Esta tarde, la Corte Suprema resolvió eliminar el delito de femicidio frustrado en el caso de Nábila Rifo: "no quedó demostrada cavalmente la intención de matar (de Mauricio Ortega), por las circunstancias en que ocurrieron los hechos", cita el documento.
De esta manera, se acepta de forma parcial el recurso presentado por la defensa de Ortega, que consta de eliminar la figura de "femicidio frustrado", dejándolo en "lesiones graves". Es por esto que la sentencia se rebaja de 12 años a 4 años por este delito en particular.
Según explicó el magistrado, en la resolución se establece que no se llegó al convencimiento que se había establecido en la audiencia en Coyhaique. “No quedó demostrado cabalmente en el proceso, el dolo de matar”, afirmó el juez.
El juez continuó planteando que “examinando la secuencia de los hechos, llegamos a la conclusión de que no quedó cabalmente demostrada la intención de matar, por las circunstancias en que ocurrieron los hechos”, agregando que "las pruebas no lograron convencer".
Con esta nueva resolución, Ortega pasará de tener una sentencia de casi 26 años de cárcel a una de cerca de 18 años. |