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Red Internacional
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Congreso Nacional. #AbortoLegalYa: los proyectos en debate y las maniobras en juego

Después de trece años de presentaciones consecutivas y de décadas de lucha y movilización en las calles, el proyecto de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito comienza a ser objeto de debate en el Congreso. Es un hecho histórico, sin dudas, pero nada puede distraer sobre las posibles maniobras en el debate parlamentario: antecedentes es lo que sobra. Aquí comenzamos a analizar algunos de esos posibles artilugios, que refuerzan la necesidad de organizar y mantener la movilización en las calles, desde cada lugar de estudio y de trabajo, para conquistar este derecho. Veamos.

Sol Bajar

Sol Bajar @Sol_Bajar

Miércoles 11 de abril de 2018 00:30

Al finalizar las Audiencias públicas informativas que comenzaron este martes en el Congreso Nacional, el plenario de comisiones a las que tiene giro el proyecto de la Campaña por el derecho al aborto deberá emitir un dictamen para que llegue al recinto.

Ese es el compromiso que asumió en representación de Cambiemos el diputado nacional Daniel Lipovetzky, que preside la Comisión de Legislación General, cabecera en el debate. De acuerdo a sus afirmaciones, esto debería suceder a más tardar a comienzos de junio, luego de las audiencias y el debate del plenario. De ser aprobado afirmativamente en esa instancia, el proyecto tendrá así la posibilidad de ser tratado en el Senado de la Nación, la Cámara que finalmente deberá darle o no la sanción definitiva.

Este camino, como advirtió desde el comienzo el Frente de Izquierda, ya se avizora repleto de dilaciones y maniobras, tanto por el intento de matizarlo con cientos de voces favorables y contrarias al reconocimiento de este derecho (como si se tratara de dos posiciones que tienen la misma representación social), como por el intento de esconder que en definitiva la discusión es que el Estado debe garantizar el acceso de todas las mujeres a la interrupción legal del embarazo, en condiciones de gratuidad y de salubridad. Una discusión que la sociedad ya se saldó hace tiempo, como demuestran las encuestas y la movilización en las calles.

Los proyectos, las maniobras

El proyecto de la Campaña Nacional por el derecho al aborto no es el único que estará en discusión en el plenario de las comisiones que arrancó con sus audiencias este martes 10 de abril. Con 72 firmas de diputados y diputadas de los distintos bloques -uno de los mayores apoyos alcanzados por cualquier otro proyecto en la historia del Congreso-, será puesto en debate junto a otras siete iniciativas que promueven diputados y diputadas de esos mismos bloques.

Llamativamente, o más bien no tanto, todos estos diputados son también firmantes del proyecto de la Campaña. Así, estarán en debate también dos proyectos del diputado Sergio Wisky del PRO (que tienen como coautor a Daniel Lipovetzsky, también firmante del proyecto de la Campaña) y los presentados por Marcelo Weschler (PRO), Daniel Filmus (FPV), Mayra Mendoza (FPV), Araceli Ferreyra (PPV-Movimiento Evita) y María Teresita Villavicencio (Evolución Radical), todos ellos firmantes también del proyecto que encabeza el debate en el Congreso.

Aunque a nadie puede escapársele el interés de Cambiemos, hay sin embargo un dato inobjetable: tomando como referencia el "fallo FAL" de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (2012), todos estos proyectos parten de reconocer la necesidad de ampliar las causales para acceder a este derecho, hoy limitado a los alcances del artículo 86 del Código Penal, de 1921. Unos, como el proyecto de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto, lo hacen garantizando que la interrupción a requerimiento se practique sin que esté en juego ningún proceso punitivo; otros, como los proyectos que impulsan diputados del PRO, lo hacen por ejemplo reduciendo al mínimo la sanción, sin imponer castigo para la mujer que aborta y condenando solamente a quien practique una interrupción que no esté justificada.

A excepción del proyecto de Ferreyra, que no establece plazos, los proyectos también coinciden en estipular un criterio de tiempo para acceder a este derecho, de hasta 14 semanas de gestación. Solamente uno de los proyectos presentados por el diputado del PRO Sergio Wisky busca regular exclusivamente el procedimiento para los casos ya existentes de abortos no punibles. Como parte de ese procedimiento, el proyecto incorpora incluso la exigencia de una declaración jurada, retrocediendo en la historia. No puede descartarse que detrás de este proyecto se esconda también alguna maniobra. Así podría indicarlo el dato de que el propio Daniel Lipovetzky -también firmante del proyecto de la Campaña- secunda esta iniciativa.

Otro dato que se desprende de la comparación de los proyectos es que, a excepción de los presentados por Wisky, éstos proponen derogar el artículo 88 del Código Penal, que establece la prisión de 1 a 4 años para la mujer que aborta. Con matices, todos coinciden también en referencias a disposiciones sobre la edad, la cobertura integral del sistema público de salud (es decir, la gratuidad), la impertinencia de orden judicial, etc.

La objeción de consciencia y otras diferencias

Las principales diferencias entre los proyectos parecen darse alrededor del plazo máximo para la realización de la interrupción del embarazo una vez que fue solicitada, que oscila entre cero y diez días y, en el caso del proyecto de Wisky, condiciona la posibilidad de acceder a la prestación médica a la intervención de un “equipo interdisciplinario”. En el caso del proyecto de Evolución Radical, el partido de Losteau, se adicionan bajo la expresión “tiempo de reflexión” cinco días más de trabas para el acceso a la salud: todas barreras innecesarias que no tienen otro fin que dilatar y buscar hacer desistir a la mujer de la decisión que ha tomado.

Otra diferencia que distingue a los proyectos es la garantía de producción y distribución nacional de Misoprostol y Miprestisona, fundamentales para acceder a los abortos farmacológicos a un precio accesible. Hoy hablamos sin embargo del enorme negocio que genera millones y millones para los grandes laboratorios, que lucran igual que las clínicas privadas con la ilegalidad del aborto. Es un hecho del que toman nota proyectos como el de Daniel Filmus y Mayra Mendoza, y sobre el que seguramente insistirán diputados y diputadas de otos bloques.

La propuesta de la Campaña también se distingue en su tratamiento hacia las niñas y adolescentes: en las menores de 13 años se requiere el consentimiento de niña y el asentimiento de uno de sus representantes legales. En caso de falta o ausencia del representante legal, se requiere de un allegado, de un adulto de referencia o con vínculo afectivo significativo.

Puntos centrales de divergencia son también los que hacen a la creación de Consejerías preaborto y/o posaborto y, sobre todo, de la objeción de conciencia de los profesionales y/o de la institución. Este tema, que ya era una preocupación entre el activismo del movimiento de mujeres, cobró además otro valor en la tarde de este lunes, cuando el presidente de la comisión cabecera en estos plenarios, Daniel Lipovetzky, anticipó a la periodista Mariana Carbajal –antes incluso de la apertura del debate- que finalmente presentará su propio proyecto de ley, y que éste se sumará a los ocho restantes.

La sorpresa fue mayor porque, siendo Lipovetzky el interlocutor para el “diálogo” propuesto por Cambiemos, tanto que es uno de los cinco diputados del PRO que acompañan el proyecto de la Campaña, afirmó que incorporará al debate “’el acompañamiento de un comité interdisciplinario, que no puede incidir en la decisión de la mujer’, pero que necesariamente intervendrá en el proceso; y también contempla el derecho a la objeción de conciencia y establece que puede ser institucional –es decir que todo un hospital se niegue a atender abortos– pero con la obligación de garantizar la derivación a otro centro a la mujer que solicita la práctica”. Una maniobra aún superior a las que estaban en juego, ya que estas dos cláusulas podrían funcionar en los hechos como trabas prácticamente inquebrantables para garantizar el acceso.

El antecedente uruguayo

El antecedente uruguayo, de despenalización del aborto también bajo un modelo mixto, marca en este sentido los peligros que puede haber para una ley argentina: aunque significó un importante avance, en Uruguay el aborto sigue siendo delito después de la semana 12 para algunos casos y de la semana 14 para otros, y la posibilidad de objeción de consciencia médica e institucional, las atribuciones de los “equipos interdiscriplinarios” (con potestad incluso para citar al progenitor a opinar sobre la IVE) y las consejerías preaborto, imponen trabas absolutamente burocráticas que terminan muchas veces en abortos ilegales, realizados en la clandestinidad.

Como denuncian varias organizaciones uruguayas, un ejemplo de esto es que muchas mujeres no llegan a cumplir el plazo de las 12 semanas porque hay demoras de hasta un mes en los servicios y porque hay departamentos enteros donde la casi totalidad de ginecólogos se declararon objetores de conciencia, lo que las obliga a hacer distancias de más de 500 km para solicitar las consultas previas a la IVE, o a practicarse el aborto directamente en la clandestinidad. Un dato en este sentido es que en Uruguay, si bien las muertes por aborto se redujeron a cero en el sistema de salud público, las muertes por prácticas clandestinas persisten en proporción elevada, siendo las mujeres jóvenes, trabajadoras y pobres las que más sufren las consecuencias.

El proyecto de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito parte de reconocer a la mujer como un sujeto autónomo, con derecho a decidir sobre sí misma y a ejercer de forma plena su derecho a la salud, por eso solo exige el consentimiento informado de la mujer a la hora de pedir la interrupción de un embarazo, siempre dentro de las 14 semanas de gestación y más allá de ese plazo, cuando ya está previsto en el Código Penal, es decir, cuando hay riesgo de vida o salud de la mujer o cuando el embarazo es producto de una violación. Partiendo también de que es inaceptable que se anteponga la conciencia de un profesional de la salud al acceso a un derecho que tiene la persona gestante, el proyecto solo pide que se garantice el acceso a la interrupcion voluntaria del embarazo. Otros proyectos, como el de Ferreyra, proponen que cada establecimiento médico cuente al menos con un servicios de salud que garantice la práctica, mientras que el proyecto de Filmus prohíbe la objeción de conciencia institucional pero incorpora la objeción individual y previamente informada.