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IDENTIDAD DE GÉNERO. Corte Suprema aprueba cambio de nombre de persona trans

Sorpresa provocó la sentencia de la Corte Suprema al aprobar el cambio de nombre de una persona trans, debido a que no se encuentra estipulado en la legislación chilena.

Viernes 1ro de junio de 2018

Fallo de la Corte Suprema autorizó a una mujer trans a cambiar su nombre y sexo registral. La explicación a esto se debe a que la Corte Suprema contó con tratados internacionales a los que se encuentra adscrito Chile, los cuales permiten el cambio de nombre sin contar con la previa operación del cambio de sexo o intervenciones quirúrgicas.

Frente a esto, Heraldo Brito, presidente de la Corte Suprema, afirmó que: “el derecho y la jurisdicción van gradualmente reconociendo diversas situaciones y lo que se ha conocido hoy no es más que eso. Es una sentencia nueva, en un tema que se enfrenta de manera integral, con una solución jurídica que aplica un conjunto de normas”.

Cabe destacar que dicha resolución se encuentra supeditada al criterio personal de cada juez.

En este sentido, Brito cuestionó la resolución anterior de los jueces de la Corte de Apelaciones, quienes “comenten un error al señalar que no existiendo norma que regule y autorice la materia, el cambio de nombre y sexo legal de las personas transexuales ha quedado entregado al criterio personal de cada juez”.

Añadiendo que: “debe ser efectuada a la luz de los principios constitucionales y legales, comenzando por el derecho a la identidad y la dignidad de las personas que se encuentran en estrecha vinculación, razón por la cual la primera les pertenece a todas las personas sin discriminación”.

Frente a esto, es necesario movilizarse y organizarse por una ley efectiva de identidad de género, que le permita cambiar su nombre y su cuerpo si así lo deseasen sin mayores trabas burocráticas que hacen del proceso un trámite engorroso y discriminatorio; una ley que sea financiada a través del impuesto a las grandes empresas, en donde se puedan cubrir tratamientos hormonales, quirúrgicos, además de seguros laborales, que les permitan acceder a un trabajo estable, para que así la población trans pobre y trabajadora pueda acceder a este derecho básico que como lo es el de identificarse.