Las prepagas tienen libertad para subir sus cuotas lo que quieran. Así lo define el mega decreto de Milei denominado "Bases para la reconstrucción de la economía argentina". La norma establece que "para aumentar la competitividad del sistema, se deben liberar las restricciones de precios al sistema de medicina prepaga".
Tras conocerse el decreto, Claudio Belocopitt, el dueño de Swiss Medical y presidente de la Unión Argentina de Salud (UAS) declaró que “el aumento promedio de atraso para amortiguar parcialmente los impactos que tenemos va a estar entre 40% y 50% en enero”, un fuerte incremento que impactará en los bolsillos deteriorados de la clase trabajadora.
El dueño de Swiss Medical anticipó que ese aumento es un piso y seguramente haya más incrementos en los meses siguientes. El empresario en diálogo con Radio con Vos justificó que esa suba “fue armada para una inflación del 3% mensual y no para una del 25% o 30%" como sucede en la actualidad.
Según el sitio especializado MiObraSocial, el precio promedio de un plan de medicina prepaga se encuentra entre $20.000 y $50.000 por mes por persona, considerando valores actualizados a noviembre 2023. Es decir, que si la cuota era de $50.000 considerando el aumento autorizado de diciembre (11,51%) en enero esta cuota podría escalar hasta $83.600.
¿Competencia?: Pocas empresas concentradas
Según datos del Censo 2022, 6 de cada 10 personas censadas declararon tener obra social o prepaga (incluyendo PAMI); mientras que poco más de 3 de cada 10 respondieron que no tienen obra social, prepaga o planes estatales de salud, es decir, que dependen exclusivamente del sistema público para la atención de su salud.
La Ley 26.682 establece el régimen de regulación de: Empresas de Medicina Prepaga (EMP); Cooperativas; Mutuales; Asociaciones Civiles; Fundaciones; Planes de Adhesión Voluntaria y los Planes Superadores o Complementarios por mayores servicios que comercialicen los Agentes del Seguro de Salud (ASS) contemplados en las leyes 23.660 y 23.661.
Según datos de la Superintendencia de Servicios de Salud (mayo 2022), 6.796.690 personas se encontraban afiliadas a algunas de las entidades reguladas por la Ley 26.682 (empresas de medicina prepaga, mutuales, cooperativas, asociaciones, fundaciones, etc.)
Un informe del ex Ministerio de Salud muestra las 10 entidades con mayor número de personas afiliadas. Las diez entidades acumulaban, en mayo de 2022, 5.664.760 afiliados, mientras que las otras 60 registraban solo 1.131.930. Es decir, las 10 mayores entidades (Osde, Swiss Medical, Galeno, Sancor, Omint, entre otras) concentran el 83,4% de la población. Hay una fuerte concentración de afiliados en unas pocas empresas. Lejos del discurso de la competencia que promueve Milei serán unas pocas empresas las que deciden y podrán influir en la fijación de precios (cuotas).
Por su parte, hay que recordar que estas empresas lloran que no podían aumentar sus cuotas, pero omiten los beneficios que recibieron por parte del Gobierno anterior como la reducción de las contribuciones patronales durante la pandemia, y la eximición del 100% de las contribuciones patronales para aquellas compañías que adhirieron al acuerdo para no aumentar las cuotas a sus afiliados.
Libertad para las prepagas
Por su parte, el decreto establece que la autoridad de aplicación, el Ministerio de Salud de la Nación, ya no será el responsable de supervisar los valores de las cuotas de las empresas privadas de salud, ni estará a cargo del traspaso de afiliados de una empresa a otra si la primera firma quiebra.
Además, se derogaron los artículos que fijaban aranceles y establecían sanciones, y se implementan precios diferenciales para los planes prestacionales según franjas etarias.
Se incorporan las empresas de medicina prepaga al régimen de obras sociales, es decir que cada afiliado podrá decidir a qué empresa van la totalidad de sus aportes, sin pasar por una obra social.
Negocios para la actividad farmacéutica
El régimen legal del ejercicio de la actividad farmacéutica (Ley 17.565) también se modificó. Los principales puntos son: derogación de la prohibición de instalación de consultorios médicos en farmacias, establecimientos que no sean farmacias quedaron habilitados para vender medicamentos, los farmacéuticos van a poder ser "directores técnicos" de varios establecimientos y las droguerías van a poder despachar recetas.
Además, el decreto estableció que las farmacias "podrán constituirse mediante cualquier figura jurídica permitida por la legislación vigente" y van a poder operar en los horarios que decidan, sin restricción alguna.
Bajo esta nueva norma las farmacias pierden la exclusividad de vender medicamentos. Esta política ya se llevó adelante en los 90 de la mano de Cavallo. Rubén Sajem, director del Centro de Profesionales Farmacéuticos Argentinos (Ceprofar), afirmó al diario Página12 que “en esa época, los medicamentos empezaron a aparecer en kioscos, supermercados, estaciones de servicio y en la vía pública, a valores mucho más altos de los que tenían en las farmacias y sin ningún tipo de control”. Para Sajem, es un beneficio que se le concede a las cámaras elaboradoras de medicamentos de venta libre con el fin de subir sus ventas, pero no apunta a mejorar la calidad de los medicamentos.
La salud es un derecho, no un negocio. Por eso la izquierda propone un sistema único nacional de salud, y la producción estatal de medicamentos esenciales para abastecer a todo el país centralizada en un banco único de medicamentos.
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