Crece la indignación ante la condena a una madre cuyo hijo murió de muerte súbita.
Miércoles 28 de agosto de 2019
El Juzgado Letrado de Primera Instancia de Libertad (San José) impuso una condena de 8 meses de libertad vigilada a una madre cuyo hijo murió del Síndrome de Muerte Súbita del Lactante (SMSL) el pasado 25 de agosto; a lo que se agrega el riesgo de la pérdida de la patria potestad y la separación de sus hijos.
La situación muestra la perspectiva patriarcal y de clase con la que actúa el poder judicial.
La madre se hacia cargo sola del cuidado de sus 4 hijos, y este fin de semana tuvo que dejar al bebé al cuidado de su hija de 12 años ante la necesidad de tener que salir a trabajar.
“Lo hice porque no tenía dinero” relató la señora al ser culpabilizada de haber dejado a un bebe al cuidado de su hija mayor. Durante el proceso judicial se supo que ninguno de los padres cumplía con sus obligaciones de pensión alimenticia ni de hacerse cargo de la crianza de los niños.
Para la justicia la conducta de la mujer se enmarca "en un delito de omisión a los deberes inherentes a la patria potestad" por lo cual recibió la condena de 8 meses de libertad vigilada.
Aunque la señora no fue privada de su libertad, a partir de este suceso tendrá un antecedente además de recibir un “seguimiento estricto” por parte de un equipo de INAU y la obligatoriedad de atención psicológica. Aún resta definir por el Juzgado de Familia si no perderá la tenencia de sus otros hijos.
La justicia pone el problema en la madre
Se trata de un claro caso de revictimización a una mujer que ha sufrido múltiples vulnerabilidades a lo largo de su vida, una respuesta judicial que pone la culpa y el problema en la conducta de la mujer y no en las causas sociales que llevan a que se den situaciones de este tipo.
La justicia supo, mientras se llevaba adelante el proceso judicial, que los hijos estaban cuidados, con los controles médicos y asistiendo a la escuela, o sea la mamá no tenía una actitud negligente y se hacia cargo de sus hijos; sin embargo no dudó en culpabilizar a la madre, no de la muerte del bebé, sino de no estar ahí cuidándolo, aún sabiendo que por ser un caso de muerte súbita no se habría podido evitar.
Más allá de que la decisión fue tomada por una jueza, la defensora y la fiscal, hay todo una estructura jurídica y social que legitima este tipo de condenas y que opera también desde una mirada patriarcal.
Se espera de la madre que sea la que se ocupe y críe a sus hijos, y sino cumple con el mandato será juzgada, mientras se mide con otra vara la conducta de los padres varones. En este caso por ejemplo, aunque se supo que no cumplían con sus obligaciones (inherentes a la patria potestad) no fueron formalizados ni recibieron ninguna sanción.
En el hecho se observa nítidamente el entrecruzamiento de las cuestiones de clase y de género; se trata de una condena por ser pobre y mujer.