La protección constitucional del aborto en Estados Unidos ha demostrado ser una ilusión. Es necesario analizar cómo el derecho pudo caer en menos de un mes, y qué significa esto para el resto de países.
Lunes 4 de julio de 2022
Hoy, 4 de julio, los Estados Unidos celebran su día de independencia. Sin embargo, el pueblo estadounidense tiene menos que celebrar cada día. El pasado 24 de junio, el país perdió un derecho que hubiera conseguido en 1973, y el aborto pasa a ser ilegal, restringido o inviable en 22 estados. Puede parecer que ocurriera de la noche a la mañana, pero lo cierto es que el proceso que llevó a esta catastrófica decisión que deja entrever la horrible fragilidad de los derechos en Estados Unidos, así como es habitual en las democracias burguesas. Es necesario preguntar: ¿cómo ha podido pasar esto?
En este artículo damos una explicación de los mecanismos legales con los que cuentan las democracias burguesas como esta para derogar derechos como este.
Podría parecer intuitivo que el derecho al aborto en Estados Unidos estuviera codificado en una ley que ahora haya sido suprimida. De ser así, hubiera ofrecido más resistencia. La realidad es que nunca existió una ley federal del aborto en el país. Lo que sí existió es lo que se llama un caso de referencia del Tribunal Supremo, o decisión de referencia. Es de esta forma que el aborto estaba protegido de forma federal.
La explicación más básica de este concepto consiste en que cualquier persona puede llevar una ley estatal a juicio para desafiar su constitucionalidad. Si el caso llega al Tribunal Supremo estadounidense, son los jueces supremos quienes en su conjunto votan la constitucionalidad de tal ley. Esta decisión no solamente determina la validez de esta ley, sino que sienta un precedente (de ahí el nombre decisión de referencia) para la constitucionalidad de todas las leyes posteriores similares.
El caso de referencia que convirtió el aborto en un derecho constitucional fue Roe v. Wade, con el que los jueces supremos decidieron en 1973 que la constitución estadounidense sí defendía el aborto. Esto se apoya en una interpretación muy específica de una parte de su constitución, y es aquí donde aparece el problema. Al tratarse de una decisión judicial, nunca termina de cristalizarse, y el derecho puede deshacerse tan solo con que los jueces supremos, un grupo de menos de diez personas que no son elegidos democráticamente, decidan interpretar la constitución de otra manera con la llegada de otro caso que desafíe la interpretación pasada.
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Esta decisión judicial sucedió a través de una constitución mínima y abierta a una interpretación muy amplia, aunque por lo general, existen tres corrientes de interpretación principales. La textual, que defiende interpretar la constitución de forma literal; la originalista, que la interpreta de acuerdo con el contexto original de su creación; y la viviente, que se adecúa a la defensa de derechos modernos no contemplados originalmente. La abolición de la protección al aborto se explica por una mayoría de jueces supremos que adoptan una posición originalista, que defiende interpretar la constitución según el criterio del siglo XVIII y no del XXI en el que vivimos.
Así es, aunque los derechos formales recogidos en las constituciones de las democracias burguesas son prácticamente un adorno (recordemos el supuesto derecho a la vivienda) es posible que recurran a este tipo de mecanismos reaccionarios, que muestran su carácter antidemocrático.
Es esta posición la que nos advierte que el mandato de los jueces supremos, atascados en la supremacía blanca y el sexismo de hace casi 300 años, acabará con derribar la protección al aborto. Muchos de los derechos que damos por sentado están protegidos por otras decisiones de referencia completamente frágiles, ahora expuestas a una dirección reaccionaria que pretende acabar con todas ellas. Jueces supremos como Clarence Thomas o Samuel Alito ya han declarado en varias ocasiones que pretenden tumbar casos de referencia como Obergefell v. Hodges, que protegen el matrimonio homosexual de forma federal, y a más se investiga la lista, vemos la cantidad de derechos que podrían caer con esta posición originalista, que se escuda en "querer derivar los poderes a cada estado", cuando se trata de defender posturas reaccionarias que no pertenecen a nuestra época.
La lista de derechos que podrían ser derribados en cualquier momento es francamente terrorífica: el uso de métodos contraceptivos como preservativos (Griswold v. Connecticut) o el fin de la segregación racial en escuelas (Brown v. Board of Education) se sustentan en fallos como éste. Podrían volver las llamadas "leyes de la sodomía", que prohíben cualquier conducta no heterosexual si se derribara Lawrence v. Texas, que ha sido calificada por los jueces supremos como "un ataque a la libertad religiosa". Si no fuera suficiente, se podría prohibir escapar de los estados con leyes represivas con casos como United States v. Wheeler o Kent v. Dulles.
Estos derechos básicos se encuentran en las manos de la opinión de menos de diez personas, en un sistema que ya es incapaz de pretenderse democrático. Una vez se conoce la historia de la abolición de la protección del aborto, es necesario preguntarse por el futuro: ¿ahora qué?
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El mundo se encuentra en un periodo convulso, en el que las olas reaccionarias se intensifican más cada día. Estados Unidos, se suma a esta represión por parte de gobiernos como Polonia, Hungría o El Salvador, y sienta un precedente que debe servir al resto de países de advertencia: los derechos no están garantizados para siempre, y pueden ser arrebatados a golpe de reacción, como es el caso del derecho al aborto estadounidense. Cuando el Estado se siente amenazado, afirma su fuerza con la represión de su pueblo, y con él sus derechos básicos.
A la vista de ésta situación internacional, es necesario recordar que la defensa de los derechos no acaba con la aprobación de una ley o la victoria en un caso judicial, sino que pasa por un proceso de lucha constante que no debe subordinarse a la decisión de un gobierno. Incluso en países con garantes más fuertes, sus libertades siguen siendo frágiles, puestas en manos de burocracias, instituciones o políticos que no sirven los intereses del pueblo.
Entonces, damos respuesta a la pregunta: ¿ahora qué? De ésta experiencia se tiene que aprender que si estos derechos y libertades son así de frágiles, la lucha por ellos no acaba ni en los ministerios ni en los parlamentos. Ahora es momento de lucha, de defensa, y de resistencia contra leyes insuficientes, sabiendo que este tipo de "democracias" que lo son sólo para los capitalista no puede garantizar la defensa de estos derechos. Lo que sí garantiza es el derecho a explotar y mantener obediente a la clase trabajadora para los dueños de todo, un sistema que merece la pena derribar en pos de una sociedad socialista sin explotación ni opresión.