La Guía para la atención de pacientes que soliciten prácticas de aborto no punibles estaba suspendida desde el 2012. Se realiza un pañuelazo en Tribunales.
Martes 18 de diciembre de 2018 13:29
Este martes, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba confirmó la vigencia de la Guía Provincial de Procedimiento para la Atención de Pacientes que soliciten Prácticas de Aborto no Punibles, para los casos de embarazos producto de violaciones y/o que ponen en riesgo la salud de las mujeres gestantes.
Por mayoría de cuatro contra tres integrantes, el Tribunal resolvió hacer lugar al recurso de casación promovido por el Gobierno Provincial como parte demandada, y revocó la sentencia de Cámara de Apelaciones que había declarado inconstitucional la guía de procedimientos. Distintas agrupaciones de mujeres realizaban un pañuelazo frente al edificio de Tribunales I a espera de la sentencia.
Desde allí, acompañando a las manifestantes, la legisladora Laura Vilches, del PTS en el Frente de Izquierda, declaró que “este fallo es producto de la movilización de las mujeres, después de casi siete años de dilaciones por parte de la Justicia, que dio lugar al amparo de una asociación católica, el Portal de Belén”.
La dirigente de la agrupación de mujeres Pan y Rosas también afirmó que, “como venimos denunciando desde nuestras bancas, la jerarquía de la Iglesia mantiene privilegios enormes, como exenciones impositivas que le dan un poder económico para lanzar y financiar todas las campañas en contra de los derechos de las mujeres y de las disidencias sexuales, como hicieron oponiéndose a la legalización del aborto y a la educación sexual integral”.
Acá están las fojas 3 y 4 del fallo del #TSJ a favor de la aplicación de guía #AbortoNoPunible en Cba. El fallo es claro, ni una provincia ni su justicia pueden ir contra leyes federales de fondo que deben primar: tanto el fallo F.A.L. cuya sentencia es exhortativa... pic.twitter.com/b9yXxkeF43
— Laura Vilches (@VilchesLaura) 18 de diciembre de 2018
“La violencia hacia las mujeres vuelve a estar en el debate público a partir de la denuncia de Thelma Fardin y las Actrices Argentinas, y este fallo también es muy importante porque la Iglesia es una de las instituciones que reproducen esta violencia a diario”, sostuvo Vilches. La referente de la izquierda agregó que “en un año en que nos manifestamos por miles en las calles, ganando la simpatía de millones de mujeres y varones que nos acompañaron activamente, responsabilizando al Estado y sus instituciones por todas las opresiones que vivimos, este fallo nos muestra que tenemos que seguir luchando por todos nuestros derechos, contra la violencia machista, por el aborto legal, por la separación completa de la Iglesia del Estado y por terminar con este sistema de opresión y explotación, que golpea particularmente las más jóvenes, trabajadoras y pobres”.
Recordemos que en marzo de 2012, la Corte Suprema de Justicia de la Nación fijó en el llamado “fallo F.A.L.” que todos los embarazos producto de violaciones son susceptibles de ser interrumpidos sin que pueda haber persecución penal contra el profesional médico y/o la niña, adolescente o mujer víctima de violencia sexual. Entre otras cosas, la Corte también decretó que no es necesario una denuncia penal para realizar la práctica, y que basta la declaración jurada de la víctima para que ésta pueda acceder a su derecho. La nación elaboró un Protocolo de acción para estos casos, que en Córdoba está vigente en los hospitales nacionales: el Clínicas y la Maternidad.
El 30 de marzo de 2012, la Provincia publicó el protocolo propio, más restrictivo, pero manteniendo el criterio de no exigir la denuncia penal. A los pocos días, la asociación Portal de Belén presentó un recurso de amparo al considerar que el protocolo médico es inconstitucional. En agosto de ese año, el juez de primera instancia Fernando Ossola determinó que la interrupción legal de embarazo por violación sólo era posible si mediaba una denuncia penal, y no una declaración jurada anexada a la historia clínica.
Desde ese momento, el Portal de Belén presentó numerosos planteos que, sumados a la falta de decisión política del TSJ, fueron demorando la resolución. La organización ya planteó que recurrirá a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Ahora corre un plazo de diez días hábiles durante el cual la ONG Portal de Belén, promotora del amparo, puede presentar un recurso extraordinario para que la sentencia sea revisada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Si, como se espera, apelan el fallo, el TSJ puede rechazar el recurso de revisión. En esa circunstancia, el fallo quedará firme, a menos que la ONG insista y recurra en queja ante la Corte. Si no hay apelación alguna, la guía entra automáticamente en vigencia.
Como señaló la legisladora del PTS/FIT de Córdoba, es necesario redoblar la organización y la movilización en las calles para pararle la mano a la avanzada de los sectores más retrógrados y para avanzar en la lucha por todos nuestros derechos.