Hoy a las 14 hs, en la Sala I del segundo piso del anexo A de Diputados, se presentará un Proyecto de Ley para el Resarcimiento Económico de las personas trans que por su identidad de género hayan sido víctimas del abuso policial. Quienes hayan sido detenidos por la aplicación de los edictos policiales u otro acto emanado de las fuerzas de seguridad que implique una violación a sus derechos humanos.
La iniciativa del proyecto esta encabezada por ABOSEX (Abogad*s por los Derechos Sexuales), ALITT (Asociación de Lucha por la Identidad Travesti y Transexual), FUTURO TRANSGENÉRICO y MAL (Movimiento Antidiscriminatorio de Liberación). ¨Tiene por objetivo asegurar que las personas trans cuyos derechos fundamentales fueron violados por motivos de su identidad de género a causa de la aplicación del Reglamento de Procedimientos Contravencionales y Edictos Policiales tengan acceso a una plena y adecuada reparación de tipo pecuniaria¨, aclaran en la convocatoria a la prensa.
Josefina Fernández indica que: “Durante el gobierno de facto de Aramburu se establece una nueva Ley Orgánica de la Policía Federal, vigente hasta el año 1998, a través de la cual se faculta a esta fuerza no sólo a emitir los edictos sino también a aplicarlos. El Congreso Nacional los convierte en ley durante el gobierno de Frondizi y en el año 1995, cuando Fernando de la Rúa se desempeñaba como intendente de la Ciudad de Buenos Aires, se otorga a la policía competencia para juzgar. Ebriedad, vagancia, mendicidad, desórdenes y prostitución podrán, en adelante, ser castigados con treinta días de arresto. El escándalo incluirá una figura que afecta directamente a las travestis: serán reprimidos, entre otros, ‘los que se exhibieren en la vía pública con ropas del sexo contrario’ (Artículo 2° F) y ‘las personas de uno u otro sexo que públicamente incitaren o se ofrecieren al acto carnal’ (Artículo 2° H).”[1] Muchas provincias argentinas hicieron expresa mención al “travestismo” como indicador contravencional, asociado a la prostitución. Así, por citar ejemplos, el código de faltas de la provincia de Buenos Aires (art. 92 inc. E, ley 8031/73); el código de faltas de Catamarca (art. 101); el código de faltas de La Rioja (art. 60, ley 7026) o el código de faltas de Mendoza (art. 80, ley 3365).
Los edictos policiales, sirven de excusa para la persecución, el acoso y el abuso policial. Establecen una ¨moral¨ y un ¨sentido común¨ que debe ser respetado. De esta manera las sexualidades e identidades disidentes serían un atentado a ese status quo y por ende una amenaza a la sociedad actual. Este proyecto intenta resarcir de forma económico el atropello y el abuso al cual estan sometidos/as travestis y transexuales frente a la impunidad policial. |