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Red Internacional
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Educación. Cuestionan ante la Corte Suprema obligatoriedad de la educación religiosa en Salta

Familias de las escuelas públicas han presentado amparos contra la obligatoriedad de la educación religiosa. El máximo tribunal convocó una audiencia en agosto.

Jueves 1ro de junio de 2017 11:11

Mediante un amparo colectivo, iniciado por la Asociación de Derechos Civiles y un grupo de madres salteñas contra el Estado Provincial -Ministerio de Educación de Salta-, se busca que se declare la inconstitucionalidad de las normas que en la provincia establecen a la religión católica como obligatoria, en materia de enseñanza de las escuelas públicas.

La educación religiosa es obligatoria en las escuelas públicas de Salta, como también en Catamarca y Tucumán. Es decir que, además de aprender Lengua, Matemáticas y Conocimiento del Mundo, los estudiantes están obligados a rezar a la religión católica.

Esto ha generado que desde hace tiempo familias y organizaciones se movilicen por la libertad de culto, de conciencia y el derecho de los chicos a elegir la religión a profesar o ninguna.

A partir de estos reclamos, la Corte Suprema de Justicia de la Nación fijó para el 16 de agosto una audiencia pública informativa en el marco de la causa sobre la educación religiosa católica en las escuelas públicas.

También dispuso que se arbitre un programa alternativo para quienes no deseen ser instruidos en la religión católica durante el horario escolar.

La obligatoriedad de la educación religiosa en la escuelas públicas va contra el principio elemental de la laicicidad del sistema educativo estatal. Desde sus orígenes, la ley 1420 de Educación común, laica, gratuita y obligatoria, establecía en su artículo 8 que “La enseñanza religiosa solo podrá ser dada en las escuelas públicas por los ministros autorizados de los diferentes cultos, a los niños de su respectiva comunidad, y antes o después de las horas de clase”.

La ley 1.420 que regula al sistema educativo fue reemplazada por la Ley de Educación Nacional 26.206, sancionada por el gobierno kirchnerista en el 2006 y aplicada de forma completa a partir de 2015. Este principio no está contemplado en la actual ley, y el artículo 8 de la ley 1420 que se mantuvo durante muchos años fue derogado por el FPV, el PRO y la UCR en el 2015, en medio de una gran polémica sobre la necesidad de garantizar la educación pública laica.

Actualmente, tres provincias permiten en sus constituciones la enseñanza religiosa (Salta, Catamarca y Tucumán) y en Salta desde 2008 se la implementa en escuelas públicas. En Córdoba, La Pampa, San Luis y Santiago del Estero la legislación permite la enseñanza religiosa no obligatoria. Sólo la Ciudad de Buenos Aires y Neuquén se declaran laicas en diferentes aspectos. En el resto de las provincias se mantiene la misma ambigüedad que en la ley nacional de educación, por lo que ahora se abre la posibilidad de regresar en el tiempo e imponer religión como materia.