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24 de marzo de 2017 Twitter Faceboock

Tribuna Abierta
Suman 79 los condenados por delitos sexuales cometidos en la última dictadura
Celeste Farbman

Según informó la Procuraduría de Crímenes Contra la Humanidad (PCCH), a la fecha se contabilizan 19 sentencias que condujeron a la condena de 79 imputados por crímenes de violencia sexual contra detenidas en el marco del terrorismo de Estado.

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A partir de los últimos datos relevados por el organismo se sabe que el 2016 fue, hasta ahora, el año con mayor cantidad de condenas a represores por este tipo específico de tortura. Hablamos de la causa “Menéndez” en San Luis, donde fue condenado un imputado como autor mediato de la violación sexual perpetrada contra una detenida; de la mega-causa “La Rioja III”, donde se condenó a cinco imputados por los delitos de tentativa de violación a una víctima hombre, dos abusos sexuales contra dos mujeres, una violación sexual calificada y un aborto forzado; de la mega-causa “La Perla”, donde se condenaron a seis imputados hombres y una mujer por ser responsables del delito de abuso sexual reiterado contra una detenida; y más recientemente a la condena dictada para el ex comandante de Institutos Militares Santiago Omar Riveros en el juicio "Colegio Militar" de la provincia de Buenos Aires, por un hecho de violación agravada. Con esta última suman 79 las condenas dictadas a represores imputados por cometer delitos sexuales, entre otros vejámenes.

La primera vez que en un juicio contra genocidas se incluyó el delito sexual como parte de un plan sistemático de tortura contra las mujeres detenidas ilegalmente, fue en abril de 2010 cuando el Tribunal Oral Federal de Santa Fe condenó al ex agente de inteligencia del Ejército Argentino, Horacio Barcos, a quince años de prisión por secuestro, privación ilegal de la libertad y torturas. Allí, tanto el fiscal Martín Suárez Faisal, como los abogados querellantes Horacio Coutaz y Zulema Rivera, plantearon que “la violencia sexual cometida en los centros clandestinos de detención de la dictadura fueron parte del plan sistemático de represión ilegal, y por lo tanto constituyen delitos de lesa humanidad, imprescriptibles”. El Tribunal señaló que “los abusos sexuales y la violación sufrida por la víctima durante su cautiverio (...) constituyen una forma más de tormento y por ende corresponde encuadrar tales hechos en dicha figura penal, constitutiva de crímenes contra la humanidad”. Para las integrantes de CLADEM- Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres-, ese fallo, aunque no reconoce la violencia sexual como delito autónomo de las torturas, sienta un precedente muy importante para lo que luego serían las condenas a represores por delitos sexuales.

Dos meses después del fallo citado en Santa Fe, El Tribunal Oral Criminal Federal de Mar del Plata condenó al ex suboficial de la Fuerza Aérea, Gregorio Rafael Molina, a la pena de prisión perpetua por considerarlo penalmente responsable de los delitos de: muerte de Norberto Centeno y Jorge Roberto Candelero, la participación en la privación ilegítima de la libertad y en la aplicación de tormentos y apremios ilegales de 36 víctimas y el acceso carnal en forma reiterada a varias detenidas. Como señala CLADEM en su libro Grietas en el silencio, en este juicio, citando a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, un Tribunal por primera vez incluye en su sentencia la imputación de delito sexual cometido en el marco del terrorismo de estado, comprendiendo este modo de violencia como parte de un plan sistemático de tortura contra las mujeres y planteándolos de forma autónoma al resto de los tormentos.

Delitos sexuales, delitos invisibles

Violaciones, descargas eléctricas sobre los genitales, manoseos, desnudos forzados, esterilización, introducción de pistolas en la vagina y ano de las detenidas, falsas revisaciones médicas. Los delitos sexuales incluyen un repertorio inagotable de prácticas perpetradas para disciplinar y castigar a aquellas mujeres que decidieron romper con el mandato de género que las excluía de la participación política; y humillar, feminizándolos, a los detenidos varones que también sufrieron este tipo de atrocidades. “Poder hacer visible lo que venía siendo negado a pesar de haber sido dicho por las víctimas de mil formas distintas, -incluso en los juicios a las juntas militares, cuando hablaban de cosas como ‘me hicieron de todo’, o directo diciendo que las habían violado o puesto la picana en los pezones y vagina-, para nosotras es muy importante. Históricamente los jueces actuaron con mucha ceguera de género y no pudieron distinguir que se trataba de delitos sexuales y, por lo tanto, no podían quedar subsumidos dentro de la tortura en líneas generales”, reflexiona Adriana Guerrero, integrante de CLADEM Tucumán, para esta nota.

En una entrevista realizada el 17 de marzo de este año, en el programa Nos Quemaron por Brujas, que se emite por Radio Presente en la Ciudad de Buenos Aires, Miriam Lewin, la periodista y sobreviviente del Centro Clandestino de Detención Virrey Ceballos y la ex ESMA contó que “aún cuesta mucho tomar conciencia sobre la existencia de delitos sexuales en la última dictadura militar. Si examinamos cuáles son las reacciones, no sobre estos crímenes, sino sobre las violencias sexuales actuales, vemos que siempre se presume que las mujeres dimos nuestro consentimiento para que ocurra la violación. Esto mismo pasaba en los centros clandestinos de detención: se presumía, en muchas ocasiones, que nosotras habíamos accedido a tener relaciones sexuales porque nos habían dejado llamar por teléfono a nuestros padres, o tener contacto con nuestros hijos pequeños, o vaya a saber qué cosa habíamos hecho para sobrevivir. Si sobrevivíamos éramos sospechosas de haber tenido relaciones sexuales voluntariamente y de buen grado, con quienes en realidad eran nuestros abusadores”.

Tucumán: ensayo de prácticas genocidas y delitos sexuales

La entonces presidente Isabel Martínez de Perón dictaba en febrero de 1975 el decreto 261/75, dando inicio a la persecución y exterminio de militantes, activistas y organizaciones de la provincia de Tucumán sospechadas de responder a la ideología marxista: el Operativo Independencia.

“La Escuelita de Famaillá” fue el primer Centro Clandestino de Detención del país y se convirtió en el más grande del noroeste argentino. Instalado en el marco del Operativo Independencia, a solo cuatro cuadras de la plaza principal de la ciudad, La Escuelita engrosó la lista de los más de seis Centros Clandestinos de Detención y Tortura que se instalaron en el sur tucumano a partir de dicho Operativo, llegando a reunir más de mil personas secuestradas, muchas de ellas asesinadas luego o desaparecidas hasta la fecha.

Lo cierto es que en Tucumán no solo se ensayó el secuestro, la tortura y la desaparición de personas en el marco del terrorismo de Estado, sino que también se convirtió en el escenario de la más perversa obra. La actual Coordinadora del sitio para la memoria señalizado el 2 de agosto de 2012, María Coronel (1), asegura que “La Escuelita de Famaillá” no solo fue un laboratorio de prácticas represivas en general, sino que también sobresalió por el ensañamiento particular que hubo sobre el cuerpo de las detenidas mujeres, “existía un castigo doble para las mujeres que decidían no quedarse en su casa y salir a luchar por sus derechos”.

Sobre las condenas que en la provincia de Tucumán incluyeron delitos sexuales entre las imputaciones a los genocidas, la primera de ellas tuvo lugar en la sentencia de la mega-causa “Jefatura/Arsenal” (2013). Allí CLADEM se presentó como amicus curiae pidiendo se comprendan los delitos sexuales como crímenes autónomos de lesa humanidad. Para las integrantes de CLADEM estas primeras condenas fueron muy significativas. En su momento se ampliaron las imputaciones contra los acusados para incluir los delitos sexuales. En el juicio sobre el “Operativo Independencia” que ahora está en curso y cuya sentencia se espera para mitad de año, las imputaciones ya incluyeron delitos sexuales desde el inicio, con lo cual la expectativa de las organizaciones sociales y de derechos humanos es que las condenas a los represores en este sentido, sean aún mayores.

 
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