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Red Internacional
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Tribuna Abierta. Jueces, policías y la puerta giratoria

Miércoles 17 de septiembre de 2014

La madrugada del 21 de enero de 2012, el cabo 1º de la Policía Federal, Martín Alexis Naredo, fusiló de un tiro en la cabeza a Jon Camafreitas (18) en Balvanera. La bala penetró el occipital derecho y atravesó el cráneo de derecha a izquierda, de atrás hacia delante y de arriba hacia abajo, para salir por el parietal izquierdo e incrustarse en una persiana de metal con un ángulo de 15º.

Las pericias médicas y balísticas, y la reconstrucción dinámica realizada a partir de esos datos objetivos, probaron sin margen para la duda que, en el momento del disparo, el policía estaba parado detrás de Jon, al que empujó hacia abajo con la mano izquierda, hasta que el chico se agachó o arrodilló. Entonces disparó con el arma que empuñaba con la derecha, apoyada sobre la cabeza de Jon.

Dos de los jueces del Tribunal Criminal nº 23 decidieron, el 4 de septiembre pasado, que el hasta entonces policía federal y empleado de la Municipalidad de La Matanza debía ser condenado a prisión perpetua, como autor de homicidio agravado por haber sido cometido por un integrante de las fuerzas de seguridad del Estado (art. 80 inc. 9 del Código Penal).

Además, como “la actuación delictiva excede el significado de una actividad individual y aislada, para presentarse ejecutada en el marco del desempeño de funciones estatales (…) el hecho delictivo consumado en ese contexto presenta sin duda signos de intensidad tal que determinan su configuración como grave violación de derechos humanos fundamentales”, ordenaron su inmediata detención.

El tercero, en cambio, tras defender la facultad policial de detener a cualquiera (en particular a jóvenes con gorrita de visera y bermudas anchas) por mera sospecha, y de poner en duda la condición de crimen de Estado del delito policial, consideró que se trató de un caso de simple imprudencia, y propició, en minoría, la condena por homicidio culposo, que es excarcelable.

La noticia de la excepcional condena –los jueces suelen recurrir a fantásticas argumentaciones para evitar la aplicación de la figura penal que agrava el homicidio cuando lo comete un policía- quedó corta cuando se supo, el lunes siguiente, que Naredo se había fugado. Y aquí es donde vale detenerse para repasar los hechos.

El día del fusilamiento, el policía fue detenido, pero de inmediato el juez de instrucción decretó su excarcelación bajo caución juratoria (es decir, su simple compromiso personal), porque entendió que no existían riesgos de que se escapara u obstaculizara el proceso. Este beneficio, que la superpoblación carcelaria demuestra escasísimo cuando el imputado no lleva uniforme, es enormemente frecuente en el caso de policías, gendarmes, prefectos o servicios penitenciarios acusados de gravísimos delitos, y suele continuar tras la condena, o anteceder a la fuga oportuna.

Por eso, en el alegato de la querella en la que CORREPI representó a la mamá de Jon, habíamos pedido que se revocara la excarcelación. El fiscal estuvo de acuerdo, pero los jueces sostuvieron su confianza en que el policía, aunque dos de ellos ya sabían que iban a condenarlo a perpetua. Les pedimos, entonces, que garantizaran de la manera que mejor les pareciera la presencia de Naredo en la sala el día que se leyera la sentencia. Advertimos que, entre las frecuentes fugas en situaciones similares, se destacaba la del también excarcelado sargento Néstor Adrián González, condenado a 15 años de prisión en marzo de este año por el homicidio del niño de 16 años Sergio “Checho” Casal. González se fugó el mismo día de la sentencia, con el argumento de que no iría a la audiencia porque se sentía mal. González y Naredo prestaron servicios juntos en la comisaría 8ª.

Los jueces se retiraron a deliberar sobre este pedido, que les debe haber resultado insólito, ya que tardaron varias horas en regresar a la sala. Cuando lo hicieron, en lugar de responderlo, sorpresivamente leyeron el veredicto que condenaba y revocaba la excarcelación. Naredo, que había estado en la primera parte de la audiencia, no estaba en la sala. Como es derecho del imputado no presenciar la lectura de la sentencia, supusimos que estaba en una dependencia contigua del tribunal.

El lunes fuimos a preguntar a qué unidad penal lo habían remitido. Después de tragar saliva un par de veces, un enrojecido secretario murmuró “es que no ha comparecido aún”. Allí nos enteramos. Pero en el largo cuarto intermedio del jueves a la tarde, el policía Naredo se había ido a su casa. Él también se sintió mal ante la inminencia de la condena, y se fugó.

El viernes 5 de septiembre, ante la falta de noticias, el fiscal pidió que allanaran su domicilio. El tribunal dijo “no transcurrieron más de 24 horas de la revocación de la excarcelación, y existen medidas menos invasivas que irrumpir en ámbitos tan especialmente privilegiados como el domicilio particular”. Para no violentar la privacidad, mandaron un gendarme a preguntar por él en su casa de La Tablada. Lo atendió la madre, que dijo que su hijo había ido a la casa de la novia en Lanúa a pasar el fin de semana.

Cuando volvieron el lunes 8 a la mañana, la mujer dijo que, como ella trabajaba mucho, a veces no veía a su hijo por días, y no sabía dónde podía estar. El tribunal ordenó una consigna de Gendarmería en la casa, por si volvía, y en la municipalidad de La Matanza, por si iba a trabajar…

La rebeldía y captura del prófugo recién se decretaron oficialmente el 11 de septiembre, una semana después de la condena. El mismo día, el policía estuvo en una escribanía de La Matanza, donde certificó su firma en un escrito que sus nuevos abogados presentaron en el tribunal al día siguiente, revocando la defensa anterior. No sabemos que se tomaran otras medidas para encontrarlo.

En 2008, el presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, dijo en el coloquio empresarial de IDEA: “Los jueces deben entender que el sistema no debe ser una puerta giratoria”. Todos los empresarios aplaudieron a rabiar.

Queda claro que, para los únicos que funciona así, es para los administradores de ese sistema, y para sus perros guardianes.