“De lo declarado por el imputado en el juicio oral, surge que estando atravesando una situación económica apremiante en función de las contingencias que describe, que se inician a partir de un paro cardíaco que sufrió en el lugar de trabajo, seguido de un aislamiento debido a que el médico cardiólogo que lo diagnosticó y trató contrajo Covid, que se prolongó -el confinamiento- por haberse contagiado de esa enfermedad el propio encausado, en cuya coyuntura pidió a su empleador «que le mande el sueldo» para comer él, comentándole que estaba con una pareja con tres hijos, recibiendo como respuesta «que tenía que esperar un poco más». Así, cuando pudo ir a ver a su pareja al domicilio, ella lo llama a un costado y llorando le dice que «hacía días que los hijos no tenían para comer»”.
El relato, brutal, está incorporado en la causa judicial. El patrón le pedía que cumpla religiosamente con las “tareas de crianza y cuidado del ganado” para las que había sido contratado, pero no cumplía con la paga. Morales, según la misma causa, tuvo que tomar una decisión. El 23 de septiembre de 2020, cerca de las 20.30 horas, se llevó una vaca de raza Aberdeen Angus.
El hecho generó la ira de los dueños de Argentierra S.A, el establecimiento ganadero para el que Morales cuidaba las vaquitas ajenas. Es raro. “Argentierra tiene una visión donde el capital social y el capital humano se integran con el propósito de lograr el desarrollo socio-económico de sus miembros” según su página institucional. Pero parece que el desarrollo del salario de Morales y el estómago de sus hijos no entraría dentro de eso del "desarrollo socio-económico de sus miembros". Haberlo dicho antes.
Tampoco en los principios del poder judicial. Por eso el 21 de octubre del año 2021, “el Juez Dr. Julián Francisco Saldías, como integrante unipersonal del Tribunal en lo Criminal nº 3 del Departamento Judicial Bahía Blanca, condenó a N. M. M., como autor penalmente responsable del delito de abigeato agravado por haber intervenido en el hecho una persona que se dedica a la crianza y cuidado de ganado, a la pena de 4 años de prisión y multa de 60.000 pesos, accesorias legales y costas”. Al calabozo.
En el fallo el juez puso hasta cuánto pesaba la vaca, pero no debe tener idea cuánto pesa Morales, su compañera y su “crianza”. Y además le sugiere a Morales que antes podría haber hecho otras cosas. ¿Por ejemplo Saldías? “Pedir ayuda a los organismos estatales de asistencia social; requerir formalmente los pagos que le adeudaban; solicitarle a sus patrones acceder a bienes del establecimiento de menor cuantía, como granos”. El señor juez lo mandó a comer maíz o soja. No mucha Morales, que se cotiza bien en Chicago.
La Fiscalía dijo que la defensa no pudo probar el “estado de necesidad”. Claro. Morales no llegó arrastrándose, famélico, a ningún tribunal. Ninguno de sus hijos se desmayó, desnutrido, entre los silos y galpones llenos de alimentos.
Hay que reconocerlo. Rigió la ley de los dueños de la tierra. Donde el patrón decide cuándo comen los hijos del peón. Donde el juez y su juzgado “unipersonal” deciden la vida de un hombre. Cuatro años de cárcel. Archívese y publíquese. Para que aprendan los peones de Dorrego y hasta la Patagonia. Y una buena multa, carajo. Que coman maíz si no tienen para pagarla.
¿No se nos fue la mano?
Ante el escandaloso fallo, el abogado defensor Julio Ricardo Amaya apeló la sentencia. Así llegó a la sala I del Tribunal de Casación Penal. La semana pasada, tras analizar la causa, los jueces Ricardo Maidana y Daniel Carral decidieron absolver a Morales. En el nuevo fallo reconocen que “no corresponde la condena si la defensa alegó un estado de necesidad basado en una situación económica apremiante del autor y el hambre padecido por los tres hijos de su pareja, y la hipótesis de la acusación no es capaz de refutarlo y explicar lo sucedido en forma coherente”.
Se basaron, además, en una cuestión procesal: las supuestas alternativas que tenía el condenado para evitar el abigeato no fueron probadas. Se le exigió a la defensa su comprobación cuando le corresponde a la fiscalía. O sea que hubo un "desconocimiento del principio in dubio pro reo a través del método de ’cargar’ la prueba sobre el imputado cuando él invocaba algún hecho que excluía la condena o la pena".
¿Desconocían ese principio jurídico el fiscal y el juez? ¿Son brutos? Seguramente no. Son clasistas. Querían enviar a prisión a un peón que osó faenar una vaca para evitar el hambre de su familia. Sería además un mensaje para todos los que arrían su ganado y mantienen sus chiqueros. Y que el mensaje corra hasta el horizonte y más allá también.
Simplemente actuaron con su poder jurídico como actúa el patrón con su propiedad privada de los campos y todo lo que se produce en ellos. No es más que el reflejo de un sistema social. El mismo que empuja al hambre y la pobreza a 17 millones de personas mientras exporta alimentos para 300 millones. Que quiere encarcelar a un hombre hambriento y sin salario mientras mantiene impunes a las grandes agroexportadoras que fugan miles de millones de dólares, estafan al Estado con sus maniobras impositivas y especulan con los precios mientras millones dejan de consumir carne, pan o leche.
La resolución fue un mínimo acto de justicia. La verdadera llegará cuando la tierra y lo que sale de ella sea de todos y todas. Cuando no haya ningún pibe con hambre. |