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La Izquierda Diario
28 de diciembre de 2023 Twitter Faceboock

Dictadores
Tributo a Onganía: la ley ómnibus de Milei busca mucha bala y cero libertad para protestar
Daniel Satur | @saturnetroc

Foto Silvana Safenreiter | Enfoque Rojo

El megaproyecto que el Gobierno presentó este miércoles en Diputados dedica varias páginas a la represión de la protesta social, que crecerá por los efectos devastadores del ajuste económico. Aquí un repaso de los puntos centrales del "cambio". De aprobarse, el Ministerio de Seguridad podrá decidir quién marcha y quién no. Y a quienes no acaten, cárcel o bala, como diría Espert. La única “libertad” que defienden es la de hambrear al pueblo sin que nadie chille. El proyecto no debe pasar.

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Este miércoles el ministro del Interior Guillermo Francos se presentó en el Congreso para entregarle al presidente de la Cámara de Diputados Martín Menem el Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, con el que el Poder Ejecutivo pretende convertir en ley un fenomenal golpe a las condiciones de vida de las mayorías sociales y las libertades democráticas de toda la población.

El texto, de 351 páginas y 664 artículos, tiene un objetivo central. A partir de pedirle al Congreso que declare la “emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025”, La Libertad Avanza busca hacerse de las herramientas formales para poder dictar leyes sin debate legislativo.

Leyes que habiliten a las grandes corporaciones económicas y financieras a saquear sin límites ni pudor las riquezas sociales y los bienes naturales comunes.

En otros artículos de La Izquierda Diario se analizan diversos puntos centrales del megaproyecto de ley presentado por Milei y sus ministros en Diputados (ver acá, acá, acá, acá y acá). Veamos qué tipo de modificaciones legales pretende instituir en términos de represión a la protesta social, una de las claves de la gestión liberfacha para intentar hacer pasar a como dé lugar el brutal plan de ajuste contra la clase trabajadora y los sectores populares.

Acá las "novedades" que presenta el proyecto de ley ómnibus, que se suman a parte de la normativa represiva ya existente desde hace décadas y que, según las épocas políticas, se utilizan con más o menos énfasis.

Si te manifestás, sos delincuente

“En materia de seguridad”, el texto de Milei y ministros como Patricia Bullrich propone “un régimen para la organización de manifestaciones” que permita, según ellos, “garantizar la libre circulación y normal desarrollo de las actividades económicas y laborales de todos los habitantes de la Nación, en respeto de los derechos fundamentales de libertad de expresión y asociación”. Lejos de fijar pautas para la atención de los reclamos obreros, sociales, ambientales o de los pueblos originarios, el proyecto lo que busca es que nadie se anime a protestar.

La vía para lograr ese objetivo es, por un lado, calificar de delincuentes a quienes marchan por calles, rutas y puentes en reclamo de salarios, programas sociales, vivienda, educación, salud y demás derechos. Por otro, agravar las penas para los delitos de “atentado y resistencia a la autoridad”. Y por si fuera poco, brindar más impunidad a policías, gendarmes y prefectos que hieran o maten a personas en represiones o en el “combate al delito”. A la impunidad ahora le dicen “brindar mayor certidumbre jurídica a las fuerzas de seguridad”.

Miércoles 27 de diciembre | Patricia Bullrich y Waldo Wolf en la sede de la Policía Federal | Foto Prensa Bullrich
Miércoles 27 de diciembre | Patricia Bullrich y Waldo Wolf en la sede de la Policía Federal | Foto Prensa Bullrich

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Represión a la protesta

Entre los artículos 325 y 347 del megaproyecto se proponen los cambios legislativos en materia de “Seguridad y Defensa”. Del 326 al 344 se trata de “Seguridad Interior” y del 345 a 347 de “Defensa Nacional”.

La parte de “seguridad” arranca hablando directamente de la “organización de las manifestaciones” sociales en espacios públicos. Y lo primero que se propone modificar es el artículo 194 del Código Penal de la Nación, ampliando las penas y los alcances del “delito” de cortes de calles, rutas y puentes.

En su redacción original (que sigue vigente desde la dictadura de Juan Carlos Onganía), el artículo 194 dice que quien, “sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de tres meses a dos años”.

¿Qué quieren modificar Milei y Bullrich? Primero, que la prisión prevista pase de tres meses a un año (la mínima) y de dos años a tres y medio (la máxima). Es decir que deje de ser un delito excarcelable (hasta tres años). A su vez agrega que si ese entorpecimiento o estorbo de la circulación se hiciera “portando un arma propia, impropia” (sin definir qué sería un arma) o “se causare daño a la integridad física de las personas”, cabría una pena de dos a cuatro años, “siempre que no constituyere un delito más severamente penado”.

Al 194 se agregaría también que “quienes dirijan, organicen o coordinen una reunión o manifestación” serán “reprimidos con prisión de dos a cinco años, estén o no presentes en la manifestación o acampe”. Y “a quienes mediante intimidación, simulando autoridad pública o falsa orden de la autoridad, bajo promesa de remuneración o bajo amenaza de quita o de asignación de un beneficio, plan, subsidio de cualquier índole, obliguen a otro a asistir, permanecer o alejarse de una movilización o protesta” le cabrían penas de tres a seis años.

Hasta un 194 bis

Por si fuera poco Milei, Bullrich y compañía quieren un artículo “194 bis”, referido específicamente a los “organizadores”. Textualmente define como tales a “toda persona humana, persona jurídica, reconocida o no, o conjunto de ellas” que “convoque a otras personas a participar de la reunión”; “coordine a personas” para llevarla a cabo; “provea cualquier tipo de medio material o logístico para la realización de la reunión” y “pase lista, registre las presencias o las ausencias por cualquier medio escrito o de grabación de imágenes”.

Y como “la responsabilidad a la que se refiere este artículo resultará independiente de la asistencia o no de los organizadores o coordinadores a la reunión o manifestación”, la cadena de responsabilidades podría no tener fin.

Siguiendo sobre el mismo punto, el proyecto dice que quienes organicen manifestaciones o ”reuniones” serán “solidariamente responsables por los daños que los manifestantes ocasionaren a terceros o bienes de dominio público o privado”. Y además de pagar esos “costos”, recibirán una multa.

Miércoles 27 | Operativo represivo en Avenidad Corrientes | Foto Enfoque Rojo
Miércoles 27 | Operativo represivo en Avenidad Corrientes | Foto Enfoque Rojo

Que no vuele ni una mosca

Hay más artículos contra la protesta social propuestos en la “nueva ley”. El 330 agrega un inciso “z” al artículo 48 de la Ley de Tránsito, que es el que detalla las prohibiciones que hay en la vía pública (desde manejar borracho hasta dejar animales abandonados). Milei propone agregar otra prohibición: la de “impedir u obstaculizar totalmente el tránsito en arterias o avenidas, rutas nacionales y puentes interjurisdiccionales mediante una movilización o protesta social”.

En el texto enviado a Diputados se habla indistintamente de manifestaciones o “reuniones”, a las que define como “la congregación intencional y temporal de tres o más personas en un espacio público con el propósito del ejercicio de los derechos aludidos”. ¿Podrían quedar bajo amenaza de represión grupos de estudiantes saliendo de la escuela, compañeres de trabajo saliendo de una fábrica u oficina o familias yendo a la cancha? Delirante.

El cuadro se completa con la amenaza (artículo 332) de quitarles los hijos a quienes se manifiesten junto a ellos. Apoyándose falsamente en la “Convención de los Derechos del Niño”, se justifica que si alguien menor de trece años está en una protesta sin sus padres o tutores deberá ser fichado con un “inmediato aviso al Organismo de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes”.

Gran hermana

Bullrich y compañía quieren controlar hasta la propia planificación de las protestas contra su gobierno. Pretenden exigir a quien organice “toda reunión o manifestación” que se lo notifique al Ministerio de Seguridad “con una antelación no menor de 48 horas”. También que detalle “los datos de la persona humana o jurídica que la organiza” con “nombres propios y datos personales de sus organizadores, delegados o autoridades (...); el objeto y finalidad, la ubicación y recorrido, tiempo de duración y cantidad estimada de convocados”. Faltaría grupo sanguíneo y de qué club sos y ya estaría completo.

Y aún notificándola con dos días de anticipación, la misma Bullrich se reserva el derecho de autorizar la movilización o no. “El Ministerio de Seguridad de la Nación podrá oponerse a la realización de la reunión o manifestación” y “también podrá proponer modificaciones tanto de horario, ubicación o fecha de realización”. Casi perverso.

En el proyecto se aclara que todo lo recaudado en multas y sanciones a quienes se movilicen o “reúnan” será destinado “al fortalecimiento del fideicomiso del Fondo de Integración Socio Urbana”, creado en 2019 para financiar la urbanización de barrios populares. Y se “invita” a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires a adherir a estas nuevas normativas contra la protesta social.

Atentado y resistencia a la autoridad

El artículo 342 del proyecto reformula el artículo 237 del Código Penal, referido al delito de “atentado y resistencia a la autoridad”, utilizado generalmente para armar causas judiciales a quienes son detenidos en protestas sociales. El texto hasta hoy vigente reprime con penas de un mes a un año a quien “empleare intimidación o fuerza contra un funcionario público o contra la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de un deber legal”. En la nueva formulación, el Gobierno propone aumentar esas penas a “de uno a tres años y seis meses”.

A renglón seguido, el artículo 343 también aumenta las penas estipuladas por el 238 del CP, que refiere a si el hecho “se cometiere a mano armada”, o “por una reunión de más de tres personas”, o “si el culpable fuere funcionario público”; o “si el delincuente pusiere manos en la autoridad”. De aprobarse la propuesta de Milei-Bullrich, las penas pasarían de un mínimo de seis meses y un máximo de dos años a un mínimo de cuatro y un máximo de seis. Otra vez, se pasaría de un delito excarcelable a uno con prisión efectiva.

De la Doctrina Chocobar a la Ley de Fusilamiento

Cuando Bullrich fue ministra con Mauricio Macri, una de sus marcas más notorias fue la justificación de asesinatos por la espalda. Casos emblemáticos fueron el de Rafael Nahuel a manos de miembros de Prefectura en Villa Mascardi y el de Pablo Kukoc a manos del policía Luis Chocobar en el barrio porteño de La Boca. Ahora, en su “segundo tiempo”, la ministra quiere convertir en ley su doctrina, pretendiendo que los asesinos de uniforme ya no sean juzgados y condenados (como efectivamente pasó con aquellos).

Para legalizar aún más esa impunidad, se incorpora el artículo 344 bajo el título de “Legítima defensa”. Allí se realizan modificaciones al artículo 34 del Código Penal, que detalla las causales de inimputabilidad, es decir en qué circunstancias alguien que haya cometido un crimen puede quedar exento de la aplicación de la ley penal.

El inciso 4º del artículo 34 dice que no será punible quien “obrare en cumplimiento de un deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo”. A ese párrafo el proyecto de Milei y Bullrich le agrega: “en cuyo caso, la proporcionalidad del medio empleado debe ser siempre interpretada en favor de quien obra en cumplimiento de su deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo”. Es decir, que si quien hiere o mata es policía, gendarme o prefecto, tendrá la “ley” de su lado.

A su vez se modifica el inciso 6º del mismo artículo, que declara no punible a quien obre “en defensa propia o de sus derechos” siempre que se combinen tres factores: la agresión ilegítima sufrida, la “necesidad racional del medio empleado” para defenderse y la “falta de provocación suficiente” de quien recibe la agresión. El proyecto mileísta exculpa a quien mate a otra persona que tenga “un arma falsa” o que “atacare con un arma mientras huye de la escena”. El mismo argumento utilizado por Bullrich para justificar los crímenes de Nahuel y Kukoc.

Y además agrega en el mismo artículo 34 que “quien comete un delito, aun en grado de tentativa, así como sus parientes, en caso de fallecimiento, carecen de acción para querellar o demandar a quien hubiera repelido la acción o impedido la huida”. Así, en la reformulación propuesta por Milei y Bullrich, la “justicia por mano propia” y la ejecución sumaria de “sospechosos” está más garantizada que nunca.

No pasará

El megaproyecto no tardó ni un minuto en recibir una catarata de críticas y cuestionamientos. En lo referente a los cambios descriptos más arriba, las reacciones fueron desde la sorpresa de sus propios voceros mediáticos hasta el repudio generalizado de defensores de los derechos humanos y referentes de la lucha obrera y social.

Es altamente probable que el megaproyecto no pase en el Congreso. Su redacción histérica, buscando cambios rápidos en beneficio del mercado a cualquier costo, ya recibió infinidad de cuestionamientos y es posible que ni siquiera pase el filtro de diversas comisiones de Diputados.

Pero también es posible que haya diputados y senadores con ganas de recibir el proyecto y acompañar muchas de las iniciativas represivas de Milei y compañía. Sobre todo quienes desde la oposición de derecha o ligados a gobernadores peronistas también quieren mano dura y represión a la protesta social. Eso se sabrá en las próximas semanas, ya que las sesiones extraordinarias tienen fecha de vencimiento el 31 de enero.

El verdadero freno al megaproyecto, desde sus ambiciones económicas hasta las represivas, estará en las calles. Allí donde Bullrich ve miles y miles de “delincuentes” a los que hay que controlar, reprimir y judicializar. La reconfiguración reaccionaria del Estado que propone el Gobierno puede (y debe) combatirse movilizando toda la energía obrera y popular. Allí están como referencia las gestas históricas del pueblo trabajador. Hoy es cada vez más extendido el reclamo popular a las direcciones sindicales de paro nacional y plan de lucha. Es fundamental la autorganización en lugares de trabajo, de estudio y en los barrios para sumar fuerzas. Se les puede torcer el brazo en serio a las ambiciones liberfachas. ¡No pasarán!

 
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