Hoy martes, desde las 15hrs, se discute y vota en particular en el Pleno de la Convención Constitucional la propuesta de normas del primer informe de la Comisión sobre Derechos Fundamentales. A una semana de la marcha del 8M, vuelven a votarse las normas sobre “derechos sexuales y reproductivos”. La de hoy no es una votación normal en el Congreso: se trata de normas que irán en la próxima Constitución.
Martes 15 de marzo de 2022
Entre las normas constitucionales que se votarán hoy hay dos del capítulo de “derechos sexuales y reproductivos”: lo encabeza el artículo 16, que incluye que el estado debe asegurar las condiciones para la interrupción voluntaria del embarazo, es decir, el derecho al aborto; y el artículo 17, sobre el derecho a recibir una Educación Sexual Integral (ESI), que sea de carácter laico y desde la primera infancia. Ambos derechos son exigidos hace tiempo por el movimiento feminista y, gracias a su amplio apoyo popular, han sido integrados al debate en la Convención. Pero han encontrado una y otra vez el rechazo de la derecha, las iglesias y los sectores conservadores de la sociedad.
Ambos artículos fueron aprobados en la votación en general el jueves pasado 10 de marzo, junto a otros 12 de los 50 artículos propuestos en el informe de la comisión [1]. Eso es, dos días después de la conmemoración del Día de la mujer, con grandes marchas en todo el país y en todo el mundo. La votación de hoy será en particular, esto quiere decir que las normas serán votadas en cada inciso (párrafo) solicitado para su votación separada y en cada indicación (modificación) propuesta por grupos de convencionales.
Estos son los artículos:
Artículo 16.- Todas las personas son titulares de derechos sexuales y derechos reproductivos. Estos comprenden, entre otros, el derecho a decidir de forma libre, autónoma e informada sobre el propio cuerpo, sobre el ejercicio de la sexualidad, la reproducción, el placer y la anticoncepción.
El Estado garantiza el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos sin discriminación, con enfoque de género, inclusión y pertinencia cultural, así como el acceso a la información, educación, salud, y a los servicios y prestaciones requeridos para ello, asegurando a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar, las condiciones para un embarazo, una interrupción voluntaria del embarazo, parto y maternidad voluntarios y protegidos. Asimismo, garantiza su ejercicio libre de violencias y de interferencias por parte de terceros, ya sean individuos o instituciones.
El Estado reconoce y garantiza el derecho de las personas a beneficiarse del progreso científico para ejercer de manera libre, autónoma y no discriminatoria, sus derechos sexuales y reproductivos.
Artículo 17.- Educación sexual integral. Todas las personas tienen derecho a recibir una Educación Sexual Integral, que promueva el disfrute pleno y libre de la sexualidad, enfocada en el placer; la responsabilidad sexo-afectiva; la autonomía, el autocuidado y el consentimiento; el reconocimiento de las diversas identidades y expresiones del género y la sexualidad; que erradique los estereotipos de género y prevenga la violencia de género y sexual.
Es deber del Estado asegurar el ejercicio pleno de este derecho a través de una política única de Educación Sexual Integral, de carácter laico, desde la primera infancia y durante el curso de la vida, con pertinencia cultural y basada en la evidencia científica afianzada, incorporada de forma transversal y específica en las políticas públicas de educación, salud y otras pertinentes.
En la votación del jueves, teniendo en contra suya a toda la derecha y la centroderecha “independiente”, estos artículos pasaron rozando los 103 votos necesarios para ser aprobados, de acuerdo a la regla de los 2/3. El artículo 16 se aprobó en general con 109 a favor, 40 en contra y 5 abstenciones, y el artículo 17 se aprobó en general con 105 a favor, 41 en contra y 7 abstenciones.
Recordemos que el quorum de 2/3, que es una herencia de la constitución de la dictadura que sigue vigente y reglando el proceso constituyente, no solo ha sido defendido por la derecha y la ex-concertación, sino que continúa hasta hoy siendo reivindicado por el Frente Amplio y el presidente Boric. Hoy, en la votación particular, debido a esta antidemocrática regla contramayoritaria, es posible que estos artículos sean rechazados parcial o totalmente y devueltos a la comisión para ser modificados.
Además, a diferencia de la semana pasada que se dio la votación en el marco del 8M, apenas ha habido ahora preparación y convocatorias anticipadas de movilizaciones para impulsar estos derechos. Hoy, cuando es más crucial que nunca agitar un gran “pañuelazo verde”, y llenar las calles como los años anteriores exigiendo el derecho al aborto legal, libre, seguro y gratuito, y hoy cuando, tras el escándalo en el Liceo Lastarria, cientos de jóvenes se han movilizado denunciando la violencia de género en las escuelas y volvemos a escuchar en las calles la demanda de una ESI, reina la pasividad entre las direcciones actuales del movimiento feminista. La Coordinadora Feminista 8M, donde la convencional Alondra Carrillo es dirigenta, apenas hace dos días, y sin mucho alcance, hizo un tibio llamado a un “plantón feminista” frente al ex-Congreso. Se deja así pasar esta oportunidad, con motivo de esta crucial votación, para organizar una gran movilización que la asegure. Las cúpulas del movimiento no quieren “revolverle el gallinero” al recién instalado gobierno “feminista y de centroizquierda” -como a si mismo se define- de Gabriel Boric. Esperan que los cambios se hagan sin alterar el ritmo parlamentario de la Convención ni el itinerario y moderación que le imponen las instituciones y los partidos del régimen.
Respecto a las indicaciones de las normas que se votan hoy, casi su totalidad han sido formuladas por la derecha. Tal ha sido hasta ahora la regla general en el Pleno, donde casi todos los cambios los propone la derecha y casi todos son rechazados. Este sector las propone sin ilusionarse en que se aprueben sus indicaciones, sino que lo hace con el objetivo de delimitar, posicionarse y formar un polo reaccionario. Es que en en el Pleno, mientras la derecha está en esa actitud de intransigencia que le permite allanar el camino a sus embestidas, los sectores más a izquierda de la convención han optado por moderarse y no hacer votar en esa instancia las diferencias que puedan haber entre ellos y con la centroizquierda. Todo ajustándose al clima de los “grandes acuerdos” con los sectores neoliberales “progresistas” que busca el nuevo gobierno.
El artículo 16 no tiene indicaciones de cambios, pero el inciso segundo, donde se incluye el derecho a la “interrupción voluntaria del embarazo”, será votada su supresión y también de forma separada. En relación a este mismo punto, al artículo 23 sobre el “derecho a la vida” la derecha le hizo 3 indicaciones, donde agregan "la vida del que está por nacer", "todo ser humano, nacido o no nacido" y "desde la concepción hasta la muerte". El artículo 17 tiene varias indicaciones, donde la derecha busca todo los posible detener el derecho a una educación sexual integral oponiéndole a este el "derecho preferente de los padres a educar a sus hijos".
Serán hoy aprobadas las disposiciones que alcancen el voto favorable de al menos 2/3 de los convencionales en ejercicio (103). Estas pasarán luego por el tamiz de la Comisión de Armonización, para luego ser parte del único texto constitucional que la ciudadanía votará en el plebiscito de salida. Las normas que no alcancen el antidemocrático quorum de 2/3, pero sí logren el voto favorable de la mayoría de los convencionales presentes (o mejor dicho, del total de votos emitidos [2]), serán rechazadas y devueltas a la comisión. La comisión deberá volver a revisar estas normas junto a las rechazadas en la votación general, y elaborar, por una sola vez, una propuesta de reemplazo, para volver al pleno en una segunda votación. Los artículos que se rechacen definitivamente del texto constitucional, por no alcanzar el favor la mayoría de los convencionales en la primera votación en particular en pleno o por no alcanzar los 2/3 en la segunda, podrían ser o no ser tratados en el futuro como materia de ley en el Congreso [3].
Dentro de los otros artículos que serán votados, hay uno que no podemos omitir aquí. El artículo 45 "derecho a la asociación", al cual la derecha propone varias indicaciones para limitarlo. Son estas un muestrario de la mentalidad dictatorial de los más fieles herederos de Pinochet [4]. Pero la derecha no es la única que mutila este derecho democrático. Hay una indicación a este artículo hecha por un grupo de convencionales que agrega un inciso que dice: "se prohíben las asociaciones militaristas o aquellas con fines ilícitos...". Lleva la firma de Valentina Miranda (PC). Indicación que va en la misma línea que el límite de la "incitación a la violencia", venga de donde venga (pero que deja fuera el llamado a la violencia lícita del estado), propuesto al ejercicio del derecho de la libertad de expresión, el que estaba contenido en el artículo 8, el cual no pasó la votación en general. La represión de estos 30 años amparada en lo que la vieja constitución de dictadura dispuso contra lo que denomina "terrorismo", y que solo ha servido para perseguir y aplastar a las organizaciones de izquierda, a la clase trabajadora, a los pueblos indígenas y a las mujeres que luchan por sus derechos, se la quiere hacer entrar con nuevas credenciales en la nueva constitución.
[2] Dentro de las prácticas parlamentarias de la Convención está el “salir de la sala” (salida simbólica, pues basta quedarse en el puesto y no emitir el voto), que resulta en un tipo de abstención por omisión, el cual, a diferencia del voto apuntado de abstención, además de no registrar la intención, no se computa en el quorum de los “presentes”.
[3] Con la sola excepción de las normas que en segunda votación alcanzaren al menos 3/5 de votos favorables de los convencionales en ejercicio (93), las cuales pasaran a ser revisadas para su integración en un Plebiscito Dirimente.
[4] Lo mismo se puede decir de las varias indicaciones para el artículo 10, el cual regula los arrestos y derechos de los detenidos, donde básicamente la derecha busca conservar y reforzar el actual autoritarismo judicial y carcelario.