El TOCF 2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, condenó al comodoro retirado Jorge Alberto Espina a 14 años de prisión por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura en el centro clandestino de detención conocido como Virrey Cevallos, localizado en la calle Virrey Cevallos 628, 630, 636 del centro porteño.
Los jueces Rodrigo Giménez Uriburu, Jorge Gorini y Javier Ríos calificaron los hechos "como constitutivos de crímenes de lesa humanidad" por lo que condenó a Espina a la pena de "14 años de prisión, inhabilitación absoluta y perpetua por considerarlo coautor penalmente responsable de los delitos de privación ilegítima de la libertad, agravada por haber sido cometida por funcionario público con abuso de sus funciones o sin las formalidades prescriptas por la ley y por mediar violencia y amenazas, por su duración de más de un mes en concurso ideal con la imposición de tormentos en relación con las condiciones de cautiverio impuestas reiterado en tres ocasiones en perjuicio de Carlos Daniel Gurbanov, Miriam Liliana Lewin y Osvaldo Antolín".
Estos mismos delitos se reiteraron en perjuicio de Juan Crisoto Alcaráz, José Oscar Osuna, Osvaldo Antonio López, Vilma Gladys Aoad, Osvaldo Gabriel Lanzilloti, Jorge Augusto Lorenzo y Alejandro Andrés Lorenzo.
Durante el proceso. Miriam Lewin, una de las querellantes, reconoció a Espina como el hombre que comandó el grupo de tareas que la secuestró y mantuvo en cautiverio durante dos meses. Así mismo la sentencia incluyó el delito de abuso sexual, el cual había sido solicitado por la periodista.
Sobre el cumplimiento de la pena, el Tribunal decidió diferir la resolución una vez que la sentencia quede firme, por lo que Espina continuará gozando de la prisión domiciliaria. La misma decisión tomó sobre la continuidad del cobro de la pensión que recibe por parte del Estado.
Más dilaciones de una justicia que mantiene sus privilegios; la impunidad de los genocidas. |