Foto: Diario Uno
Luego de que salieran a la luz los casos de abusos a niñas y niños hipoacúsicos y sordos en el Instituto Antonio Próvolo de Luján de Cuyo, que depende de la Iglesia Católica, cada vez son más las denuncias. Al respecto La Izquierda Diario consultó a Carlos Lombardi, representante legal de la Red de Sobrevivientes de Abuso Sexual Eclesiástico de Argentina.
Entrevistado por La Izquierda Diario, Lombardi dijo que “la situación del caso es muy delicada por los delitos padecidos por los niños, sobre los cuales existen diversos tipos de responsabilidades que les cabe a la Dirección General del Escuelas, al propio instituto y al arzobispado de Mendoza”.
El cura Corradi contaba con antecedentes de abuso y por ello fue trasladado a la Argentina. ¿Cuál es la autoridad eclesiástica que acepta esos traslados?
La autoridad eclesiástica que acepta los traslados es el superior en Italia y los obispos argentinos que lo reciben. No pueden desconocer los sacerdotes que viven en sus diócesis. Cuando vino al país Corradi la autoridad de la iglesia católica en el país era Bergoglio y en Mendoza, Arancibia.
Vos sostenés que el caso en cuestión tiene un responsable directo: La máxima autoridad católica romana con domicilio en la Ciudad de Mendoza. ¿Le cabe algún tipo de responsabilidad penal al Arzobispo?
Al obispo le cabría responsabilidad penal si se probara que conocía los hechos: si los denunciaron y no hizo nada, es decir, si hubo complicidad. Me parece que las responsabilidades les cabe más en lo canónico, civil y administrativo.
"La iglesia en cualquier parte del mundo, ante la noticia de un abuso, lo primero que hace es proteger al abusador"
La regla de oro de la mafia eclesiástica
Para Lombardi las normas jurídicas que la Iglesia Católica aplica a los casos de abuso sexual son la columna vertebral donde se engarza todo el sistema de encubrimiento del clero abusador. El abogado señala que existe un patrón o modelo de conducta institucional que ha sido sistematizado por el investigador español Pepe Rodriguez en 10 puntos, una especie de decálogo. Este procedimiento comienza, luego de constatar los hechos, con acciones disuasorias con el agresor y la víctima y culmina con la protección del abusador sexual y el intento de negociar con la víctima.
En una nota de opinión tuya publicada por el portal MDZ sostenes que "La regla de oro de la mafia eclesiástica indica que todo cura abusador tiene uno o varios jerarcas encubridores", ¿nos podrías explicar mejor que significa esto?
La “regla de oro” a la que me referí en la nota proviene de la práctica institucional en la materia. La iglesia en cualquier parte del mundo, ante la noticia de un abuso, lo primero que hace es proteger al abusador. Si el caso no tomó estado público, se lo traslada con la complicidad del obispo. Mientras que si tomó estado público, comienza un procedimiento de investigación interno donde las víctimas no tienen más derechos que el de presentar la denuncia. Se les niega la garantía del debido proceso.
En este caso, se observa respecto al cura Corradi, quien estando denunciado en Italia, se escapó de ese país con la connivencia de su superior.
En la misma columna señalas que existe un patrón o modelo de conducta institucional que ha sido sistematizado y calificado de decálogo de 10 puntos. ¿En qué momento estaríamos ahora en este caso?
En el caso del Próvolo se cumplió gran parte del decálogo. Cada una de las etapas del decálogo la cumplieron en Italia. En Mendoza, se pasó a otro plano que es el de las investigaciones. Habrá que ver si la iglesia le inicia un procedimiento al cura Corradi.
¿Qué es el derecho canónico y que contraposición existe con el derecho del Estado argentino?
El derecho canónico es el sistema jurídico interno de la iglesia católica. Las religiones monoteístas (cristianismo, judaísmo e islam), tienen sus propios sistemas jurídicos religiosos. El de la iglesia católica es el canónico. La contraposición con el ordenamiento jurídico del país radica en varios aspectos, en especial, porque en el canónico hay violación de derechos humanos fundamentales, por ejemplo, el derecho a cambiar de religión.
Financiamiento y responsabilidad estatal
El gobierno de Cornejo decidió intervenir el instituto y crear una mesa de seguimiento. ¿Qué opinas vos?
Opino que es tarde, muy tarde, el daño está hecho. De ahí las responsabilidades consiguientes. El Estado mendocino tiene responsabilidad en la supervisión de los institutos educativos católicos desde el momento en que dependen de la DGE, y de su dirección de educación privada.
Respecto al financiamiento estatal para la iglesia, opino que es anacrónico y debería derogarse. Que el Estado Vaticano, a la vez, una multinacional religiosa y multimillonaria, mantenga a sus clérigos.
¿Existe algún tipo estadística de casos de abusos por parte de religiosos en Mendoza o en el país?
No existe estadística oficial, o registro de abusos sexuales de curas. En la iglesia, mucho menos ya que como manipulan de modo permanente la información, no es creíble. |