El fallo emitido por el juez señala, además, que el Enargas debe instruir a las empresas prestatarias a retrotraer las tarifas a esos sectores al valor que tenían el 31 de marzo pasado.
El amparo que definió el juez había sido presentado por la Asamblea de Pequeñas y Medianas Empresas (Apyme).
En su resolución, Vaca Narvaja dispuso la "continuidad del cuadro tarifario del servicio de gas conforme al vigente con anterioridad al 31 de marzo del corriente año, es decir, sin variación alguna que no surja del propio consumo del usuario, y ello hasta el 27 de diciembre de 2016".
El magistrado añade que la medida abarca a "pequeños y medianos industriales, comerciantes, prestatarios de servicios, productores agrarios, sectores medios, cuentapropistas, profesionales y otros afines".
Según informó la Agencia Télam, desde el Ministerio de Energía y Minería ya indicaron que apelarán la medida . |