En las últimas horas, las víctimas de “Sor Marina” recibieron una buena noticia. La jueza Andrea Rodríguez Mentasti, titular del Juzgado de Garantías 3 de San Isidro, no hizo lugar al pedido de arresto domiciliario realizado por la defensa de la monja María Telles Fajardo, quien desde el 10 de junio pasado se encuentra detenida con prisión preventiva.
Como se viene relatando en La Izquierda Diario, Telles Fajardo (64) está acusada del delito de “abuso sexual reiterado gravemente ultrajante y agravado por haber sido cometido por una persona del culto religioso, por ser una persona encargada de la guarda y aprovechando la situación de convivencia preexistente, su relación de autoridad y que la víctima no haya podido consentir libremente dicho accionar”.
Si bien la causa se inició por la denuncia de una niña de 14 años a raíz de hechos cometidos entre 2020 y mediados de este año, en el expediente ya se acumulan cinco denuncias de adolescentes abusadas y varios testimonios más de otras chicas que vivieron en el hogar e identificaron a Sor Marina como una de las abusadoras y maltratadoras de la institución religiosa.
Sor Angustias
Hace un tiempo el abogado de Telles Fajardo pidió una “morigeración” de la prisión preventiva para su defendida, solicitando que se le permitiera transitar este momento del proceso judicial (previo al más que probable juicio) en la sede de las Hermanas Trinitarias ubicada en Carlos Tejedor 348 de Boulogne (San Isidro). Se trata del mismo predio en el que las adolescentes aseguran que la religiosa abusó de ellas reiteradamente mientras estaban allí alojadas por guarda judicial.
Según pudo reconstruir este medio, el pedido de arresto domiciliario no tiene más fundamentos que la supuesta “angustia” de la monja por estar presa. Las prisiones domiciliarias pueden otorgarse si la persona imputada tiene más de 70 años y padece alguna enfermedad terminal o imposible de tratar en prisión. A su vez para ser otorgadas debe estar comprobado que no existe peligro de fuga ni posibilidad de entorpecer la investigación por parte de la o el imputado. Claramente Telles Fajardo no cumple con ninguna de esas premisas. Sólo está “angustiada” por su presente. Lógicamente, mucho más por su futuro.
La excusa de la defensa de la monja para proponer al Instituto Santísima Trinidad (donde funciona un colegio privado confesional) como lugar de arresto es que ese edificio no es el mismo donde funciona el Hogar de las Hermanas Trinitarias (donde ocurrieron los abusos). Pero ambos edificios no sólo están rodeados de los mismos muros sino que, como aseguran quienes conocen el lugar, hasta están conectados internamente.
A su vez en el pedido de prisión domiciliaria se aseguraba que, de ser otorgado el beneficio, “Sor Marina” estaría bajo la custodia y el control de Marcela Anton, la “Superiora” de las Trinitarias. Justamente Anton es parte protagónica de la trama del encubrimiento pergeñada en la diócesis de San Isidro que comanda Oscar Ojea (presidente de la Conferencia Episcopal Argentina).
Vale recordar que en otra causa abierta en San Isidro, iniciada en octubre de 2020, otras dos chicas que pasaron por el hogar acusan a Silvia Challú (“Sor Silvia”) de ataques similares a los denunciados contra “Sor Marina”. Challú es la directora del Hogar y, si bien no está presa, en los últimos tiempos el expediente tuvo varios avances que la querella considera suficientes para que ambas causas se unifiquen.
¿Es creíble que Marcela Anton, la “Superiora”, garantice algo más que complicidad con las acusadas?
Solicitud denegada
Cuando el abogado Alejandro López Romano presentó el pedido de arresto domiciliario en favor de María Telles Fajardo le aseguró a sus contratantes que tanto la Fiscalía Especializada en Violencia de Género de San Isidro (a cargo de la investigación) como la jueza Rodríguez Mentasti no opondrían resistencia. Pero los argumentos para pedir el beneficio eran tan burdos e insustanciales que hasta los funcionarios judiciales (generalmente muy solícitos con la curia) se vieron en la obligación de negarse.
“No hacer lugar al otorgamiento de una medida morigeradora de la prisión preventiva en favor de la imputada María Telles Fajardo”, firmó este martes en su fallo denegatorio la titular del Juzgado de Garantías 3 de San Isidro e inmediatamente cursó el aviso a las partes. Seguramente “Sor Marina” habrá profundizado su angustia. Por las dudas, en el mismo fallo la jueza ordenó que la monja sea revisada psiquiátricamente y se le envíe un informe sobre su situación.
Quienes recibieron la noticia con alegría fueron las jóvenes denunciantes de las monjas Trinitarias, en general niñas y adolescentes cuyos estados de vulnerabilidad socioeconómica y subjetiva el Estado está en la obligación de atender y resolver pero, lejos de ello, profundizó al dejarlas bajo el control de la congregación religiosa.
Además de comunicarle a su defendida que fracasó el intento de hacerla volver al hogar, ahora el doctor López Romano debe recalcular su estrategia para lograr mejorar al menos en algo la situación de Telles Fajardo. Claro que recursos, económicos y de los otros, no le faltan.
Alejandro López Romano es un “orgánico” de la Iglesia Católica, dirige el Instituto de Derecho Canónico y Eclesiástico del Colegio de Abogados de Quilmes y es titular de Derecho Canónico en la Universidad Católica de La Plata, uno de los mayores reductos de formación ultraconservadora del país.
Como ya se comentó en este diario, él mismo se presenta en redes sociales como “especialista en defensas penales de clérigos” y “asesor de obispos y superiores de congregaciones religiosas en la disciplina penal canónica”.
Pergaminos medievales que califican sobradamente para hacerse cargo de la defensa de “Sor Marina”, quien desde una unidad del Servicio Penitenciario Bonaerense (se preserva el dato por respeto a las víctimas) espera algún milagro que tuerza los destinos de un expediente endemoniado. |