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Red Internacional
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Actualidad. Alberto Fernández prepara su ley Rappi: ¿una regularización de la precariedad laboral?

El Ministerio de Trabajo ya tiene en carpeta un proyecto para crear una ley laboral propia de los trabajos de plataformas. Sería un estatuto particular por fuera de la Ley de Contrato de Trabajo, sin relación de dependencia.

Miércoles 4 de marzo de 2020 14:29

Fotografía: Enfoque Rojo

El gobierno impulsará una ley que regulará el trabajo en plataformas digitales como Rappi, Glovo y Uber. Así lo adelantó el diario Ámbito Financiero, a través de una nota del periodista especializado Mariano Martín.

El mecanismo legal será el siguiente: se pondrá en marcha un nuevo estatuto laboral que quedará fuera de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). Es una situación similar a la que tienen los peones rurales, obreros de la construcción y trabajadoras domésticas.

El estatuto definirá los mecanismos de contratación, la organización de la jornada laboral, así como las coberturas de salud e indemnización, aunque no trascendieron detalles del articulado. El proyecto sería enviado por Claudio Moroni esta semana a los gremios que representan a los trabajadores de plataformas y los empresarios.

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A la baja

Aún sin esos detalles, Ámbito dejó trascender dos aspectos claves del proyecto. Por un lado, la citada excepción de las y los trabajadores de las apps de la Ley de Contrato de Trabajo. Como plantea Martín en el artículo, “la diferenciación con la normativa preexistente es clave: desde lo conceptual, la LCT representa el piso mínimo de derechos laborales y cualquier estatuto por fuera de ese encuadramiento representa una perforación de esa base, una legislación a la baja”.

Sin ser una panacea, y teniendo en cuenta que muchos convenios colectivos han flexibilizado más aún las condiciones laborales, efectivamente la ley laboral establece una serie de condiciones mínimas. Los estatutos especiales, incluso con las actualizaciones que han tenido en los últimos años, están por detrás de esas condiciones y permiten una mayor flexibilidad en cuanto a la jornada de trabajo, las formas de contratación e incluso la estabilidad. Lo sabe cualquier albañil, peón rural o trabajadora doméstica.

Pero además lo confiesan desde el propio gobierno al diario. “Los autores del proyecto reconocen que el compendio de derechos laborales para los repartidores será menor al de la LCT, pero al menos les dará cobertura de salud, para la labor cotidiana y frente al despido”. También incluiría un seguro obligatorio.

“Al menos”. Parece que las y los trabajadores de los apps tendrán que conformarse con derechos laborales de segunda.

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Colaboradores for ever

El otro dato muy importante del adelanto periodístico es que “la administración de Alberto Fernández busca ampliar la cobertura para los repartidores aunque evitará nominarlos como trabajadores en relación de dependencia”.

Recordemos que la pelea por el reconocimiento de la relación laboral es una de las principales peleas de las y los trabajadores de Rappi, Glovo y compañía. Las empresas lo llaman “colaboradores” para evitar cualquier relación laboral y los compromisos básicos que de ella se desprenden. Con el famoso “Querés ser tu propio jefe” y una serie de slogans los empresarios se aprovechan de la necesidad de cientos de miles de jóvenes que buscan un trabajo.

Todavía no está claro qué tipo de relación laboral propondrán. Desde el gobierno quieren despegarse de la figura de “trabajador autónomo económicamente dependiente” que impulsó el (otro) señor Bigote: Mauricio Macri. Pero sigue negando la relación de dependencia.

La maniobra parece destinada a enmarcar a “rappitenderos” y “glovers” en lo que algunos llaman “relaciones intermedias”, entre la relación de dependencia y el trabajo independiente. Desde hace algunas décadas en el mundo ha habido varias iniciativas en ese sentido. En Inglaterra se llaman “Workers”, en el Estado Español “Trabajador autónomo económicamente dependiente”, en Italia “Lavoratore parasubordinato” y Canadá “Dependent contractor”.

Se trata, en la mayoría de los casos, de encontrar una figura que evite los juicios por “fraude laboral” pero al mismo tiempo mantenga en otra categoría a los trabajadores precarios. En Europa muchos estados analizan estas figuras como una forma de responder a los procesos de organización de las y los jóvenes precarizados.

Lo cierto es que, más allá de tener en cuenta las novedades tecnológicas que pueda tener el nuevo “capitalismo de plataformas”, se trata de una relación laboral. Uno vende su fuerza de trabajo a una empresa, para la que realiza tareas, ejecuta obras, presta servicios, bajo sus normas e indicaciones. Son ellas las que ponen los precios, dan las órdenes e imponen su “poder disciplinario” (León Piasek, El empleo en la era digital).

Como hemos analizado en La Izquierda Diario y otros medios, el “nuevo” capitalismo viene con las “viejas” formas explotación.

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Rebelde o precarizada

Si se concreta la presentación del proyecto, va a despertar expectativas y debates entre muchos trabajadores y trabajadoras. No solo de las plataformas. En algunos sectores puede despertar la expectativa de una cobertura mínima en cuestiones que hacen a la salud laboral y derechos hoy negados.

Sin embargo, hasta ahora los "especialistas" no les ha preguntado qué opinan. Qué raro.

Pero si el adelanto periodístico es cierto, se trata de un intento de regularizar la precariedad laboral. Se tratará de una ley “a la baja”, de consolidar un sector de “trabajadores de segunda”.

Los empresarios y el gobierno se quieren aprovechar de una juventud que tiene los peores trabajos, triplica en desocupación a los adultos y el 60% sigue estando “en negro”. Por el contrario, hay que aprovechar toda la potencialidad de esa nueva clase trabajadora, que hace funcionar las plataformas pero también los almacenes de Mercado Libre, las grandes logísticas, los call centers y muchos servicios fundamentales para el capitalismo, para pelear por todos sus reclamos.