El aguinaldo es un derecho que corresponde por ley a todos los trabajadores registrados
Durante las próximas semanas, los trabajadores en relación de dependencia deberán percibir la primera cuota del sueldo anual complementario. Te contamos cómo se calcula y quiénes lo reciben.
El aguinaldo es el sueldo anual complementario (SAC), que se define como la doceava parte del total de las remuneraciones percibidas por el trabajador en el respectivo año calendario. De acuerdo a la legislación vigente, se debe pagar en dos cuotas. La primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año.
No se trata ni de un beneficio, ni de un “premio” ni de un regalo de los empleadores. Corresponde por ley y es un derecho que se formalizó desde el año 1945 bajo el Decreto N° 33.302. En 1946 se convirtió en la Ley 12.921, pero se pagaba en una sola vez a fin de año, hasta que en 1968 pasó a pagarse en dos cuotas con la Ley 17.620. Actualmente está establecido en la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744).
¿Cómo se calcula el aguinaldo?
El primer pago consta de la mitad del haber máximo percibido desde enero hasta el sexto mes del año, inclusive. Para los cálculos del SAC, todos los montos de referencia surgen del salario bruto, no del sueldo de bolsillo o salario neto. Debe contemplarse todo, las horas extras, el presentismo, la antigüedad, comisiones, el rubro “A cuenta de futuros aumentos”, viáticos, premio por asistencia y premio por puntualidad.
Es proporcional a los días trabajados. Además, los días de licencias por enfermedad o vacaciones también se computan. Quedan afuera de estos cálculos las asignaciones familiares, beneficios sociales, viáticos pagados contra comprobantes de gastos, licencias sin goce de sueldo y rubros no remunerativos.
No se computan los períodos que se considera que no hay prestación de tareas, por ejemplo, las licencias por embarazo no cuentan para el cálculo del aguinaldo por consistir actualmente como una asignación familiar, lo cual perjudica directamente a las personas gestantes.
Y cuando se termina la relación laboral se debe liquidar también el SAC proporcionalmente al tiempo trabajado, porque es parte de la remuneración que debe recibir el trabajador.
De acuerdo a la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), el pago debe ser realizado por los empleadores hasta la última jornada laboral de junio. En ese sentido, la segunda cuota debe pagarse hasta el 18 de diciembre.
Cuántos meses hay que tener de antigüedad en el trabajo para cobrarlo
Para saber cuánto es el monto del aguinaldo proporcional se debe calcular la mitad del mejor sueldo dentro del semestre, dividirlo por seis y multiplicar el resultado por los meses trabajados.
¿Quiénes cobran el aguinaldo, según la ley?
Asalariados registrados: tanto trabajadores del sector privado como del sector público.
Casas particulares: solo lo percibe legalmente el personal registrado, aunque el personal no registrado también puede exigirlo a su empleador.
Jubilados y pensionados: perciben aguinaldo porque la jubilación es conceptualmente un salario diferido.
Quiénes no cobran el aguinaldo
A pesar de ser un derecho para todos los trabajadores, en los hechos hay millones que no lo recibirán. Esto se debe al avance de la precarización laboral, del llamado “trabajo en negro” o informal, que vienen en aumento y que fomentan y fomentaron todos los gobiernos, especialmente desde la vuelta de la democracia. En 2022 hubo5,4 millones de trabajadores no registrados, un salto de 15% en relación a 2021, según publicó el Indec el 18 de abril de este año. Fue el sector que más creció en un año, los puestos de los trabajadores registrados subieron 3,4%, y los no asalariados 4,1% en el mismo período.
No registrados: en general están desprotegidos y no gozan de estos derechos.
Monotributistas: no lo cobran. Muchos asalariados se encuentran bajo la figura del monotributo a pesar de encuadrarse en una relación de dependencia. En ese caso, que es una modalidad de precarización habitual, no gozan del aguinaldo.