Esto en respuesta a la demanda de diferentes organizaciones internacionales de Derechos Humanos y la Defensoría del Pueblo, así como de familiares de las víctimas.
El artículo 3 de la norma que está enfocada a los derechos de las personas desaparecidas y de sus familiares sintetiza la ley: “Los familiares tienen el derecho a conocer la verdad sobre las circunstancias de la desaparición, la situación de la persona desaparecida, incluido su paradero, o, en caso de fallecimiento, las circunstancias de su muerte y el lugar de inhumación”.
La nueva ley será responsabilidad del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que se encargará de “diseñar, establecer, ejecutar y supervisar el Plan Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas durante el período de violencia 1980-2000”
Fue promulgada por el jefe de Estado después de que el pasado 26 de mayo, el Congreso de la República aprobó la iniciativa, dando luz verde a una propuesta de la Defensoría del Pueblo.
Esta iniciativa implica una ayuda económica a los familiares de las víctimas del conflicto interno que dejó alrededor de 69.000 muertos, entre los grupos subversivos y el Estado, según el informe final de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación (CVR). |