El Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago Leopoldo Llanos condenó a varios agentes de la DINA por tortura a un grupo de mujeres en el centro de detención de José Domingo Cañas.
Natalia Cruces Santiago de Chile
Viernes 11 de septiembre de 2015
José Domingo Cañas fue fue nombrado como Cuartel Ollagüe y utilizado por la Dina como centro de detención y Oficina de la CNI en un período posterior, según indica la página web del sitio de memoria. “Hasta agosto de 1974 la actual Casa Memoria José Domingo Cañas fue ocupada por la embajada Panamá. Año en que fue arrebatada por la Dina para el establecimiento de un centro clandestino de detención, lugar que se instalaba como centro de paso entre Londres 38 y Villa Grimaldi, ambos centros de detención de la ciudad de Santiago”. Previo a esto había sido utilizada como lugar de asilo político para refugiados.
Una vez ocupado por la DINA se transformó en un centro de detención y tortura, donde fueron llevados muchos militantes, especialmente del MIR.
Las condenas a la DINA
Llanos condenó a cuatro ex integrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por tortura y tormentos contra mujeres prisioneras políticas, producidas en este centro de detención. Los condenados son:
Miguel Krassnoff Martchenko: Brigadier del Ejército. Estuvo en las Escuela de las Américas y en varias brigadas de represión de la dictadura. Fue condenado a 7 años por los crímenes de tortura.
Marcelo Moren Brito: Coronel del ejército, fue parte de varias brigadas represivas y estuvo en el centro de detención de José Domingo Cañas, donde participó de varias torturas y donde fue asesinada Lumi Videla. También fue condenado a 7 de presidio efectivo.
Francisco Ferrer Lima: agente de la DINA e integrante de la Brigada Caupolicán de la DINA. Condenado a 5 años y un día de presidio.
Basclay Humberto Zapata Reyes: agente de la DINA y señalado como uno de los más brutales a la hora de torturar. Condenado a 3 años de presidio, con beneficio de remisión condicional.
El fallo indica que fueron los responsables de tortura que afectó a: Gloria Laso Lezaeta, Viviana Uribe Tamblay, Mónica Uribe Tamblay, María Virginia Hernández Croquevielle, Amanda de Negri Quintana y María Reyes Noriega.
El fallo indica que “José Domingo Cañas N° 1367, comuna de Ñuñoa, era un recinto de detención y tortura clandestino que funcionó desde fines de agosto hasta noviembre de 1974; fue un local de transición usado desde el fin del funcionamiento del cuartel de Londres 38 y hasta comienzos del acondicionamiento de "Villa Grimaldi". Era una casa de un piso, con jardín en la entrada y rodeado de una reja; en el costado derecho había un garaje y en el interior un patio. Allí se mantenía gran cantidad de detenidos a los que se interrogaba y torturaba ininterrumpidamente; estaban vendados, amarrados o encadenados, privados de alimentos de agua y sueño. Se practicaban interrogatorios a los detenidos, los que consistían en aplicación de electricidad en diferentes partes del cuerpo, con la técnica de "la parrilla", entre otros. Se les mantenía en una pieza común relativamente amplia y en un lugar denominado "El hoyo" que llegó a tener más de diez detenidos en condiciones de extremo hacimiento, sin ventanas ni ventilación. Entre los detenidos sometidos a torturas se encontraban Gloria Silvia Laso Lezaeta, detenida el 5 de septiembre de 1974, Viviana Elena Uribe Tamblay y Mónica Isabel Uribe Tamblay, detenidas entre el 19 y 29 de septiembre de 1974, María Virginia Hernández Croquevielle, detenida el 3 de septiembre de 1974, Amanda Liliana de Negri Quintana, detenida el 9 de octubre de 1974, y María Reyes Noriega, detenida el 17 de septiembre de 1974".
También se indica el pago de una indemnización de parte del Estado de Chile, a cada una de las víctimas.