De acuerdo a lo informado por El Ciudadano, el pasado 23 de julio, la Corte Suprema, revocó el fallo de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, y por tanto acogiendo el recurso de protección que había sido presentado por las comunidades williche Lof Coñuecar, y Lof Pascal Huanel. Esto frente a la empresa inmobiliaria Pocuro, y su intención de construir vivienda dentro de la zona de conservación del humedal Mallink Abtao Lawal.
De acuerdo al mismo medio, la Corte habría ordenado la paralización del proyecto, mientras no se consiga la aprobación medioambiental necesaria para continuar con la construcción. Y a su vez, la Institución Nacional de Derechos Humanos (INDH), entregó un Amicus Curiae a la Corte Suprema, el cual tendría como propósito de dar cuenta de las obligaciones que tiene el Estado sobre “el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, la consulta indígena y los estándares sobre tierras y territorios indígenas.”
De acuerdo a lo señalado por El Ciudadano, en el fallo de la Corte Suprema se refiere sobre la importancia “en tanto sistemas ecológicos relevantes para la humanidad, y pilares fundamentales para la mantención y protección de la biodiversidad, razón por la cual merecen una protección especial, debiendo el Estado velar por su preservación.”
Así vemos nuevamente como el enorme negocio de las inmobiliarias sigue extendiéndose, incluso sobre zonas en zonas de conservación, y protegidas por su importancia ecológica y medioambiental, y vinculadas a nuestros pueblos originarios. |