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Debate. ¿Cómo podría afectar la ley Naín Retamal a estudiantes movilizados?

La ley Naín Retamal ha sido tema de conversación en los lugares de estudio, surgen distintas preguntas; "¿si salimos a movilizarnos nos podrán disparar impunemente?", "¿Qué pasa si ocurre un montaje y un Carabinero totalmente armado dice que yo atento contra su integridad física por defenderme de la represión?", son preguntas totalmente válidas, en contexto de intenso trabajo legislativo para aprobar la agenda securitaria de la derecha, que incluye un paquete de más de 15 proyectos. Entre ellos se incluye la aprobada ley que revisaremos en algunos artículos que pueden ser de tu interés.

Sábado 8 de abril de 2023

La ley Naín Retamal ha sido tema de conversación en los lugares de estudio, surgen distintas preguntas; "¿si salimos a movilizarnos nos podrán disparar impunemente?", "¿Qué pasa si ocurre un montaje y un Carabinero totalmente armado dice que yo atento contra su integridad física por defenderme de la represión?", son preguntas totalmente válidas, en contexto de intenso trabajo legislativo para aprobar la agenda securitaria de la derecha, que incluye un paquete de más de 15 proyectos. Entre ellos se incluye la aprobada ley que revisaremos en algunos artículos que pueden ser de tu interés.

En la presentación de esta ley el año 2022, hecha por diputados del partido UDI, RN y Republicano se asegura; "es un hecho irrefutable que existe un claro aumento de la violencia en contra de Carabineros y funcionarios de la Policía de Investigaciones que urge enfrentar. Ciertamente no se soluciona solo desde el punto de vista legislativo, no obstante, un estatuto más severo en la ejecución de la pena cuando el delito afecte la integridad de nuestras policías manifiesta por parte del Estado, un compromiso y decisión en cuanto a la persecución penal y el cumplimiento efectivo de penas privativas de libertad en los delitos en que se afecte la integridad física de Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones o de Gendarmería de Chile cuando se encuentren en funciones relativas al resguardo del orden público."

Es decir que el aumento de las penas confirma un compromiso de Estado y que de alguna manera se detendría el "aumento de la violencia hacia Carabineros".

Lo cierto es, que dentro de los últimos 6 años, en concreto, fueron 2 uniformados asesinados en 2017, 1 en 2018, 0 en 2019, 2 en el 2020, 1 en el 2021, 3 en el 2022 y 3 en el 2023. Según los mismos reportes oficiales de Carabineros, las otras bajas, al rededor del 70%, perdieron la vida por accidentes, en su mayoría, durante procedimientos policiales.

Esta ley está concentrada principalmente en aumentar las penas en el Código Penal para desde quienes infieran lesiones leves (61 días de prisión) a funcionarios de Carabineros, PDI, Gendarmería o militares, hasta la cadena perpetua por homicidio en casos señalados por la ley.

Específicamente su Artículo uno, tiene relación con negar la posibilidad de penas "sustitutivas" a la privación de libertad, es decir, si una persona se ve involucrada en un conflicto legal con un funcionario de las instituciones mencionadas más arriba, en alguno de los casos que señala esta ley, enfrentará penas que la priven de libertad desde presidio menor en su grado mínimo hacia arriba.

El segundo eje de la ley, y si se quiere el que ha sido más problemático, es el artículo Artículo 7 que dice;

“Se presumirá legalmente que concurren las circunstancias previstas en los números 4°, 5° y 6° de este artículo, respecto de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, Gendarmería de Chile, las Fuerzas Armadas y los servicios bajo su dependencia, cuando éstas realicen funciones de orden público y seguridad pública interior; en dichos casos se entenderá que concurre el uso racional del medio empleado si, en razón de su cargo o con motivo u ocasión del cumplimiento de funciones de resguardo de orden público y seguridad pública interior, repele o impide una agresión que pueda afectar gravemente su integridad física o su vida o las de un tercero, empleando las armas o cualquier
otro medio de defensa."

Esto en caso que se demuestre lo contrario, o como señala la agrupación de víctimas de violencia policial:

"Entonces la víctima de la agresión policial, deberá denunciar al Funcionario Policial ante la PDI, la Fiscalía evaluará la pertinencia de la Denuncia para abrir un RUC -Rol Único de Causa- . Luego de ello la victima deberá disponer de una serie de pruebas para culpabilizar al Carabinero agresor, en su defecto, el Juez desestimará la culpabilidad de este."

Esta ley ha mostrado ser un blindaje a las fuerzas del "Orden" del Estado, su carácter queda más claro y su potencial choque con el movimiento estudiantil al revisar el artículo Artículo 10:

"El que coloque, envíe, active, arroje, detone, dispare, o haga explosionar artefactos incendiarios, explosivos, tóxicos, corrosivos o infecciosos cuyos componentes principales sean pequeñas cantidades de combustibles u otros elementos químicos de libre venta al público y de bajo poder expansivo, tales como las bombas molotov y otros artefactos similares en, desde o hacia recintos policiales y militares, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo.”

Es decir, se impondrán penas desde desde 1.462 a 1.825 días.

Si bien no compartimos el método de terrorismo individual, expresión de enfrentamiento hacia la autoridad de estrategias políticas como el anarquismo o el populismo, los artefactos "incendiarios, explosivos tóxicos" etc, fueron utilizados como método de defensa ante la represión policial por ejemplo en la revuelta del año 2019.

O simplemente utilizado por parte de Carabineros como montaje para mantener en prisión a cientos de jóvenes que se movilizaban, situación que terminó dejando la penosa fotografía judicial a nivel mundial, de jóvenes con más de dos años en prisión preventiva, en cárceles comunes, o que al momento de terminar la investigación habían excedido la pena concedida. Como fue el caso de Renato Ibarra

Por último cabe destacar del Artículo 7:

"El empleado público que, en incumplimiento de los reglamentos respectivos actúe abusando de su cargo o que en el ejercicio de sus funciones, aplique, ordene o consienta en que se apliquen apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, que no alcancen por su gravedad a constituir tortura, será castigado con las penas de presidio menor en sus grados medio a máximo y la accesoria correspondiente. Igual sanción se impondrá al empleado público que, conociendo de la ocurrencia de estas conductas, no impida o no haga cesar la aplicación de los apremios o de los otros tratos, teniendo la facultad o autoridad necesaria para ello y estando
en posición para hacerlo."

Es decir, estima el presidio menor para apremios ilegítimos (trato cruel e inhumano al que un funcionario público somete a alguien).

Esta ley en definitiva, abre la puerta para proteger a las instituciones encargadas de reprimir las movilizaciones estudiantiles, para seguir cumpliendo un rol "aleccionador" a través de los "apremios ilegítimos" junto al privilegio ante la ley de usar su arma de servicio sin tener ningún tipo de responsabilidad. Además de no ser desvinculado inmediatamente de la institución, pudiendo cometer estos delitos de una manera sistemática antes de ser acusado penalmente. (y claro, con su respectiva indemnización una vez desvinculado de la institución).

Diversas organizaciones de derechos humanos han cuestionado las ofensivas de populismo penal. Uno de ellos ha sido el doctor en derecho y coordinador de la cátedra de derechos humanos de la Universidad de Chile Claudio Nash. De acuerdo al experto, iniciativas como la Ley Naín Retamal son una expresión de populismo penal. "Una cuestión que yo diría que está bastante clara de la experiencia comparada y de la propia experiencia de Chile es que el aumento de penas no contribuye a la prevención de los delitos". Señaló.

¿Desde cuándo tenemos este clima pro represión?

Éste debate puede ser abordado desde varios elementos, por ejemplo, preguntándonos desde cuándo empezó el aumento de transmisiones de materiales que asocian movilizaciones, migración, a delincuencia en la televisión abierta.

También, podemos ir a la historia reciente, recordando ejemplos como el de "los detenidos desaparecidos no eran blancas palomas" argumento reproducido en la dictadura militar por la derecha, para justificar las torturas y desapariciones forzadas de militantes de izquierda.

Si volvemos al curso de los hechos, podemos retroceder a la segunda semana de Marzo donde aprovechando el caso del carabinero Salazar, el general Ricardo Yáñez, presionó al Congreso en los medios de prensa, emplazando a aprobar leyes que dieran "garantías
para actuar" en sus propias palabras "tener la certeza que lo que va a hacer (algún suboordinado suyo) no será cuestionado ni por el Ministerio Público ni por las autoridades
ni por nadie."

Acto seguido Evelyn Matthei declaró; "si hubo violaciones a los DDHH fue por que no tenían como defenderse". Refiriéndose al actuar de la institución durante la revuelta. La bancada de diputados de la UDI enviaron una carta a Gabriel Boric, asegurando que el presidente habría incitado "a la violencia por medio de símbolos y representaciones que atentaban contra la integridad de los funcionarios, como la figura denominada "Negro Matapacos".

Al coro de ese momento se sumó el senador del Partido Socialista José Miguel Insulza.

El gobierno no solamente ha cedido a la mayor parte de las presiones de la derecha hasta la fecha, sino que se ha dedicado a hacer el trabajo sucio que Piñera no pudo. Expresión de aquello es que hayan extendido por más de 20 veces el estado de excepción constitucional en territorio mapuche, manteniendo presencia militar en la zona, o la aprobación de la Ley de infraestructura crítica que en su momento fue un proyecto emblema de Piñera.

Finalmente la ley se aprobó, con votaciones de la oposición y el oficialismo.

Se trató de movimientos de la derecha para hacerle daño al gobierno y capitalizar política y electoralmente el clima "pro Carabineros" impulsado por todo el régimen y los medios de comunicación, tras la muerte de integrantes de dicha institución. Y para esto, buscan asociar frente a la población a los símbolos de la revuelta social del año 2019 con la delincuencia
y el narcotráfico, para reforzar un clima criminalizador.

Como movimiento estudiantil es imprescindible que nos posicionemos activamente contra esta ley que al mismo tiempo que blinda a las instituciones represivas (privilegio penal) y les da un aumento de autonomía a las policías, dándoles la facultad pasar por encima del pueblo trabajador, no resuelve para nada el problema de la delincuencia. Latinoamérica está lleno de ejemplos en que la militarización y el aumento de penas no han servido, por el contrario han aumentado la violencia.

Las juventudes del gobierno se han mantenido sin movilizar ante esta traición por parte del gobierno al pueblo y la juventud. Mantienen una complicidad al no utilizar sus puestos en federaciones y centros de estudiantes en las principales universidades y liceos del país, para llamar a asambleas ni mucho menos para llamar a movilizaciones. Es por esto que se hace necesaria la exigencia a la FECH (Federación de estudiantes de la Universidad de Chile) y a la federación de estudiantes de la Universidad de Santiago (FEUSACH) al conjunto de la CONFECH y los centros de estudiantes a no mantener el silencio y sometimiento a la agenda represiva que impone el gobierno junto a la derecha.

¡ No a la ley Naín Retamal !