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31 de enero de 2025 Twitter Faceboock

Género y sexualidad
Ley Antonia y el suicidio feminicida: los límites de las leyes del estado burgués en la lucha contra la violencia machista
Aukan Galdames

Ad portas de ser promulgada, la denominada "Ley Antonia", intenta introducir como delito la inducción al suicidio y el suicidio femicida, con el fin de cubrir el vacío actual que existe en la legislación chilena con respecto al tema. Sin embargo, en la práctica su aplicación sería compleja. En Latinoamérica, El Salvador es el único país donde existe una ley similar y a pesar de que la ley rige hace diez años es “letra muerta” para lograr condenas efectivas.

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Según indica el dossier Informativo Violencia contra Mujeres, de la Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres, el suicidio femicida es definido como aquel que "comete una mujer agredida ante la extrema violencia que vive, el acoso o la impunidad de su agresor”. Si bien no hay cifras oficiales al respecto, según el Catastro Nacional de Violencia Femicida 2022 del Memorial Feminista y la Fundación Tipificación del Suicidio Femicida, existen al menos 24 mujeres que se han quitado la vida a causa de la violencia de género sufrida.

Este tipo de violencia de género no poseía tipificación legal, sin embargo, a raíz del caso de Antonia Barra, quién se suicidó en octubre de 2019 tras ser víctima de violación por Martín Pradenas, actualmente condenado, está a punto de ser promulgada la “Ley Antonia”, que introduce como delito la inducción al suicidio y el suicidio femicida. Dentro de la ley se especifica la violencia de género como “cualquier acción u omisión basada en el género, que causare muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, donde quiera que esto ocurra”.

Además, indica que "el que, con ocasión de hechos previos constitutivos de violencia de género, cometidos por éste en contra de la víctima, causare el suicidio de una mujer, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo, como autor de suicidio femicida”. Las sanciones van desde los tres años y un día a los diez años y un día. Sin embargo, existen dudas sobre su efectiva aplicación, debido a las complejidades en la persecución penal y las problemáticas que puede traer la implementación de la ley.

La abogada del Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile (CDH), Natalia Morales, en entrevistas con El Mostrador, señala que “Es un desafío que está por verse, porque la incorporación del enfoque de género en la justicia y en el derecho en general, continúa siendo un aspecto bastante nuevo”. "Desde un punto de vista penal significa un problema, porque hacer esa conexión (suicidio con caso previo de violencia de género) va a ser difícil en términos proactivos”.

Morales indica que “Y así la tipificación es bastante amplia, por lo tanto, eso ya constituye una problemática o un desafío para la efectiva aplicación de la persecución penal”, ya que va a depender de la interpretación que le den los agentes del Estado al enfrentarse a un caso de suicidio femicida.

Los mecanismos internacionales como la Convención de Belém Do Pará sugieren que se tipifique el femicidio en conjunto con el suicidio feminicida, como una modalidad de este tipo de violencia. Donde se recomienda acotar la inducción al suicidio a cuando haya violencia de género y cuando el agresor es activo en motivar el suicidio, ya sea presionando o asistiendo directamente a la persona.

Las limitaciones de las leyes y el estado patriarcal

Más allá de lo bien expresada que puede estar una ley o de los detalles que en esta se incluyan, es preciso indicar que el carácter patriarcal del estado burgués es el gran límite al momento de combatir la eliminación del machismo y la violencia de género cómo estructuras de la sociedad. A pesar de que la ley como herramienta legal puede servir en situaciones judiciales puntuales, lo cierto es que no constituye un cambio estructural profundo qué aporte a la construcción de una nueva sociedad sin opresión de género. Es más, la naturaleza del estado cómo institución creada para sostener una sociedad de desigualdad, manejada al mismo tiempo por la clase social la cual le interesa mantener esta desigualdad, difícilmente entregará todas las herramientas que sean necesarias para acabar con una situación de desigualdad y opresión cómo lo es la violencia machista.

Es por eso que es necesario luchar en las calles por una Ley de Emergencia Integral por Violencia de género, una herramienta democrática básica que incluso el mismo estado burgués puede entregar para aportar con la prevención de la violencia de género. Esta ley debe contemplar la protección de las personas víctimas a través de garantizar vivienda y seguridad, apoyo médico, tanto físico cómo salud mental, así como también un trabajo con el cual puedan lograr independencia económica y una cierta estabilidad que permite a las víctimas de violencia salir de aquel círculo.

Toda esta lucha por una ley de emergencia debe ir acompañada por una batalla aún más profunda que es por un cambio de sociedad y contra el sistema patriarcal capitalista. El patriarcado y su sociedad basada en la explotación y opresión no cambiará simplemente por las leyes que dicte el mismo estado que perpetua las desigualdades, sino que va a ser a través de la apuesta por una salida revolucinaria de construir un mundo sin clases ni sesgos de género.

 
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