Hace unos días terminó el juzgamiento del Supremo Tribunal Federal (STF) de la acción promovida por la Orden de Abogados de Brasil y otras entidades. Esta decisión del Supremo Tribunal ocurre en medio del interminable escándalo de corrupción llamado Operación “Lava Jato”, que se suma a otros que involucran a todos los partidos políticos del régimen. Con esta medida el STF busca ayudar a lavarle la cara al sistema político brasilero. Sin embargo, aún con este juzgamiento, todo el funcionamiento de la llamada democracia brasilera sigue estando al servicio de los ricos.
Sábado 19 de septiembre de 2015
El Supremo Tribunal Federal (STF) declaró la inconstitucionalidad del financiamiento privado de empresas y partidos. La decisión, decidida por ocho votos contra tres, ocurrió en las vísperas del análisis de la presidenta Dilma Rousseff de un proyecto de ley aprobado en el Congreso que permitía donaciones de empresas hasta el límite de R$20 millones. Con el resultado del juzgamiento de la Corte, la presidenta debe vetar el texto aprobado por el Congreso. De acuerdo con el presidente de la Corte, el ministro Ricardo Lewandowski, la decisión “valdrá de aquí en adelante y para las elecciones de 2016 y 2018”.
¿Cómo fue la votación?
Votaron por la inconstitucionalidad de las donaciones de las empresas los ministros Luiz Fux, Luís Roberto Barroso, Dias Toffoli, Rosa Weber, Cármen Lúcia, Marco Aurélio Mello, Ricardo Lewandowski y el ex-ministro Joaquim Barbosa (que fue sustituido por el ministro Edson Fachin). A su vez, los ministros Teori Zavascki, Gilmar Mendes y Celso de Mello, decano de la Corte, votaron por la constitucionalidad de las donaciones de las empresas.
La prohibición por el STF del financiamiento por parte de personas jurídicas abre una brecha para que la presidenta Dilma Rousseff vete el texto votado en el Congreso la semana pasada, cuando la Cámara aprobó el proyecto de ley que reglamenta la llamada Propuesta de Enmienda a la Constitución (PEC) de la Reforma Política y prevé, entre otras cosas, el límite en las donaciones de empresas y partidos, permitiendo el financiamiento por personas jurídicas hasta R$20 millones. Sin embargo, todavía se tramita en el Congreso Nacional una PEC que puede incrementar el valor de las donaciones empresariales en la Constitución federal. Es decir, si se aprueba la PEC podría “constitucionalizar” nuevamente las donaciones de personas jurídicas.
El decano de la Corte, el ministro Celso de Mello, votó en contra de la prohibición de las donaciones de las empresas con el argumento de que es “preferible” tener un “control real” de las donaciones. “Si alguna donación fuese prohibida solo tendríamos la certeza de que no la conocemos, pero nunca tendríamos certeza de que nunca hubiera existido”, afirmó el ministro. Según él, la posibilidad de que las personas jurídicas contribuyan con las campañas electorales y los candidatos no contradice la Constitución. “Lejos de negar la existencia de intereses condenables en las contribuciones hechas a candidatos y partidos, lo que se afirma es que no se puede ver en ese hecho aislado un fundamento suficiente para la conclusión radical de que toda contribución hecha por una persona jurídica es inconstitucional”, afirma Celso de Mello.
Además del decano, votaron también las ministras Cármen Lúcia y Rosa Weber. Ambas acompañaron el voto de Fux por la inconstitucionalidad del financiamiento empresarial. El ministro Teori Zavascki pidió la palabra para agregar modificaciones a su voto, realizado en sesiones anteriores.
Aunque haya votado por la autorización de las donaciones de personas jurídicas, Zavascki propuso algunas limitaciones y fue acompañado por Celso de Mello y Gilmar Mendes, que fueron derrotados. La propuesta era limitar las donaciones de personas jurídicas que tuviesen contratos con la administración pública como las empresas contratistas, autorizando a otras como las que reciben dinero del Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES) como ocurre con el frigorífico Friboi, JBS o los bancos que reciben fortunas por la vía de la deuda pública. Más allá de eso, Zavascki sugirió que toda empresa que donase para una campaña se excluyera de firmar contratos con la administración pública hasta el fin del mandato.
El juzgamiento comenzó en abril del año pasado pero fue suspendido hasta la fecha debido a un pedido de más tiempo para ser analizado por el ministro Gilmar Mendes. La discusión volvió a la Corte el pasado el 17 del corriente mes pero no pudo concluirse por falta de tiempo. Al declarar su voto Mendes expuso una extensa argumentación, que se extendió por más de cinco horas, con duras críticas al PT. Votó por la constitucionalidad de las donaciones de las empresas, discrepando con la mayoría de los ministros de la Suprema Corte. En su voto, el ministro sugirió que la acción propuesta por la Orden de Abogados de Brasil (OAB), era un intento de manipular a la Corte para “actuar en el proceso democrático a contramarcha del Congreso”.
Negociaciones e incertezas hacia 2016
El presidente de la Cámara de Diputados, Eduardo Cunha, reclamó la aprobación de la medida porque genera incertezas hacia la contienda de 2016. Una opción para los defensores del financiamiento privado de las campañas es la votación de una enmienda constitucional que la autorice. Sin embargo, la aprobación de las enmiendas exigen dos tercios de cada parlamento y la autorización para el financiamiento por las empresas ya fue derrotada, por mayoría simple en el Senado.
Siempre hay margen para novedades y negociaciones en el complejo y dinámico mundo político del país de los últimos meses. Pero lo más probable es que prevalezca este juzgamiento y los políticos y partidos se organicen para actuar en las brechas que deja la ley, como ya lo hacen. Solo basta ver lo que sucede en la Operación “Lava Jato”.
La prohibición de financiamiento de empresas a partidos políticos y campañas electorales no prohíbe que un empresario pueda realizar donaciones en carácter de persona física. De este modo se prohíbe al banco Itaú de hacerlo pero no a sus dueños… nada impide la tradicional compra de votos, la continuidad de mecanismos ilegales o incluso una ingeniería institucional más compleja que habilite aplicar en Brasil reglas de financiamiento empresarial tal como existen en los Estados Unidos. En este país también hay restricciones a donaciones de empresas a las campañas, sin embargo pueden donar a lobbys y ONGs llamados de “Súper-PACs”, que a su vez pueden donar a partidos, que a su vez pueden donar a campañas…
Independientemente de la artimaña que los empresarios encuentren para continuar abasteciendo la caja legal o ilegal de los políticos y partidos que defienden sus intereses, hay otros mecanismos que convierten a las elecciones y el funcionamiento de la llamada democracia en un régimen que, a pesar de la apariencia de que todos deciden, es dominado por los ricos y es funcional a sus intereses. Las TVs, radios y grandes diarios nacionales dominados por las grandes familias empresarias y las grandes iglesias seguirán dando cobertura interesada a las campañas.
La Reforma política recorta recursos de los pequeños partidos políticos de izquierda que no tienen representación parlamentaria como el PSTU, PCB y PCO y suprime el derecho de participar en los debates televisivos a aquellos partidos que tengan menos de 9 diputados federales, como es el caso de todos los mencionados y el PSOL. Sumado a la dificultad de los trabajadores para poder crear un partido o tener una candidatura, que supone recolectar más de 500 mil firmas en todo el país, un obstáculo que ni Marina Silva con el apoyo del Banco Itaú pudo sortear, queda en evidencia cómo contando o no con financiamiento directo de las empresas la “democracia brasilera” tiene diversos mecanismos para dificultar que los trabajadores puedan utilizar el parlamento para fortalecer sus luchas y desenmascarar que este es un régimen hecho por y para los ricos.
Esquerda Diário /Agência Estado