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Red Internacional
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Ciudad de Buenos Aires. Aborto no punible: por decisión judicial, vuelve a regir un protocolo más restrictivo

Por decisión del Tribunal Superior de Justicia porteño, vuelve a estar vigente el protocolo para la realización del aborto no punible en los hospitales públicos, elaborado en 2012 por el ex ministro de salud, Jorge Lemus. El protocolo, considerado uno de los más restrictivos del país, había sido suspendido en varios de sus artículos a raíz de la presentación de diversos amparos.

Sol Bajar

Sol Bajar @Sol_Bajar

Miércoles 17 de octubre de 2018 13:06

Con un documento que comenzó a circular esta mañana, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), el máximo tribunal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se expidió sobre distintos amparos presentados respecto al protocolo de aborto no punible, elaborado en su momento por el ex ministro de Salud Jorge Lemus.

La sentencia, emitida el pasado 10 de octubre, declara "mal concedidos" diversos recursos de inconstitucionalidad que habían sido interpuestos en 2016 por distintas organizaciones, como la Asociación por los Derechos Civiles, el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género, el Centro de Estudios Legales y Sociales y la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad, entre otras.

Tras la decisión judicial, esos amparos que limitaban la aplicación del restrictivo protocolo, quedarán sin efecto. De este modo, según pudo conocer La Izquierda Diario, volverán a regir diversos artículos que hasta ahora se encontraban en suspenso, como el que hace referencia al límite gestacional de 12 semanas para la interrupción legal del embarazo, que establece el artículo 17, y la cuestionada "objeción de conciencia" para cada caso de aborto en particular, de la que habla el protocolo en su artículo 19.

Como demostró la enorme marea verde que ganó este año las calles del país, se trata de dos aspectos centrales para el ejercicio de este derecho elemental, que está vigente en el Código Penal desde 1921 y sobre el que se expidió incluso en 2012 la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el conocido fallo F.A.L.

Otros artículos que entrarán en vigencia

Según trascendió hasta el momento, con la decisión del Tribunal también volverán a estar vigentes otros artículos que se encontraban en suspenso, como el artículo 2, que dispone la intervención de un equipo interdisciplinario para la realización del aborto, y el inciso "a" del artículo 9, que dispone la obligación del médico interviniente de incluir en la historia clínica los detalles del caso, a la vez que determina la intervención del director/a de todo hospital público en la confirmación del diagnóstico y la procedencia de la práctica.

Otro polémico artículo que volverá a estar vigente es el que hace referencia al consentimiento informado y a la restricción para el accedo de menores de 18 años, para quienes se exigirá el consentimiento del representante legal o del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en caso de no tenerlo. Los incisos "b" y "c" del artículo 11, referidos a la aplicación del aborto no punible para casos de violaciones a personas con discapacidad mental, también volverán a exigir la declaración jurada de consentimiento del representante legal y la constancia certificada sobre la discapacidad de la mujer.

Complicidades

La resolución del Tribunal puede leerse como un guiño de la justicia porteña hacia el gobierno de Rodríguez Larreta, que junto a la gobernadora María Eugenia Vidal y a la vicepresidenta Gabriela Michetti, jugó un rol fundamental para impedir que avance en el Senado la legalización del aborto. Alcanza con recordar que, en sintonía con la exigencia de la jerarquía de las iglesias y de los grupos fundamentalistas vinculados a ella, los funcionarios del macrismo impulsaron todas las maniobras necesarias para garantizar el rechazo.

Por supuesto, la sentencia también es un guiño hacia el ex ministro de Salud, que en el año 2012 se vio obligado a renunciar justamente a raíz de este cuestionado protocolo. “Jorge hizo un muy buen trabajo y va a seguir trabajando con nosotros en el armado del plan nacional, de cara al 2015”, dijo en esa oportunidad Rodríguez Larreta, quien era entonces jefe de Gabinete.

Pero el mayor guiño es el que recibe el presidente Mauricio Macri, que en 2012, cuando era jefe de gobierno porteño, vetó la ley sancionada por la Legislatura de la Ciudad para regular estos procedimientos. Macri, a quien recientemente se llegó a catalogar como el "feminista menos pensado", argumentó en ese entonces que la ley aprobada en el recinto "excedía" lo establecido por la Corte Suprema en 2012, dejando vigente la resolución del ex ministro de Salud.