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Red Internacional
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HUELGA MINERA CANDELARIA. Corte de Apelaciones de Copiapó ordena a mineros el cese de bloqueos: ¿existe el derecho a huelga en Chile?

La Corte de Apelaciones de Copiapó ordenó al Sindicato de Mina y al Sindicato de Trabajadores de la Compañía Minera Candelaria deponer los cierres de caminos y bloqueos en medio de la huelga que llevan los trabajadores. Una vez más la justicia muestra su verdadero rostro de las instituciones del Estado a favor de los grandes empresarios.

Jueves 15 de octubre de 2020

El martes pasado la Compañía Minera Candelaria suspendió sus funciones debido a que dos de sus sindicatos se encuentran en huelga en medio del proceso de negociación colectiva. Los mineros decidieron bloquear alrededor de 15 puntos de rutas y accesos a las instalaciones de la compañía. La línea que tomó la empresa de la firma canadiense Lundin Mining, fue que "si dialogaban de manera respetuosa y de buena fe", se sentarían a la mesa y llegar a buenos acuerdos.

En medio de este proceso que llevan adelante hace semanas los trabajadores mineros, el día de ayer la Corte de Apelaciones de Copiapó acogió un recurso de protección que solicitó la compañía minera, y ordenó a los sindicatos terminar con los bloqueos ejercidos como manifestación a su huelga legal, señalando que “más allá del derecho a huelga que se les reconoce el derecho laboral, el bloqueo de los caminos se encuentra al margen de tal derecho".

El fallo de la Primera Sala del Tribunal prosiguió en que "claramente se trata de una acción cuya única finalidad es impedir que la actora pueda ejercer las labores propias de su giro y que constituyen una actividad económica amparada en nuestro ordenamiento jurídico”

Por ende, se ordenó a deponer todo acto que altere el libre acceso a la faena con el fin de permitir la continuidad de la producción de la minera, por lo que "el derecho a huelga" dentro de una negociación colectiva parece no ser legal hasta el final.

Históricamente las y los trabajadores ocupan la huelga como método de presión para poder conseguir sus demandas, sea en el marco legal o por fuera de este. Hoy en Chile, no existe real derecho a huelga, ya que las normas se rigen por el actual Código del Trabajo heredado de la dictadura, poniendo trabas como lo son la cantidad de días que puede hacerse efectiva la huelga, pues después de ciertos días de huelga los empresario pueden buscar reemplazos o rompehuelgas, y la última reforma laboral exige a los sindicatos presentar a sus propios afiliados como garantes de seguir el funcionamiento de los servicios mínimos, entre otros.

Por todas estas injusticias dentro de la "justicia" del Estado administrador de los intereses de los empresarios con un Código del Trabajo impuesto por la dictadura, es necesario retomar el camino de la movilización y la huelga histórica del 12 de noviembre, para así avanzar a una gran huelga general, retomar lo que se gritaba en las calles como el fuera Piñera y Asamblea Constituyente Libre y Soberana para que podamos ser nosotros, el pueblo trabajador, quienes decidamos sobre nuestras vidas, sobre nuestras condiciones de trabajo; como también tirar abajo el Código del Trabajo de Pinochet y José Piñera, porque no queremos que decidan los mismos de siempre, los mismos que durante los últimos 30 años han mantenido todas las trabas legales impuestas a la clase trabajadora.