Durante la mañana del miércoles se desarrolló una nueva audiencia de alegatos. La defensa del imputado Rodolfo Enrique Godoy, un nuevo intento para garantizar la impunidad.
Viernes 14 de agosto de 2020 14:56
El ex coronel del Ejército Rodolfo Enrique Godoy era responsable del área 114 y subjefe del centro clandestino de detención que funcionó en la Brigada de Investigaciones de San Justo.
En un alegato que duró tres horas, el abogado Gerardo Ibañez no se privó de nada, incluyendo la lectura de fragmentos de un diálogo de una obra de teatro sobre Tomás Moro para hablar del principio de inviolabilidad de la ley, y afirmar que “si alguien no viola la ley por más mala persona que sea no merece condena”.
Ibañez comenzó su alegato adhiriendo a los planteos de la abogada defensora oficial Laura Olea en relación a la prescripción de la acción penal, al plazo razonable de juzgamiento y a la calificación del delito de genocidio.
A continuación manifestó que los juicios por crímenes de lesa humanidad son ilegales y que desde que empezaron ningún tribunal le ha dado la razón sobre esto. Se refirió a las leyes de Punto Final y Obediencia Debida para defenderlas “porque las votaron diputados representantes del pueblo, luego otros criterios cambiaron las cosas y se aplicaron en forma retroactiva”. Sostuvo que estaba extinta la acción penal durante la dictadura como otro argumento para señalar la ilegalidad de este y otros juicios.
Denunció que el expresidente Carlos Menem había ratificado la adhesión a la convención de imprescriptibilidad sobre delitos de lesa humanidad de 1968 sin hacer el depósito correspondiente, que hizo luego Néstor Kirchner ante la ONU y sostuvo que esta fue una maniobra de Estado que desnudó que este plafón legal no estaba vigente antes y que esto afecta los derechos de su asistido.
Manifestó que a él le consta que los jueces cedieron a las presiones de Kirchner luego de anuladas las leyes arriba mencionadas, desconociendo como es esperable de un abogado defensor de un genocida, la lucha durante décadas de los organismos de derechos humanos junto a sectores políticos de la izquierda por memoria, verdad y justicia.
Insistió en que él no quería faltar el respeto a las víctimas, cuestión que hizo a lo largo de su exposición negando la responsabilidad de su defendido en los delitos que se le imputan, entre otras cuestiones. Expresó que hicieron presentaciones antes los organismos internacionales pero sabiendo que estos planteos cuando son de parte de las defensas de estos juicios no se tratan con celeridad. Según el letrado: “En Argentina si querés garantías comprate una tostadora porque es lo único que tiene garantía”.
En el segundo tramo, planteó que ha sido muy escueto, muy pobre lo que se ha dicho del señor Godoy y que quienes tienen que derribar el estado de inocencia son los acusadores. “¿Hay alguna prueba en este juicio contra el señor Rodolfo Enrique Godoy?”, planteó Ibañez para responder que: “Ninguna y se pide la pena más alta sobre la base de haberse desempeñado como segundo jefe del grupo de artillería en un periodo determinado”. Una vez más, como ya hicieron otres abogades defensores en sus alegatos, niega toda relación entre ocupar un alto cargo en la estructura militar y policial y los hechos que se juzgan.
En una maniobra perversa por la clandestinidad, característica del terrorismo de Estado cuyos hechos se juzgan, intentando negar toda responsabilidad y minimizar el rol de jefatura que ocupaba Godoy, sostiene que “ninguna víctima hizo alusión ni tampoco en los alegatos que lleve a una imputación”.
Para desligar a su defendido de toda responsabilidad explicó que las funciones de segundo jefe eran secundar al jefe, especialmente realizando tareas burocráticas, que solo en caso de ausencia reemplaza al jefe, que el jefe es el único responsable y toma él las decisiones que se ejerce el mando en soledad.
En la misma línea argumental sostuvo que no hay subjefatura, que el señor Godoy no tuvo responsabilidad ni autoridad de comando, que no había ninguna posibilidad de que impartiera órdenes para rematar: “Yo no desconozco que en la Brigada de Investigaciones de San Justo hayan ocurrido estos hechos, lo que digo es que ocurrieron de manera absolutamente ajena al Señor Godoy”.
Según Ibañez, “Este argumento de acusar a alguien por el cargo que ocupó en un determinado período es violatorio del principio de culpabilidad por el hecho propio, que exige la atribución material de la acción y que nadie puede acusarlo por actos no cometidos y que no se sabe quién cometió”.
Desde los organismos de derechos humanos sostenemos lo contrario, todo aquel integrante de las fuerzas represivas del Estado que ostentaron cargos de jefatura y subjefatura en los centros clandestinos de detención durante la dictadura genocida tienen responsabilidad sobre los crímenes allí perpetrados.
Sostuvo que el único homicidio que se le imputa a su defendido es el de Rubén Cabral, sobre lo cual se ocupó de cotejar las fechas de los hechos con las de la actuación de su defendido en la Brigada de Investigación de San Justo, para intentar demostrar su inocencia, táctica utilizada por varies abogades defensores.
Llegó a la burla de plantear – y eso que en más de una ocasión manifestó no querer faltar el respeto a las víctimas - que no había órdenes escritas para demostrar que su defendido y otros hayan abusado sexualmente de mujeres secuestradas. Obviamente cerró el alegato pidiendo su absolución.
En la próxima audiencia que se realizará el miércoles 19 de Agosto a las 10hs continuarán los alegatos de la defensa. La misma será nuevamente transmitida mediante Twitter en la cuenta de @TOF1LaPlata Juicio San Justo y por la web del Centro de Información Judicial (CIJ - www.cij.gob.ar). Desde el CeProDH, integrante de la querella de Justicia Ya! convocamos a acompañar el juicio y a seguir peleando contra la impunidad de ayer y de hoy.