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Red Internacional
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LGBTTIQ+. Anteproyecto constituyente invisibiliza a disidencias sexo genéricas

El ante proyecto constitucional emanado desde la comisión de expertos no menciona en ningún artículo los derechos de las personas LGBTTIQ+ invisibilizando nuestra participación en la sociedad. En esta nota abordaremos lo poco y nada sobre género en la propuesta inicial y la incapacidad de un proceso constituyente ilegítimo para resolver las necesidades de las personas disidentes

Sábado 6 de mayo de 2023

Nota escrita por Harper, persona disidente no binarie, estudiante secundarix y Emi, jóven trans estudiante y militante del partido de trabajadores revolucionarios.

Vamos al texto, ya que ningún artículo aborda explícitamente los derechos de las disidencias, les autores tuvimos que hacer un trabajo de inferencia.

Por ejemplo en el artículo 11 del capítulo "derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales". Dice: "El derecho a la libertad de opinión y expresión, sin censura previa , en cualquier forma o cualquier medio (...)".

Con este artículo podemos deducir, que la libertad de expresión "incluye " la expresión de género aunque aquello no se especifica. Sin embargo, la historia de las movilizaciónes de la disidencia sexo genérica nos ha demostrado que no necesitamos el respaldo del Estado para desarrollarnos ni expresarnos.

El artículo 18 es el segundo que podemos relacionar a las condiciones de vida de la comunidad LGBTTIQ+, ¿Por qué? Pues tiene que ver con nuestras condiciones laborales. Veamos;

"Se prohíbe cualquier discriminación que no se base en la capacidad, idoneidad personal, son perjuicio de que la ley pueda exigir la nacionalidad Chilena o límites de edad para determinados casos , así como cualquier discriminación arbitraria en el marco de la relación laboral".

Si el Estado establece las condiciones para ejercer un trabajo, no garantiza que no exista una segregación a personas trans o de la comunidad LGBTTIQ+, así como tampoco un cupo laboral.

Al cuestionarnos cuál es "la persona ideal," basándonos en la realidad de oportunidades que tienen las disidencias, podemos deducir que esta "decencia laboral" será destinada para personas que estén dentro del canon social.Y a su vez, que las empresas les cerrarían las puertas a quienes no pertenezcan a éste o no tengan el perfil que les acomode.

A modo de conclusión, éste texto invisibiliza totalmente a las personas LGBTTIQ+. También, podemos notar que desde el oficialismo han abandonado su bandera "progresista" de paridad sacando este concepto del texto.

Ésta política, llevada adelante por los expertos como proyecto constitucional demuestra que los partidos que participan de este proceso no buscan una mejora en las condiciones de vida de las grandes mayorías entre ellas incluidas los grupos oprimidos de mujeres y disidencias sexogenéricas.

Más bien, lo que se ve es un intento ilegítimo de desviar las aspiraciones expresadas en la revuelta social, para gobernar con "estabilidad" y represión.