El registro especial que impuso la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) con los datos de los trabajadores y abogados que presentaron o presenten demandas de inconstitucionalidad de la ley 27.348, que modificó el sistema de riesgos del trabajo (Ley de ART), fue suspendida por el Juzgado Federal del Trabajo N° 4. El mismo dio lugar a una medida cautelar que dictamina al organismo la "suspensión de lo dispuesto por la resolución MTEySS N° 760/17", según publicó el diario El Cronista.
El fallo fue firmado por la jueza Laura Cristina Castagnino, y dio lugar a la presentación realizada por la Corriente de Abogados Laboralistas 7 de Julio. Se estableció un plazo de cinco días al Ejecutivo para que explique sobre el registro que creó, según informó el mismo medio.
El registro "buchón"
La disposición de la SRT obligaba en un plazo de 30 días a que las ART y las empresas autoaseguradas informaran al organismo los nombres de los abogados y trabajadores, así como los datos de la demanda.
El diario Clarín conversó con Matias Cremonte, titular de la Asociación de Abogados Laboralistas, quien alertó que “la Superintendencia de Riesgos del Trabajo no pretende estudiar el grado de litigiosidad en materia de accidentes y enfermedades laborales” y agregó que “el objetivo es perseguir a trabajadores y abogados que recurren directamente a la Justicia del Trabajo. Se trata de una manifiesta violación a la Ley de Protección de los Datos Personales (Ley 25.326), del derecho a la privacidad y el libre ejercicio de la profesión de abogados/as”.
Cremonte, denunció al mismo medio, que la resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo “forma parte de la política del Gobierno nacional de ataque a los abogados laboralistas y a la justicia del Trabajo. Primero nos acusan de mafiosos y ahora pretenden hacer una lista negra con quienes exigimos que se apliquen las garantías constitucionales”.
El argumento oficial es que la SRT, a través del registro podrá analizar todas las demandas para resguardar y fortalecer el sistema. Para el Gobierno las demandas de inconstitucionalidad pretenden sortear la instancia administrativa previa de las Comisiones Médicas.
Ley de ART: beneficio para los empresarios
Los cambios de la ley de ART representaron un proyecto a medida de las empresas, que obliga a los trabajadores a asistir a comisiones médicas, antes de comenzar un juicio contra las patronales. El fin de este “paso administrativo previo” fue desalentar todo tipo de reclamo judicial frente a los problemas de salud que provocan las malas condiciones laborales que hay en gran parte de la industria.
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Los empresarios y el Gobierno se quejan de los accidentes laborales, hablaron de la “industria del juicio” porque para ellos los trabajadores son sólo un costo a reducir, poco les importa la vida obrera.Cuando la ley se votó, con el apoyo también del FPV en el Senado, los empresarios celebraron.
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Los “accidentes” como le llaman son producto de las extensas jornadas laborales, y los altos ritmos de producción. Según datos de la SRT en el caso de los trabajadores fallecidos en accidentes laborales, enfermedades profesionales, accidentes in itinere y por reingreso, de 2014 a 2015 trepó de 776 a 796 casos. Entre 2003 y 2015 hubo 11.376 muertes obreras.
Mientras los trabajadores deben lidiar con varias trabas administrativas para demostrar que sufrieron un “accidente”, las empresas de ART siguen aumentando sus ganancias. Según un estudio del Observatorio de Políticas Públicas de la Universidad Nacional de Avellaneda, la incidencia de los accidentes laborales cayó un 26 % entre el 2004 y el 2015, en tanto que en los últimos cinco años la liquidez de las ART mejoró un 28 %. Es necesario anular la Ley de ART, que sólo representa un gran negocio para las aseguradoras.
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