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Red Internacional
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Aborto. Aborto y feminismo (Segunda Parte)

La lucha por el derecho al aborto, a decidir por nuestros cuerpos, ha sido llevada a cavo por cientos de mujeres a lo largo de la historia, donde los sectores feministas han avanzado en la auto organización y movilización por éste legítimo derecho.

Martes 13 de junio de 2017

Diversas organizaciones y coordinadoras feministas, como #NiUnaMenos, llevan adelante campañas por la despenalización del aborto, es decir, luchan porque el aborto sea una garantía estatal, por ende legal, seguro y gratuito. Esta batalla se ha expresado en masivas movilizaciones a nivel nacional, marchas y movilizaciones (como el 28S, día internacional por la despenalización del aborto), mucha difusión en las calles y redes sociales, discusiones en las universidades, etc. Por otro lado la derecha y las iglesias (principalmente católica y evangélica) sacan a marchar a sus fieles, grupos ultra conservadores muy reducidos, que buscan organizan una campaña del terror, similar a las que desplegaron en la década del 2000 en México y Argentina, en este último país el ex presidente Carlos Menem por influencia directa de la santa sede llamó a sus pares americanos a firmar un acuerdo para prohibir expresamente el aborto y celebrar “Día del no nacido”, recibiendo agradecimientos personales del papa Karol Wojtla.

Opinión de organizaciones de Derechos humanos

Diversas organizaciones a nivel mundial, entre estas la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Europea de Derechos Humanos, han señalado que la penalización del aborto en caso de violación, inviabilidad del feto o riesgo para la salud y vida de la madre constituye un acto que viola los derechos humanos básicos de la mujer. (Ver: Comité contra la Tortura de Naciones Unidas. Informe emanado por el Comité reunido en su 42º periodo de sesiones en la ciudad de Ginebra y en el marco de las observaciones finales del Informe presentado por Nicaragua. Junio de 2009)

Los DD.HH han sido entendidos modernamente como “derechos subjetivos que reconocen a su titular prerrogativas que sólo pueden ser limitadas con el fin de proteger otros derechos humanos detentados por personas humanas”. Se desprende: que los derechos humanos no pueden restringirse o anularse con el fin de salvaguardar intereses colectivos, ni tampoco valores sustentados por grupos religiosos o ideológicos, aun cuando ellos sean mayoritarios.

El derecho al aborto se puede fundamentar en el derecho a la vida, integridad física y psicológica, o en el derecho a la autodeterminación sobre el propio cuerpo. Derechos fundamentales que con las características de Intrínsecos, universales, igualitarios, absolutos, individualizados y contramayoritarios (derechos fuertes).

“La pregunta no es si estamos de acuerdo o no con el aborto porque, ya sea legal o no, las mujeres se practican abortos como lo demuestran las estadísticas. Por el contrario, la alternativa es escoger entre la vida y la muerte de estas mujeres. Actualmente, mantener las leyes penalizantes vigentes significa escoger la muerte” (De la Barreda Solórzano, El delito de aborto, una careta de buena conciencia. Instituto Nacional de Estudios Criminales, México, 1991.).

Por cierto, como política criminal la penalización del aborto ha demostrado ser extraordinariamente ineficaz. Hacer que el aborto sea ilegal no reduce el número de abortos pues, sólo en América del Sur, aproximadamente 30 de cada 1.000 mujeres (de entre 15 y 45 años) se hacen un aborto por año. En Holanda, donde el aborto es legal, la cifra es 8 de cada 1.000. Penalizar el aborto sólo discrimina a las mujeres sin recursos, pues donde el aborto es legal el riesgo de muerte es menor de 1 por cada 500.000 mujeres. Esto significa que un aborto legal es más seguro que ningún otro tipo de procedimiento médico y que tiene un menor riesgo de muerte que un tratamiento con penicilina.

Algunos datos para continuar el debate:

  • 36 países a nivel mundial permiten el aborto en caso de riesgo para la mujer.
  • 23 lo permiten para salvaguardar la integridad psíquica de la mujer.
  • 56 países permiten el aborto sin restricción en cuanto a las razones.
  • El Colegio de Bioética de México durante las discusiones originadas a propósito de la despenalización del aborto en dicho país señaló:

“Los conocimientos científicos sobre el genoma, la fertilización, el desarrollo del embrión humano y la fisiología del embarazo indican que el embrión de 12 semanas no es un individuo biológico ni mucho menos una persona, porque: a) Carece de vida independiente, ya que es totalmente inviable fuera del útero; b) S i bien posee el genoma humano completo, considerar que por esto el embrión de 12 semanas es persona, obligaría a aceptar como persona a cualquier célula u órgano del organismo adulto, que también tienen el genoma completo. La extirpación de un órgano equivaldría entonces a matar a miles de millones de personas; c) A las 12 semanas el desarrollo del cerebro está apenas en sus etapas iniciales y no se ha desarrollado la corteza cerebral ni se han establecido las conexiones nerviosas hacia esa región que son indispensables para que puedan existir las sensaciones; d) Por lo anterior, el embrión de 12 semanas no es capaz de experimentar dolor ni ninguna otra percepción sensorial, y mucho menos de sufrir o de gozar”.

Como síntesis de este acercamiento al Aborto como problema jurídico-político podemos destacar:

  • Aunque en chile se prohíbe el aborto, se realizan en gran número de manera clandestina o encubierta.
  • El aborto es un tema de clase que sobre todo afecta a las mujeres trabajadoras y pobres, que no pueden pagar una clínica para realizarse un aborto privado. Las que han llegado a la justicia lo han hecho, condenadas moral y socialmente, con secuelas en sus cuerpos e incluso, en algunos casos, con riesgo de muerte.
  • En este sentido no garantizar el acceso al aborto seguro y gratuito es mantener una política estatal machista que no reconoce a la mujer a la autodeterminación física y psicológica.
  • Los países en que se ha legalizado el aborto el número de abortos ha bajado, debido a que junto con permitirlo se ha avanzado en materias de planificación reproductiva, educación sexual y métodos anticonceptivos.
  • Más allá de cualquier concepción moralista la mujer es quien debe decidir sobre su propio cuerpo y sobre su propia vida, ni la religión, ni la sociedad puede exigir una conducta contraria a su voluntad si simplemente no quiere ser madre.

Existe en el sentido común machista una serie de ideas que nos parecen odiosas y retrogradas. Por ejemplo: Señalar que por no haber tomado las precauciones necesarias para evitar el embarazo, la mujer, debe aceptarlo y estar obligada a tener un hijo, es como si al conductor que choca contra un poste por ir a exceso de velocidad y bajo la influencia del alcohol se le negara la atención médica y se le dejara morir.

Fuentes:

  •  Bascuñan Rodriguez, Antonio. La licitud del aborto consentido en el Derecho Chileno. 2004. Revista Derecho y Humanidades N° 10, pag. 143-181.
  •  Lamas, Marta. El aborto en la agenda del desarrollo en América Latina. 2008. Perfiles Latinoaméricanos 31.
  •  Varios Autores. Aborto a nivel mundial: Una década de progreso desigual. 2009. Guttmacher Institue.
  •  Zuñiga Fajuri, Alejandra. Aborto y Derechos Humanos. 2011. Revista Chilena de Derecho.
  •  Historia de la Ley N° 18.826. Biblioteca del Congreso Nacional. http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=30202.
  •  http://panyrosas.cl/pyr/derechos-reproductivos/porque-el-aborto-tiene-clase-aborto-legal-seguro-y-gratuito/