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Red Internacional
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Política Nacional. Diario Oficial publica ley que sanciona protestas

Esta mañana fue publicado en el Diario Oficial la ley que sanciona las diversas formas de protesta en la vía pública, las cuales arriesgan penas de cárcel que van desde presidio menor en su grado mínimo, hasta 541 días.

Jueves 30 de enero de 2020

De acuerdo a esta ley, serán sancionados quienes apliquen "el que baila pasa", método que se utilizó en las protestas del 18 de octubre: “el que, sin estar autorizado, interrumpiere completamente la libre circulación de personas o vehículos en la vía pública, mediante violencia o intimidación en las personas o la instalación de obstáculos levantados en la misma con objetos diversos, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo. Idéntica pena se impondrá a los que, sin mediar accidente o desperfecto mecánico, interpusieren sus vehículos en la vía, en términos tales de hacer imposible la circulación de otros por esta”.

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En el texto también precisan que "será castigado con la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio el que lanzare a personas o vehículos que se encontraren en la vía pública instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes potencialmente aptos para causar la muerte o producir lesiones corporales, a menos que el hecho constituya un delito más grave. El tribunal, al momento de determinar la pena, tendrá especialmente en consideración la peligrosidad del instrumento, utensilio u objeto lanzado”.

El proyecto es parte de toda una ley salida del gobierno para criminalizar la protesta social frente a las diversas manifestaciones que se desarrollaron en la revuelta iniciada el 18 de octubre del año pasado. Recordamos que esta ley fue aprobada en general incluso por sectores del Frente Amplio, y con la abstención mayoritaria del Partido Comunista.

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Desde hoy, la ley antibarricadas es oficial.

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