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La Izquierda Diario
23 de febrero de 2016 Twitter Faceboock

Libertades Democráticas
El protocolo y la voluntad de reprimir sin límites
Carlos Platkowski | Abogado CeProDH

El Centro de Profesionales por los Derechos Humanos denuncia la ilegalidad del protocolo que vulnera abiertamente el derecho de protesta. A la vez advierte que el mismo, gestará nuevos hechos represivos que siempre han terminado en presos, heridos y manifestantes muertos.

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Fotografía: Vierja PH // Enfoque Rojo

Las cosas claras

Algo es seguro: el protocolo que prohíbe los cortes de calle impulsado por el gobierno de Macri no terminará con las protestas. La noche del 19 de diciembre de 2001, el ex-presidente Fernando De la Rúa decretaba el estado de sitio con el objetivo de frenar las protestas y los saqueos generados por el ajuste adoptado por su gobierno. En minutos comenzó a tomar forma una de las movilizaciones más numerosas de la historia argentina y 24 horas después De La Rúa se subía por última vez al helicóptero presidencial…pero ya sin ser presidente. Sin embargo el estado de sitio no resultó para nada inocuo. En menos de 48 horas las fuerzas de seguridad reprimieron las movilizaciones a lo ancho y largo del país, asesinando a 38 personas. Nueve de los muertos eran menores de edad.

Vale recordar que la ministra de Seguridad encargada de redactar el protocolo “antipiquete”, también fue funcionaria de De La Rúa. Y en cargos de máxima importancia. Patricia Bullrich, como ministra de Trabajo de la Alianza, aplicó el ajuste mediante el cual se le recortó el 13 % del sueldo a los jubilados y a los empleados estatales. Conoce perfectamente la dinámica de las cosas. Ajuste y represión nunca se sueltan la mano. Los trabajadores también tienen las cosas claras, para no perder derechos hay que luchar.

Por eso, el gobierno de Macri no quiere tener límites de ningún tipo a la hora de reprimir. Aún a sabiendas que la aplicación del protocolo no será, otra vez, para nada inocua. Durante el gobierno kirchnerista vimos que cada vez que el ex secretario de seguridad Sergio Berni, comenzaba una escalada discursiva contra las protestas obreras, las consecuencias se traducían en decenas de detenidos y heridos como los que hubo durante la lucha de la autopartista Lear.

Límites a la prensa

¿Hubiera corrido igual suerte el gobierno de Duhalde sin las fotos que los reporteros Sergio Kovalevsky y “Pepe” Mateos obtuvieron del momento exacto en que la Policía fusila a Darío Santillán? En la respuesta se encuentra el motivo por el cual el protocolo antiprotesta limita el trabajo de los periodistas. De manera burda, en el capítulo III de dicha resolución se dispone que la Policía deberá determinar la ubicación de los periodistas de manera que “no interfieran con el procedimiento”. ¿Dónde habría ubicado la Policía a los periodistas mientras el comisario Fanchiotti mataba a Maxi Kosteki y a Darío Santillán?

Sin derecho a un juez

El Art. 2º del Protocolo establece que: “Los Gobiernos provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (…) establecerán el momento para dar intervención a la justicia (…)”. Es decir que es el personal policial o del Ministerio de Seguridad el que decide si hay delito o no, e “in situ” si reprime o no a los manifestantes. Esta exclusión no es casualidad. En múltiples fallos se reconoció que interrumpir el tránsito como consecuencia del ejercicio del derecho de protesta no es delito. En importantes causas en las que nos tocó intervenir a los abogados del Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (CeProDH), se terminó reconociendo que el derecho de protesta es jerárquicamente superior que el derecho de tránsito. En efecto, mientras se llevan adelante más de 4000 procesos judiciales contra luchadores, en el marco de algunos de ellos, como los que se abrieron a partir de la lucha de Lear, la jueza federal de San Martín, Alicia Vence, citando a la CIDH, determinó que: “en el momento de hacer un balance sobre el derecho de tránsito, por ejemplo, y el derecho de reunión, corresponde tener en cuenta que el derecho a la libertad de expresión no es un derecho más sino, en todo caso, uno de los primeros y más importantes fundamentos de toda la estructura democrática: el socavamiento de la libertad de expresión afecta directamente al nervio principal del sistema democrático”. En otro de los expedientes abiertos a partir de la lucha de Lear el Juzgado Federal de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado, falló en idéntico sentido ordenando el sobreseimiento de más de 13 manifestantes. El fallo se refiere a más de 15 cortes de panamericana en estos términos: “los cortes y caravanas de autos que se llevaron a cabo los días “16, 23, 30 de Julio, 8, 12, 27 de agosto, 4 y 18 de septiembre, 2, 4, 10 y 23 de octubre, 19 y 21 de diciembre de 2014 y 26 de enero de 2015 … se encontraban amparados en el legítimo ejercicio del derecho de reunión - en el caso particular de peticionar y hacer oír sus reclamos…la conducta de los imputados se encontraba amparada constitucionalmente”.

En una de las causas abiertas con motivo de un conflicto sindical originado en la fábrica de Terrabusi el fiscal de Cámara determinó, en relación a un corte de autopista que “los derechos de peticionar a las autoridades, de reunión y de libertad de expresión (arts. 14, 36, 37 C.N.; arts. 13, 15, 16 y 23 CADH) pueden funcionar como límite a la antijuridicidad de la conducta…”. Es decir que está justificado el corte y no se puede aplicar el famoso Art 194 del Código Penal. Idénticos fallos se han conseguido en provincias tan hostiles a la protesta como el Chaco.

Si manifestarse en la calle no puede ser penado, quiere decir que el que reprima a los manifestantes estará cometiendo un delito. Es decir que el protocolo es ilegal y contrario a derechos que están reconocidos por la propia constitución y distintos Tratados Internacionales de DD.HH. Que una disposición de una ministra atente contra el más fundamental de los derechos es un despropósito. Es fundamental efectuar todas las acciones políticas y legales necesarias para lograr su anulación e impedir que triunfe una de las medidas más antidemocráticas desde el fin de la dictadura cívico-militar Argentina.

 
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