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Red Internacional
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Mendoza. La Corte Suprema confirmó fallo que limita las prisiones preventivas en Mendoza

El máximo tribunal rechazó el pedido de Cornejo de anular el fallo de la corte provincial que limitaba las prisiones preventivas. Golpe a la demagogia punitiva del gobierno

Sábado 12 de agosto de 2017

Esta semana, la Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso presentado por el ex Procurador Rodolfo González para suspender el fallo de la Suprema Corte provincial que limitaba las prisiones preventivas, dejando firme el fallo de fines de 2015.

La Suprema Corte provincial había hecho lugar al pedido de la Asociación Xumek, entre otros organismos de DDHH, donde denunciaban los altos de índices hacinamiento constatados en los establecimientos penitenciarios y la falta de aplicación de estándares internacionales relativos a la procedencia y plazo de duración de la prisión preventiva.

El gobernador Cornejo utilizó este fallo como caballito de batalla para impulsar una serie de medidas tendientes a aumentar las prisiones preventivas y, en consecuencia, la población carcelaria. Mendoza tiene una de los mayores índices de personas privadas de su libertad por habitante y decenas de denuncias por las condiciones inhumanas en las que se encuentras los detenidos en los penales de la provincia. Sin embargo, el gobierno avanzó, con el apoyo del PJ, en medidas punitivas que siguieron aumentando la población carcelaria, como las reformas del código procesal penal de la provincia.

En nuestra provincia hay 4367 personas privadas de la libertad, de las cuales el 85% está bajo jurisdicción provincial. De ellas, el 48% se encuentra sin condena a pesar de estar en la penitenciaría, cifra que también creció desmesuradamente pasando del 35% en 2010 al actual 48%. Para completar la estadística, Mendoza tiene una tasa de encarcelamiento de 232 cada 100 mil habitantes, muy superior a la nacional de 152,3. Con esto se demuestra que el famoso slogan de "entran por una puerta y salen por la otra" no es más que un mito que intenta justificar políticas de demagogia punitiva. Sin embargo, la situación es peor de lo que parece.

Ahora, la Corte Suprema dejó firme el fallo que ordenaba regularizar la situación de las personas que estaban privadas de su libertad por pedido de un fiscal, sin que mediara la orden de un juez, y establecía un tiempo mucho más corto para que el Juez resolviera si correspondía o no la detención de la persona.

En un comunicado, la Asociación Xumek declaró que “A pesar de la importancia de lo resuelto (en el fallo de la corte provincial), el ex Procurador General de la provincia recurrió alegando que la sentencia era arbitraria “por exorbitar la función jurisdiccional y resultar contraria a la forma republicana de gobierno, invadiendo aspectos relacionado con la organización y el ejercicio de las funciones propias del Ministerio Público Fiscal”. El recurso fue concedido y se dispuso la suspensión de lo ordenado hasta que la Máximo Tribunal resolviera. Un año y medio después, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, decidió rechazar el recurso por considerar que no existe un agravio concreto a los intereses esgrimidos por el representante del Ministerio Público”.