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Libertades Democráticas. Catamarca: un fallo que reivindica la teoría de los dos demonios

Tres militares condenados por la masacre en Capilla del Rosario, fueron absueltos. El fallo cuestiona que los crímenes de las fuerzas armadas en la década del 70 sean tipificados como delitos de lesa humanidad y vuelve sobre sobre categorías como "enfrentamientos" y "excesos".

Rosa D'Alesio

Rosa D’Alesio @rosaquiara

Celina Tidoni Abogada del CeProDH Rosario

Martes 14 de junio de 2016

El 7 de octubre de 2013 fueron condenados a cadena perpetua los tres coroneles por lo ocurrido en Catamarca entre el 11 y 12 de agosto de 1974, cuando 16 militantes del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP) fueron fusilados después de haberse rendido. La defensa apeló este fallo y la Cámara de Casación Penal sentó un precedente escalofriante, donde expresan que los jueces que dictaron la condena a cadena perpetua es un dictamen “antojadizo”, ya que no se enmarcar en el plan sistemático de exterminio que se llevó adelante durante el último golpe militar, y por este motivo, según los jueces de Casación, los delitos no serían de lesa humanidad. Un guiño más a las Fuerzas Armadas del gobierno de Macri que muestra “envalentonado” a un sector de la justicia de ultraderecha.

Los jueces Liliana Catucci y Eduardo Riggi, aquel que fuera vinculado a los militares y al Opus Dai, acaban de dictar una resolución muy cuestionada jurídicamente. Se trata de un ataque a los organismos de derechos humanos, familiares y víctimas de la dictadura que hace más de 40 años pelean por verdad y justicia.

Estos jueces consideran que los hechos ocurridos durante un gobierno constitucional no guardan relación con el plan de exterminio que vivió la Argentina entre 1976 y 1986. Argumento que oculta la participación del Estado en estos crímenes y los mismos objetivos que durante el golpe. Así se estableció en casos como la Masacre de Trelew tal cual se esboza en el dictamen de la misma Procuración que plantea que permitió "tener por demostrada la progresiva elaboración de un plan o política encaminada a la neutralización o eliminación de una parte de la población civil, ya a partir de 1968, mediante métodos como las detenciones masivas arbitrarias, la tortura, y la realización de acciones ejecutivas".

Casación avanza sobre el análisis y valoración de los hechos y las pruebas, algo jurídicamente poco visto, para coronar su análisis con la desestimación de los testigos por el motivo de ser “compinches” con las víctimas.

Este fallo llega a tal punto, que ni siquiera utiliza una herramienta jurídica como apelar a la prescripción de la causa para liberar a los imputados, que, siguiendo su línea de pensamiento hubiera sido lo esperable. Contrariamente a eso, culmina absolviendo a los genocidas “por duda”, es decir por el carácter cuestionable de los hechos.

El juicio, las condenas

La causa se inició en 2004. Después de nueve años de investigaciones, cinco meses de juicios, donde declararon más de 50 testigos, el 7 de octubre de 2013 fueron condenados a cadena perpetua los tres coroneles por lo ocurrido en Catamarca entre el 11 y 12 de agosto de 1974, cuando 16 militantes del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP) fueron fusilados después de haberse rendido.

El fiscal Santos Reynoso, a cargo de la investigación, llamó a declarar a militares, policías y soldados. El primer detenido en esta causa fue Mario Nakagama, quien hasta ese momento era jefe de la sección morteros pesados del Regimiento 17; luego detuvieron a Carrizo Salvadores, que entonces era asistente del jefe del Regimiento y que en 2004 llegó a ser jefe de Policía de Jujuy; Jorge Ezequiel Acosta, que en 1974 tenía a su cargo una compañía del regimiento que cometió los fusilamientos, ya estaba condenado en otra causa por su actuación en el Centro Clandestino La Perla, en la Ciudad de Córdoba.

Entre los testigos que declararon en el juicio, que permitieron confirmar que los militantes del ERP fueron fusilados, y que tiraron por tierra la teoría del enfrentamiento, fue el del conscripto José Gambarella, quien cumplía el servicio militar en 1974. En su declaración, Gambarella relató “vi caer al primer joven que salió con las manos en alto y a una queriéndose cubrir la cara, y vi caer a cuatro más”. El exconscripto precisó que: “Carrizo Salvadores dio la orden: hay que liquidarlos a todos”.

Otro de los testigos, el periodista Carlos Humberto Barrionuevo, también señaló que Carrizo Salvadores daba las órdenes y tenía el mando operativo. “Nunca me voy a olvidar del ruido que hacían los cuerpos al dar con el suelo y que fueron tratados con un total desprecio por la condición humana”, dijo Barrionuevo.

El juicio probó que las víctimas estaban desarmadas, y que intentaron cubrirse de los proyectiles. Los forenses comprobaron que los cuerpos tenían disparos en las axilas, manos y brazos y todos ellos tenían sus cráneos perforados por balas, lo que confirma que los militares remataron los cuerpos.

El día que se leyó la sentencia, la sala estaba colmada por integrantes de organizaciones de derechos humanos, familiares de víctimas y sobrevivientes de aquellos fusilamientos que ocurrieron en las cercanías de la ciudad de Catamarca.
El tribunal del juzgado oral federal, integrado por Juan Carlos Reynaga, Gabriel Eduardo Casas y Carlos Jiménez Montilla, condenó por los delitos de homicidio calificado, agravado por alevosía, a los tres militares. En las audiencias quedó establecido que Carrizo Salvadores y Nakagama habían dirigido la represión y Acosta había participado en la ejecución de los militantes una vez que se entregaron con las manos en alto y sin armas.

La teoría del enfrentamiento

Los hechos ocurrieron un mes después de asumir la presidencia, María Isabel Martínez de Perón. En Catamarca gobernaba Hugo Alberto Mott, un médico ligado a la derecha peronista. La presidenta, junto a otros funcionarios nacionales y provinciales felicitaron a las fuerzas que intervinieron en los fusilamientos. La versión oficial sostuvo que hubo un enfrentamiento y los militantes habían muerto en un combate

Pero años más tardes, será un miembro de las fuerzas represivas del Estado, quien también desmienta la teoría del enfrentamiento. El sargento ayudante Luis Manzanelli, procesado por delitos de lesa humanidad, habló sobre los hechos en Catamarca, 40 años después. El represor, que al momento de hablar sobre lo ocurrido en Catamarca, estaba siendo juzgado por los hechos ocurridos en la Perla, entrevistado por periodistas del diario Clarín, dijo “yo también creo que fue una ejecución. En mis anexos leerás “El Ejército no toma prisioneros” (…). Las Fuerzas Armadas cuando pegan, pegan fuerte, como decía Lanusse: la Patagonia trágica, la Semana trágica, los fusilamientos de junio de 1956, etcétera”.

En su relato, Manzanelli confirmó las ejecuciones: “Eran cerca de las 13, del 12 de agosto y se produjo un intercambio corto de disparos y habría provocado algunas bajas entre los guerrilleros, y el resto ante el curso de la acción, optó por levantar los brazos en señal de rendición, pero el tiroteo estaba ya generalizado y no se les respetó la vida”.

Tiempo después, Luis Manzanelli murió.

No son los primeros genocidas liberados, ya que durante todos estos años fueron muchos los absueltos en la era k, así como cientos de responsables del genocidio ni siquiera fueron llevados al banquillo y otro importante número murió sin tener condena. Pero estos tres militares vuelven a poner en escena argumentos que retrotraen a la teoría de los dos demonios, esbozando argumentos como el “enfrentamiento” y los “excesos” por parte de los militares.


Rosa D’Alesio

Militante del PTS, columnista de la sección Libertades Democráticas de La Izquierda Diario; se especializa en temas de narcotráfico y Fuerzas Armadas.

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