tasa de interés máxima de 1,5% y para las categorías más bajas será de 1,25%.
Silencio con el fraude laboral
El problema principal con el monotributo es el fraude laboral. Sobre este asunto no hay ningún cambio ni mención en la ley.
Cabe recordar que el Monotributo es un Régimen tributario simplificado para cuentapropistas, trabajadores independientes (psicólogos, artistas, profesionales, peluqueros), pequeños comerciantes que facturan poco (el kiosco de barrio). En lugar de pagar los impuestos en el Régimen general, tener que contratar un contador porque son muchos trámites, pagar ganancias e IVA, pagan un único tributo en materia de impuesto integrado y de componente previsional (jubilación y obra social, solamente).
Es un régimen simplificado y más barato para los contribuyentes más chicos. Pero es un está pensado para trabajadores independientes, pequeños comerciantes: para los que se contratan a si mismos o contratan a otras personas. No es para asalariados.
Se utiliza muchas veces el sistema de monotributo o la figura legal de "locación de servicios" para encubrir relaciones laborales de dependencia. Un esquema que permite a las patronales pagar menos y desligarse de responsabilidades hacia trabajadores y trabajadoras.
Eso es fraude laboral y afecta a miles de trabajadores. Por ejemplo: es muy frecuente en los repartidores de aplicaciones y en el Estado, tanto Nacional como provinciales y municipales.
Los monotributistas, suman un total de 4.080.151 contribuyentes; de los cuales 1.592.466 (39%) se encuentran en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y 2.487.685 (61%) en el resto del país. Aunque en las estadísticas de Trabajo figuran solo 1,6 millones de monotributistas y 355 mil monotributistas sociales que están efectivamente aportando.
Además de pagar el monotributo, lxs trabajadores en esta modalidad deben pagar ingresos brutos (lo pagan con su salario, no se hace cargo el patrón), que es un impuesto provincial previsto para quienes facturan por vender bienes o servicios, nuevamente, no está dirigido a trabajadores en relación de dependencia.
Por ejemplo, un monotributista que cobra $50.000, va a estar en la categoría C, y debe pagar $3.382,62 por mes. Se queda con $46.617 en mano pero también tiene que pagar ingresos brutos en su provincia o jurisdicción.
De entrada, un trabajador monotributista cobra 12 sueldos al año y no 13 (aguinaldo y vacaciones). No tiene ART, ni licencias, ni indemnización por despido o seguro por desempleo. Cuando se jubile va a recibir solamente la jubilación mínima (si alcanza 30 años de aportes), cuando por su salario en blanco le correspondería percibir un 55% más. Tiene menos derechos laborales y mayor vulnerabilidad e inestabilidad laboral.
Para un sueldo en mano de $46.617 pesos ($50.000 total), todo este fraude implica para el empleador un ahorro anual de $ 300.000 pesos, es decir, un 33 % del costo laboral total que si lo hubiese registrado en relación de de dependencia.
Una propuesta de blanqueo laboral de monotributistas fue presentada en el Congreso Nacional por Nicolás del Caño y Carlos Giordano en el Frente de Izquierda. Allí se plantea que: “El Estado Nacional deberá reconocer en forma inmediata toda relación laboral que se encuentre encubierta de forma fraudulenta mediante su registración bajo la figura de locación de servicios en el régimen de Monotributo, sea que el empleador pertenezca al ámbito privado, como en el caso de que dicha relación laboral se desarrolle en cualquier estamento, dependencias, organismos y jurisdicciones de los Estados Nacional, Provincial y Municipales”.
Además el proyecto propone que la Secretaría de Trabajo debe intimar para que en 48 horas el empleador proceda a su registración laboral.
Por el pase a planta y el reconocimiento de todos sus derechos, es fundamental la pelea y la organización de los propios trabajadores monotributistas, junto a otros sectores de ocupados, precarios y desocupados.