La ley nacional 24.241 establece el régimen de jubilaciones y pensiones de nuestro país y un criterio general de 65 años para los hombres y 60 años para las mujeres para acceder a la jubilación.
La ley 26.727 regula el trabajo agrario y establece un régimen previsional con la posibilidad de jubilarse a los 57 años de edad acreditando 25 años de aporte. Sin embargo, en función del artículo 3 de la misma, están excluidos del ámbito de aplicación los obreros de viña. Es decir que los trabajadores y trabajadoras que realizan las actividades comprendidas en el convenio colectivo 154/1991 no pueden acceder a este régimen jubilatorio.
Por este motivo, el ex candidato a presidente del FIT propone incluir dentro del régimen especial que contempla la ley 26.727 a los trabajadores y trabajadoras de viñas, hortalizas, frutas frescas y lavaderos de zanahorias.
Ya existen antecedentes de actividades laborales que acceden a regímenes jubilatorios especiales como las desarrolladas por los trabajadores Gráficos, los Radiólogos, los Petroleros, los Aeronavegantes, el Personal Embarcado o los trabajadores en la industria del Vidrio, entre otros. Estas actividades acceden a la excepción al régimen jubilatorio general de la Argentina debido a la insalubridad del trabajo. |