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La Izquierda Diario
30 de enero de 2024 Twitter Faceboock

Salud Mental
Ley ómnibus: camino hacia un retroceso en materia de salud mental y derechos
Lic. en Psicología Mayra Gómez

La ley de Salud Mental Nº 26.657 es el resultado de un proceso que incluyó un profundo debate, la Ley Ómnibus de Milei pretende hoy realizar modificaciones y derogaciones sin dar el menor lugar a discusiones amplias y representativas que incluyan a quienes se verán afectados

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La ley de Salud Mental Nº 26.657, sancionada en 2010, es el resultado de un proceso que incluyó un profundo debate, el que luego de tres años de discusión fue reglamentada en el 2013, contando con el apoyo de organismos nacionales e internacionales de derechos humanos y especializados en salud, así como también de organizaciones de usuarios, familiares, profesionales, y trabajadores de la salud.

Esta legislación busca alejarse de la lógica manicomial, que implicaba el aislamiento social y con esto la estigmatización de las personas, en donde el padecimiento mental era considerado sólo desde un punto de vista biologicista. La ley promueve un abordaje interdisciplinario ya que se entiende a la salud mental “como un proceso determinado por componentes históricos, socioeconómicos, culturales, biológicos y psicológicos”. Además, dicho abordaje debe ser intersectorial a los fines de que las personas puedan recuperar los lazos sociales, en donde se promueve la atención ambulatoria o de requerirse internaciones las mismas se den en hospitales generales.

La salud mental en el proyecto de Milei

Se pretende hoy realizar modificaciones y derogaciones sin dar el menor lugar a discusiones amplias y representativas que incluyan a quienes se verán afectados. De este modo, se atenta contra los derechos de los usuarios, buscando silenciar sus voces, y excluir tanto su participación como la de diversas asociaciones de familiares, profesionales, trabajadores de la salud y de organizaciones no gubernamentales abocadas a la defensa de derechos humanos, eliminandolos también del Órgano de Revisión junto a otros representantes gubernamentales del Estado Nacional.

A esto se suma otra de las modificaciones presentes en la impulsada Ley Ómnibus que implica darle al juez la decisión de internar y anteponer su papel por sobre el equipo interdisciplinario de profesionales de la salud en tal decisión, a la vez que se busca flexibilizar los requisitos para la justificación de una internación involuntaria y prolongada, ya que se agrega, como criterios para la internación, la solicitud de los padres, tutores o familiares y la persistencia de las causas aunque no exista riesgo, lo que dificultaría en gran medida que la persona logre la externación y recupere su libertad ambulatoria. Esto contradice la actual ley que, como se mencionó, promueve que el abordaje de las causas que dan origen a una internación se realice de manera interdisciplinaria e intersectorial con la finalidad de que la persona pueda reinsertarse a la comunidad y recuperar su vida nuevamente.

Por otro lado, se plantea que el abogado defensor podrá ir en contra de la voluntad de su defendido oponiéndose a la externación del mismo si así lo considera y pudiendo solicitar la medida terapéutica que considere apropiada, otorgándole al abogado una función para la cual no tiene formación.

Por último, la modificación del artículo 27 atenta contra el proceso de desmanicomialización impulsado por nuestra ley de salud mental, al derogar la prohibición de habilitar nuevos manicomios y de sustituirlos definitivamente por dispositivos alternativos.

Históricamente somos conocedores de las terribles condiciones en las que se sobrevive en estos lugares. Sin ir más lejos y para dar solo un ejemplo entre varios, en 2017 se denunciaba a una de estas instituciones en la Provincia de Córdoba, por el estado de las personas que allí estaban internadas, quienes permanecían sobremedicadas, viviendo en condiciones indignas, de hacinamiento, falta de higiene, estructuras edilicias en ruinas, y con profesionales trabajando bajo esas mismas condiciones.

Sabemos que la respuesta al padecimiento mental no puede ser nunca el encierro, por el contrario, agrava las condiciones de salud y menoscaba la dignidad de las personas.

Es por esto que hoy, más que nunca, es imprescindible defender la ley que tenemos y seguir luchando para su plena implementación, para lo cual el Estado debería destinar una mayor inversión en salud mental, que garantice más disponibilidad de recursos humanos, más dispositivos alternativos de atención, y una adecuación de los hospitales generales para internación.

Rechazamos estas modificaciones que buscan menoscabar derechos, generar exclusión, estigmatización y criminalizar los padecimientos mentales.

Mucho se ha luchado para que el abordaje de la salud mental se de en el marco de un paradigma que considere a la persona como sujeto de derecho, respetando su voz y subjetividad, no debemos permitir que se destruya lo logrado en los procesos de lucha que se vienen sosteniendo de manera colectiva con usuarios, familiares, profesionales, trabajadores de la salud y diferentes organizaciones.

¡A los manicomios le decimos nunca más!
¡La salud mental no se negocia!

 
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