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Red Internacional
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Convención constitucional. Avancemos a nacionalizar la minería, sin indemnizaciones y bajo control de los trabajadores y comunidades.

Como ya habíamos cubierto en este medio, el martes pasado, por 13 votos contra 6, fue aprobada en general en la Comisión de Medio Ambiente de la Convención, la norma para la nacionalización de la minería y los bienes estratégicos. De esta manera la norma pasará a ser discutida por el pleno de la Convención, donde para ser aprobada para integrar el texto constitucional tendrá que sortear el veto del tercio de los votantes. Aquí analizamos el contenido de la propuesta, con sus avances y límites, cuyo debate consideramos que es de vital importancia para el porvenir y las luchas que vienen.

Viernes 4 de febrero de 2022

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Propiedad efectiva del estado sobre los bienes estratégicos

La norma propuesta por 9 convencionales de la ex Lista del Pueblo y la Lista de Movimientos Sociales [1] trata de una (re)nacionalización de la minería. En tanto esta propone una expropiación integral del recurso y de toda su industria, es un importante avance respecto de la iniciativa popular presentada por Comité de defensa y recuperación del cobre. Pero, al igual que esta, asegura la indemnización a los capitales expropiados. Se trata entonces de una compra forzada, pero gradual y millonaria, que nos endeudaría por décadas con los saqueadores del país.

Sin embargo el gremio empresarial, con quienes se pretende negociar en los próximos gobiernos, puso el grito en el cielo. Protestan porque se establece no el pago total de la indemnización de manera inmediata, sino en un plazo máximo de 20 años. Porque aunque estas indemnizaciones toman por base el costo original de los bienes, le serán deducidas "amortizaciones, depreciaciones, castigos y desvalorización por obsolescencia". Pero sobre todo porque se propone que "también podrá deducirse del monto de la indemnización el todo o parte de las rentabilidades excesivas que hubieren obtenido las empresas nacionalizadas".

Como los capitalistas saben muy bien que sus "rentabilidades excesivas" consisten en un saqueo gigantesco, al que se han acostumbrado por décadas, por eso se atreven a reclamar hasta lo insólito. Desde la Sonami calificaron ayer los cientos de miles de millones de dólares que esperan que les indemnice el estado, como una compra "a un vil precio". Un verdadero descaro.

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La propuesta

La norma parte definiendo que “los bienes naturales como el cobre, el litio, el oro, la plata, los hidrocarburos líquidos o gaseosos, el uranio, el manganeso, el molibdeno, el cobalto, el boro, las tierras raras y otros minerales son bienes de carácter estratégico para el país ”.

La cualidad de “bien estratégico” establecería, en primer lugar, la condición, para toda actividad económica sobre los bienes señalados expresamente a nivel constitucional, de proteger el equilibrio ecosistémico, a sus trabajadores y a las comunidades. Más adelante el articulado también agrega la condición de “estricto cumplimento de los derechos de los pueblos indígenas y naciones preexistentes”.

A continuación, la norma señala que:

El Estado, en representación de los pueblos de Chile, tienen el dominio absoluto, exclusivo, excluyente, inalienable e imprescriptible de todos los bienes estratégicos, todas las minas...

Respecto de esto último es preciso aclarar que, pese a la apariencia, en esos términos la norma no hace ningún cambio significativo a lo que ya está establecido. Allí donde la constitución actual refiere a los derechos de propiedad minera (art 19, n°24) señala que:

El Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas”.

Esta fórmula, que fue parte central de la reforma constitucional del ‘71 que nacionalizó el cobre, lo cierto es que desde la dictadura no significa nada. La constitución pinochetista optó por no eliminarla, sino que la conservó muerta y embalsamada, como mera carcasa sobre la cual edificó el régimen de concesiones a la empresa privada y el principio de subsidariedad neoliberal, con que los gobiernos “democráticos” de la Derecha y la Concertación privatizaron los minerales y recursos naturales las tres décadas siguientes.

Similar caso sucedió con la propiedad del agua. Las leyes chilenas la declaran hoy como “bien nacional de uso público”. Sin embargo, esto es hoy totalmente compatible con la concesión de derechos de aprovechamiento de los capitalistas privados, que constituye su propiedad efectiva y hace de Chile en un caso excepcional en el mundo, donde las aguas llegan a ser objeto de especulación transable en bolsas de valores internacionales.

Ahora bien, la iniciativa aprobada por la comisión hace un vuelco radical y necesario en este punto. Además de los detalles agregados en la fórmula -la frase “en representación de los pueblos de Chile”, el añadir al “exclusivo” dominio estatal también la cualidad de “excluyente”, y no considerar únicamente a “todas las minas”, sino también “todos los bienes estratégicos”-, lo más importante es lo que pone al final del inciso:

“El Estado ejercerá su propiedad sobre estos bienes en toda su extensión: uso, goce y disposición”.

Se trata de una sutileza jurídica, pero es opuesta al concepto de propiedad en la legislación actual, apuntando a uno de los nudos que le hoy favorece la preeminencia del derecho de los propietarios privados sobre la propiedad social. En este mismo sentido, a continuación la norma afirma:

Cuando se trate de nacionalización de actividades o empresas de bienes estratégicos, la nacionalización comprenderá a ellas mismas, a los derechos de los que sea titular, y a la totalidad de sus bienes.

Así pues no solo se trata solo de una estatización del recurso natural, de los elementos del ecosistema y las materias primas que señala constitucionalmente como estratégicas, sino expropiación también de su industria. Lo cual es totalmente necesario para lograr resolver las demandas que exigió la rebelión y siguen pendientes. Y la norma, con eso a la vista, remata:

Las concesiones mineras de exploración y explotación constituidas a favor de estas empresas cesarán de forma inmediata una vez vigente la nacionalización. La nacionalización se extenderá a los bienes de terceros, de cualquier clase, directa y necesariamente destinados a la normal explotación de dichas actividades y empresas.

Un avance en el debate respecto a la iniciativa popular que le antecedió.

Un mes antes de que esta propuesta se presentará oficialmente a la Convención, fue publicada en la plataforma de la instancia la iniciativa popular constituyente de “Nacionalización de las empresas de la Gran Minería del Cobre, del litio y del oro, que le sirvió de base. Esta iniciativa popular, que logró recolectar las firmas para su discusión institucional, fue impulsada entonces por el Comité de Defensa y Recuperación del Cobre junto al apoyo de la Confederación de Trabajadores del Cobre y otras organizaciones, además de algunos convencionales.

La iniciativa popular era más apegada a la constitución actual que la norma propuesta por los convencionales en la Comisión. Copiaba literalmente una importante parte del articulado pinochetista. Pero sobre todo, pese al revuelo que ocasionó, por sí misma no establecía nacionalizar directamente nada.

En cambio lo que hacía era abrir la posibilidad de nacionalizaciones parciales mediante la promulgación de leyes particulares posteriores. Proponía que la nacionalización de la Gran Minería “podrá comprender a ellas mismas, a derechos en ellas o a la totalidad o parte de sus bienes” y que “el Estado podrá tomar posesión material de los bienes comprendidos en la nacionalización inmediatamente después que ésta entre en vigencia”.

Además, sólo excluía del régimen de concesiones a la gran empresa y no así a la que oficialmente se consideran “medianas y pequeñas”, omitiendo los estrechos vínculos que sostienen parte considerables de estas con los grandes negocios y el ser, en proporción, todavía más explotadoras y destructoras.

Todo eso cambió en la norma propuesta. Cambios que han sido destacados sobre todo por la protesta que hacen sus detractores. En este sentido, lo recientemente aprobado por la Comisión expresa una propuesta más avanzada entre las que se llevarán al pleno de la Convención. Pero para que realmente sirva como un paso efectivo, este debate debe salir del palacio del ex-Congreso, o habrá de terminar irremediablemente en nada. Debe convertirse en demandas que sean tomadas por las bases movilizadas de los pueblos trabajadores en todos los territorios.

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Expropiación con indemnización: los capitalistas no quieren perder nada.

Ahora bien, tanto la iniciativa popular como la iniciativa de los convencionales tienen algo en común: insistir ampliamente sobre el derecho a la indemnización tras la expropiación. No se trata de una indemnización en que los empresarios nos paguen a nosotros, en justicia por el daño y al saqueo de décadas que han cometido. Al revés, se pretende que nosotros les paguemos a ellos por osar interrumpir sus devastadores y groseros negocios.

Parece que el modo inverso de pensar sobre quién debiese cobrarle a quien, es por ahora ajeno al sentido común que se busca instalar en la opinión pública. Esta semana hemos visto atiborrarse la prensa con la pregunta ¿de dónde se va a sacar el dinero para pagarle a los empresarios expropiados?

Ayer jueves Radio Cooperativa entrevistó sobre el asunto a Diego Hernández, presidente de la Sociedad Nacional de Minería. Repitiendo el mantra de la "inseguridad jurídica" para los inversionistas, queja tan elocuente de la subordinación de nuestra burguesía nacional al capital financiero internacional, también acusaba al sector “radical” de la Convención pretender expropiar la minería “a un vil precio".

A un vil precio dice usted -le remarcó el periodista- ¿de cuánta plata estamos hablando? o sea ¿cuánto costaría una medida cómo ésta al estado?”. A lo que el representante del gremio respondió: “mira, si Antofagasta Minerals, que produce como el 10 ó 12 por ciento del cobre nacional, vale 15 ó 20 mil millones de dólares... multiplica eso por 10”.

La "expropiación" consiste en que el estado compre una empresa de los Luksic por el "vil precio" de 200 mil millones de dólares. Eso es lo llega a amargar el cinismo de estos señores, quienes atribuyen a la otra parte querer negociar con el tejo pasado y falta de realismo.

La propuesta de los convencionales, tomando las cifras oficiales de la Comisión Chilena del Cobre -organismo de gobierno-, señala que en 30 años, considerando sólo las grandes empresas privadas y solo sus ingresos de producción del cobre, estas han obtenido 500 mil millones de dólares: “en promedio han obtenido 16.000 millones de dólares anuales, es decir, la gran minería privada ha retirado un poco más de un retiro de fondos de pensiones de Chile al año”. Esto mientras que, por ejemplo, “el año 2019 el impuesto específico que pagó la gran minería privada fue de solo 217 millones de dólares”.

Pareciera asumirse por todas partes que la indemnización al patrimonio es algo incuestionable. La misma convencional Ivanna Olivares quien presenta la propuesta, propone la estatización como un acuerdo nacional con los empresarios. Ante las amenazas y ataques que hacen estos frente a las reformas, los tranquiliza con garantías de paz, de respetar su orden institucional, en un proceso de negociación que no sería de golpe sino que supuestamente gradual, y que proyectan que duraría muchos años, mientras nos seguirán saqueando...

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¿Y la gestión de estos bienes estratégicos?

Dice la propuesta:

La dirección de las empresas estatales encargadas de los bienes estratégicos deberá realizarse a través de instancias colegiadas compuestas por representantes designados por el presidente de Chile, por los trabajadores sindicalizados de la minería, electos democráticamente entre profesionales, trabajadores de planta y subcontratistas, por representantes de las comunidades elegidas democráticamente y pueblos indígenas afectados por exploración y explotación de los bienes estratégicos, además integrarán dicho directorio representantes de las Universidades público-Estatales. Tal composición deberá realizarse de manera que ninguno de los sectores representados tenga por sí solo la mayoría absoluta.

Desde ya esta norma da por sentado que la figura presidencial será ratificada en la nueva constitución y ya le asigna algunas facultades autoritarias. No da tampoco ninguna representación a la masa de trabajadores no sindicalizados, que son la mayoría, ni a aquellos que no tienen ningún derecho asegurado, ni siquiera al trabajo. Además ¿cuántos serían estos representantes, cuál sería su dieta y cual sería el ámbito y extensión de su mandato? ¿deberán dar cuenta de lo que hacen, en sesiones abiertas y en informes periódicos, respondiendo a las asambleas de base? ¿serán revocables en todo momento desde abajo? ¿qué intereses entrarían en juego? ¿quiénes, que clase social, realmente, tendría el poder para resolver y ejecutar todo?

La clase trabajadora, los sectores populares, los pueblos originarios deben estar muy atentos a estos debates. Es necesario prepararnos y organizarnos para nuevamente salir a la calle a luchar por nuestras demandas, donde la nacionalización, sin pago, de los recursos naturales y estratégicos del país, bajo gestión de las y los trabajadores y comunidades será una batalla central para avanzar en terminar con todas las miserias a las que el saqueo capitalista arroja a nuestras familias trabajadoras nativas y extranjeras.


[1Olivares, Vilches, Royo, Saldaña, Rivera, Andrade, Alvarado, Hoppe y Labraña